Colegio Ruben Castro-diurno -VIÑA DEL MAR - Región de Valparaíso


Título iniciativa:

RESTRICCIÓN PORCENTUAL DE EXPOSICIÓN DE VIOLENCIA DELICTUAL EN NOTICIEROS DE CANALES ASOCI



Definición alternativa:

Actualmente, los noticiarios principales de los canales asociados al Concejo Nacional de Televisión de Chile (CNTV) que son emitidos en el horario de las 21:00 hrs(-04:00/-03:00 GTM), tienden a emitir noticias de carácter delictual, provocando un aumento de la percepción social en cuanto a delincuencia refiere. No obstante, el informe de Carabineros enuncia que en el período de enero a agosto del 2015 las denuncias reflejan una disminución a nivel nacional, 123.433, en comparación al mismo período del año 2014 con una cifra de 126.253 (Departamento de Análisis Criminal, Dirección Nacional de Orden y Seguridad de Carabineros de Chile, informe 2015). Con preocupación, el sociólogo Claudio Vásquez del Centro de Estudios de Gestión Social de la Región del Maule – perteneciente a la Universidad Autónoma de Chile – expresa que el temor delictual es más elevado que la victimización, provocando un “temor colectivo” al evidenciar que Talca aumentó sus niveles de victimización, ocupando los primeros lugares a nivel nacional, como evidencia la encuesta ADIMARK; peroque estaría en el rango de la “normalidad”, como evidencia la Subsecretaría de Prevención. (http://www.uautonoma.cl/index.php/2015/07/victimizacion-y-temor-dos-grandes-problematicas-de-la-delincuencia/). Estas apreciaciones enuncian el dilema del mito y la realidad del impacto de la delincuencia en Chile, provocando victimización y temor delictual; un aspecto negativo en la salud mental de una sociedad. Sebastián Valenzuela responsabiliza la cobertura que los medios de comunicación, especialmente noticieros, brindan al tema; sentencia que “ser agente del miedo no es algo que figure en la misión social de ningún canal o medio de comunicación”. (Columna de Sebastián Valenzuela, Diario La Tercera, 6 de octubre de 2014, basada en extractos de su estudio Televisión y opinión pública sobre delincuencia en Chile: análisis longitudinal e individual de las teorías del cultivo y agenda setting). En el año 2002una crítica similar enunció el cineasta Michael Moore en su documental “Bowling forColumbine”, en que establecía la relación entre la violencia y el temor delictual, destacando el rol de la prensa, como evidencia una de sus notas en que un periodista advierte a la nación “vale la pena que tomen más precauciones, que sean discretos, no vayan por calle bailando y cantando el himno nacional; asegúrense de no llamar la atención por ser estadounidenses”.
La delincuencia es un problema, pero otro dilema es cómo se elaboran estrategias en que incluyan a la sociedad civil para su disminución. El rol de los medios de comunicación y especialmente el de los noticieros no debería contribuir en el aumento de un clima de desconfianza social, sino que preparar con herramientas para abordar esta situación desde la prevención y no desde la reacción. Para regular esta situación de carácter histórico, hace tres décadas se levantó la propuesta del senador argentino Rodolfo Terragno, en que se plantea que los medios de comunicación son instrumentos de educación, muchas veces, para el delincuente potencial para su capacitación en el delito, sobre todo al ofrecer detalles sobre técnicas empleadas, por lo que “la regulación legal debería impedir, también, la difusión del modus operandis de los delincuentes, a pesar de su dificultad”.
(Informe de Brasilia,
http://www2.senado.leg.br/bdsf/bitstream/handle/id/181109/000364378.pdf?sequence=3


Propuesta legislativa:

Sin antecedentes de leyes que regulen la emisión de noticias delictuales, la viabilidad del presente mensaje radica en la desproporcionalidad entre el tiempo que los noticiarios dedican sus informativos en la delincuencia y en los datos concretos de ésta, por lo que no se evidencia la delincuencia real en Chile. Asimismo, este proyecto busca complementar y precisar el ámbito en que opera la libertad de expresión y de prensa, como establece el derecho constitucional del artículo 19°, inciso 12 de la Constitución Política de la República de Chile, que anuncia “la libertadde emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades”. No obstante, desde hace años que el cuestionamiento respecto los alcances de este artículo, en palabras del abogado Alfonso Banda, “sin perjuicio desde luego de responder a posteriori por los abusos o delitos que pudieren cometerse en el ejercicio de dichas libertades (…), no se establece en él en forma explícita cuáles serían los ámbitos del ejercicio legítimo del derecho garantizado” (Alfonso Banda, “Declaración o rectificación ¿derecho o límite a la libertad de información?”, Revista de Derecho, Vol. X., diciembre de 1999, pp. 19 – 41). Esta situación se relaciona con denuncias realizadas al Consejo Nacional de Televisión, CNTV, por la morbosidad que algunos medios exponen al abordar la violencia y delincuencia, destacando el caso de la amonestación a TVN por vulnerar la honrar de Anderson Medina identificado como líder de una banda de delincuentes. (Acta de Consejo Nacional de Televisión, 12 de enero de 2015).

PROYECTO DE LEY:

Artículo 1°. Modificase el punto C del artículo 13° del CNTV y agregase (marcado en negrita) “establecer restricciones y limitaciones a la exhibición de productos cuya publicidad se encuentre prohibida o limitada en virtud de la normativa vigente, ya sea respecto de sus horarios de exhibición o de aspectos cualitativos de sus contenidos, especialmente la sobreexposición de información delictual que contribuya a la tergiversación de la realidad, evidenciada en datos oficiales de Instituciones y Autoridades competentes”.

Artículo 2°. Modificase artículo 14° del CNTV y agregase (marcado en negrita) “El Consejo deberá adoptar medidas y procedimientos a fin de asegurar que en los programas de noticias, de opinión y de debate político que se emitan por cualquier canal de televisión, se respete debidamente el principio de pluralismo, además de velar y fortalecer acciones legales-judiciales, por parte del Consejo, cuando se presente información sesgada y sensacionalista respecto a temas de seguridad social, advirtiendo los alcances que puedan tener sobre la opinión pública”.

Artículo 3°. Permítase establecer un marco regulatorio que las noticias de delincuencia gráfica no superen el veinte por ciento del tiempo que los noticiarios están en emisión, llevando así a que estos programas no den muestras exacerbadas de violencia con la finalidad de no aumentar la desconfianza social que evidencia los índices de victimización y temor delictual. Considerando el horario de las 21:00 hrs., no correspondiente a trasmisión de información, muchas veces, solo para mayores de edad.

Artículo 4°.Aplicase una sanción, complementaria a las denuncias que pudiese presentar las personas naturales al CNTV, a los noticieros excedan el tiempo asignado (véase artículo 3°) a transmisión de los delitos en las notas informativas. La sanción corresponde al cobro de una multad de 100 UTM.

Artículo 5°. Permítase una excepción de los artículos previos (1, 2, 3 y 4) ante una situación de emergencia y catástrofe, en que la información del ámbito delictual sea la evidencia de un problema real y concreto en la integridad de la sociedad, ante lo que sea necesario dar las informaciones correspondientes y relacionadas con la exposición de la violencia delictual.

Artículo 6°. Permítase fortalecer información relacionada con la delincuencia, que no enfatice el hecho puntual de la violencia, la victimización y el temor delictual, sino de programas, instituciones e información general y específica que contribuya a una actitud participativa para cambiar la realidad, asociada a los mitos y realidades de la delincuencia en Chile y el rol social de la información de los medios de comunicación.