Hampton College -VALDIVIA - Región de Los Ríos


Título iniciativa:

INCENTIVA EL TRASLADO/PERMANENCIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD A TERRITORIOS SUBNACIONALES



Definición alternativa:

Antecedentes. Problemática, descripción y legislación existente

Chile, en el presente, se enfrenta a un grave problema que afecta a todo Estado que posee desigualdad de distribución de su población: la distribución desigual de profesionales de la salud entre las áreas urbanas y alejadas o rurales, causando, entre otros, una escasez de médicos especialistas en estos últimos sectores.

La distribución de especialistas de la salud es en parte debido a la centralización del país y al insuficiente presupuesto de salud del sistema público actual. El gasto público de salud es de un 3,5% del “Sueldo” nacional, no obstante debería ser de un 6% según recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, para poder contar con una mayor calidad de servicios en los lugares más débiles dentro de este ámbito.

Este déficit parece ser directa causa por la cual la deuda hospitalaria alcanzó los $200 mil millones el mes de agosto de este año. Esta escasez de recursos, arrastrada en el tiempo, eventualmente termina por decantar en la necesidad de priorizar las zonas de mayor densidad poblacional al asignar fondos y compras de maquinaria, lo que atrae a los médicos especialistas y profesionales de la salud en general, que buscan una mayor compensación monetaria por sus estudios y mejores implementos para ejercer su profesión.

Actualmente, Chile tiene un médico por cada 550 habitantes, números similares a países desarrollados, pero el sistema público sólo financia un tercio de las horas médicas totales, en las cuales se debe atender a cerca del 80 % de la población. Sin embargo, si se realiza un análisis por zonas del país, las cifras son aún más reveladoras de la crisis interna del sistema. En el norte la brecha se amplía, ya que hay 1 médico por cada 1.836 habitantes y mientras que en el sur la proporción es de 1 cada 1.757 habitantes, lo que da como resultado que el 68% de los médicos se concentra en la región Metropolitana, Valparaíso y Concepción, esto según estadísticas del mismo Ministerio de Salud. A raíz de este déficit en territorios subnacionales, la Asociación Nacional de Municipios, estima que sólo en los consultorios municipales, 30 mil personas dejan de ser atendidas.

Pero el centralismo y la pésima distribución no sólo afectan a los médicos, sino que también se presenta con otros profesionales del área. Por ejemplo, nuestro país, tiene de las peores coberturas dentales de la OCDE. Sólo existe atención odontológica pública en caso de tener 6 años, tener una urgencia, estar embarazada o tener 60 años. En Chiloé, por ejemplo, en ciertos pueblos un único oftalmólogo visita cada seis meses con el equipamiento en su maletín, y ha tenido que en al menos una ocasión redirigir casos de perdida acelerada de visión a Puerto Montt.

Frente a esto, cabe preguntarse. ¿Qué se ha hecho a la fecha para enfrentar esta problemática? Hoy en día, la Constitución de Chile garantiza a la población nacional el derecho a elegir entre ser afiliado a FONASA o ISAPRE, sin embargo, no garantiza el derecho a la salud, pues aunque nuestra carta fundamental asegura el acceso libre e igualitario, está más que claro, dado los antecedentes entregados, que dicho acceso es mucho más complicado para los habitantes de las zonas sub-nacionales del país que para aquellos que habitan en grandes ciudades.

¿Qué es lo que falta, entonces? La respuesta es una sola: incentivos. Según el Presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades, Christian Vittori, se requiere encarecidamente de aumento de los incentivos para que más profesionales de la salud trabajen en los consultorios municipales, esto considerando que el 92% de la atención primaria pública del país se realiza precisamente bajo la administración y gestión de los municipios.

Al respecto, en los últimos años se han implementado una serie de leyes. Casos concretos son la ley N° 19.664 del año 2001, la que en su Artículo 4° plantea: “Ningún médico con menos de tres años de profesión podrá ser designado en la Región Metropolitana, con excepción de los sectores o comunas de dicha Región que los Servicios de Salud determinen, en razón de necesidades especiales derivadas de su realidad demográfica, en cargos de la Administración Pública o en instituciones del Estado”. Más reciente, es la Ley 20.816 (febrero 2015), la cual en su artículo 8º, estipula: “Concédese a los médicos cirujanos que se desempeñan en establecimientos municipales de atención primaria de salud, regidos por la ley Nº 19.378, una asignación mensual de estímulo por competencias profesionales, cuyo monto será equivalente al 100% de la suma del sueldo base más la asignación de atención primaria de salud”.

Tales ejemplos no han fructificado y son insuficientes. Por lo mismo, resulta elemental, como solución estratégica, reforzar y establecer incentivos más diversificados para los profesionales de la salud, pero no bajo una óptima de retención, sino que para salvaguardar el flujo constante de estos hacia territorios subnacionales.


Propuesta legislativa:

Proyecto de Ley

Partiendo de la base que establece que los incentivos son medios esenciales que las organizaciones, sean estas públicas o privadas, pueden utilizar con objeto de atraer, retener, motivar y dar satisfacción a su personal y mejorar los resultados de éste, se propone el siguiente proyecto de ley - mensaje presidencial - titulado “Establece incentivos para traslado / permanencia de profesionales de la Salud hacia territorios subnacionales”, el cual manda lo siguiente:

Artículo N°1: Apruébese un conjunto de incentivos y/o estímulos de tipo pecuniario y no pecuniario para los profesionales de la salud, llámese médicos, enfermeros (as), obstetras, kinesiólogos, odontólogos, entre otros, con la finalidad central de facilitar el desarrollo de la salud a nivel nacional (mejor distribución de profesionales, mayor cobertura, especialización, calidad y eficiencia en la atención, etc.), especialmente en aquellos territorios situados en regiones y al interior de las mismas.

Artículo N°2: Concédase bonificaciones adicionales las que fluctuarán entre un 20% y 50% (sobre el sueldo base actual, incluyendo bonificaciones ya aplicadas) para los profesionales de la salud que decidan ejercer en territorios subnacionales por un periodo igual o superior a 3 años, tomándose como punto de partida para estos fines la fecha de titulación del profesional desde algún centro de educación superior nacional. Quiénes permanezcan por un periodo superior al antes establecido aumentarán gradualmente sus remuneraciones en un 5% anual y sumarán más puntos para un futuro traslado a un centro de salud de mayor complejidad.

Artículo N°3: Determinase que las asignaciones pecuniarias extras a las ya existentes, se llevarán a efecto escalonadamente de acuerdo a los siguientes criterios de entrega de recursos públicos: Complejidad de centros de salud, índice de pobreza e inseguridad social y zonas extremas.

Si el hospital es tipo 4, la asignación será de un 20%. Si el profesional trabaja (por mínimo 3 años) en centros de salud calificados como rurales, la asignación será de un 30% sobre el sueldo que se percibe hoy en día. Si el profesional, cumple con lo anterior, y además se desempeña en “zonas extremas”, la re asignación pecuniaria alcanzará el 40%, siendo requisito en este caso que el centro de salud situado al interior de esta zona extrema esté bajo la categoría de rural, según el Instituto Nacional de Estadísticas. Y por último, si el profesional, sumado a los puntos anteriores, se desempeña en zonas que estén ubicadas entre las 15 primeras con mayores índices de pobreza e inseguridad social (vulnerabilidad), la asignación será de un 50%.

Artículo 4: Establézcase el aumento de los cupos de formación de especialistas con financiamiento estatal, en universidades nacionales y extranjeras, en un 25%. Esto significa que todo aquel médico y profesional de la salud que ejerza de forma temprana y/o inicial en centros de salud como los antes especificados, podrá optar a una especialización que cubrirá la totalidad del costo de formación.

Artículo 5: Determínase que, en el caso específico de los médicos que actualmente se encuentren en “zonas extremas”, tendrán como incentivo la posibilidad de trasladarse durante un mes al año a un centro de mayor complejidad y/o especialización, esto a modo de continuar con su proceso de desarrollo profesional y a posteriori aplicar lo aprendido en un territorio subnacional. La selección del centro quedará a criterio del profesional y se priorizarán los médicos familiares, dado el déficit actual.

Artículo 6: Determinase el congelamiento de los aranceles de las carreras de la salud a contar del año 2017, particularmente, en las carreras de medicina, odontología y enfermería, disciplinas en las que existe un claro déficit de profesionales. En esta misma línea, todo aquel profesional recién egresado que permanezca en el país viviendo y trabajando estará exento de pagar intereses por los préstamos que recibieron para sus estudios universitarios.

Artículo N°7: Apruébese que todos aquellos profesionales de la salud que trabajen en territorios subnacionales, tendrán un periodo adicional de vacaciones a las establecidas por ley en la República de Chile. Este periodo se extenderá por siete días y permitirá a los profesionales no perder contacto con las familias (incentivo no pecuniario).

Artículo N°8: Finalmente, determinase que esta medida no será aplicable al universo de centros de salud nacionales, sino que se incorporarán recintos exclusivamente de carácter estatal. Esta iniciativa se implementará a partir de los hospitales Tipo 4, incluyendo centros de salud de menor rango, tales como consultorios, centros de salud familiar y postas rurales.