Liceo Parroquial San Antonio Gomez Carreno -VIÑA DEL MAR - Región de Valparaíso


Título iniciativa:

Modificación a la Ley 18.502 del impuesto específico a los combustibles.



Definición alternativa:

Solución 1:
Con respecto a materia de desarrollo social:
Pretendemos destinar el 70% del recurso monetario total obtenido anualmente del impuesto específico del combustible a causas de tipo social. Considerando que anualmente el estado recaudaría US$3.505.790.458 aproximadamente, el 70% de esto, es decir, US$2.454.053.321 se invertirían anualmente en desarrollo social, ya sea en materia de educación, salud, vivienda, u otros.
En materia de salud, se destinarán parte de los fondos a hospitales y consultorios, en zonas con alta concurrencia que provoquen una saturación de pacientes en los centros ya existentes y en zonas urbanas con menor población que no posean centros médicos. Si se considerara invertir el total del presupuesto destinado a desarrollo social, por ejemplo, con el impuesto recaudado en un año se podrían construir 4 centros asistenciales de alta complejidad a lo largo de todo Chile, mejorando la accesibilidad a hospitales, impactando en el empleo en las regiones y disminuyendo la congestión en el servicio de salud. Vale decir, que estos cuatro hospitales se pueden llevar a cabo luego de un año de recaudación del impuesto específico al combustible.
En cuanto a educación, con el usufructo del impuesto se buscará financiar programas de escolaridad, para promover una mejor educación de calidad, con programas más flexibles para aquellos que se encuentren en situación de riesgo, y así disminuir la tasa de deserción escolar, que para el periodo 2010-2011, era cercana al 3% anual.
En el plano de la vivienda, se ocuparán recursos monetarios para continuar con la construcción de viviendas sociales y con proyectos urbanísticos para mejorar la vialidad de las ciudades. También se piensa en la construcción de un mayor número de bibliotecas, con el fin de dar mayor acceso a la cultura a aquellos ciudadanos que lo deseen.
Por ultimo en el ámbito deportivo y de ocio, se implementarían proyectos para la creación de nuevos centros polideportivos y de plazas que incluyan máquinas de ejercicios, fomentando la vida sana y tratando de reducir la cifra del 67% de personas con exceso de peso en Chile.
Todas estas medidas son con el fin de responder a las necesidades de la población en cuanto al ámbito social.
Solución 2:
Con respecto a materia de catástrofes naturales:
Considerando que en Chile, se han presentado los siguientes antecedentes de catástrofes naturales hace 30 años: 5 erupciones de volcanes, 7 sequías, 16 terremotos, 5 tornados, 13 aluviones y 17 terremotos, proponemos la destinación del 30% del presupuesto anual obtenido con el cobro del impuesto específico del combustible, es decir, US$ 1.051.737.137 aproximadamente, a un fondo monetario fiscal al cual se recurra en caso de ocurrir alguna catástrofe mencionada anteriormente, para invertir en la reconstrucción de obras públicas o en otras materias de carácter urgente para el país.
A modo de ejemplo, está la construcción de 229 viviendas sociales en Puerto Montt por un poco menos de 60.000UF, unos 1.450 millones de pesos (según la Municipalidad de aquella ciudad).
Para llevarlo a cabo, proponemos las etapas de nuestra segunda solución:
Etapa de registro de datos: En esta etapa, donde las autoridades locales tendrán que investigar los datos de los damnificados junto con la evaluación de los daños, teniendo como plazo máximo 30 días, para que de ésta forma, se pueda delimitar el uso del I.E.C.
Etapa de repartición de recursos: Es en esta etapa, donde las personas se hacen beneficiadas por el I.E.C, haciéndole llegar comida, agua potable, y viviendas. El estado tiene que hacerse cargo de destinar dinero a la Municipalidad de la comuna afectada, dónde esta se ocupará de entregar los víveres. Por otro lado, también debe definir qué empresa será la responsable de concretar dichas viviendas, mediante licitación.
Etapa de evaluación: Aquí es donde se evalúa lo realizado. Esto tiene que llevarse a cabo en una asamblea, en donde se discuta el plan de acción sobre si lo realizado, fue realmente concreto, o quedaron cosas pendientes por resolver. Esto será denominado como asamblea extraordinaria.


Propuesta legislativa:

Mensaje: REFORMA CONSTITUCIONAL

Artículo Único: Introdúcense las siguientes modificaciones al capítulo III de la Constitución Política de la República:
Modifícase, el inciso veinte del artículo 19, en los siguientes términos:

a) Intercálase la expresión "nacional," entre el término "identificación" y regional.

b) Reemplázase la expresión "por las autoridades regionales o comunales " por "por el presidente de la República o por las autoridades regionales o comunales".



Proyecto de Ley:
Mensaje: Modificación Ley 18.502
Artículo 1º.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones en la ley sobre Impuesto Específico a los Combustibles contenida en el artículo 1º de la ley, de 2013:
1) Reemplácese a beneficio fiscal por a destinación de materia de desarrollo social y catástrofes naturales
Artículo 2º.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones en la ley sobre Impuesto a los Combustibles contenida en el artículo 6º de la Ley 18.502, de 2013:
1) Agréguese: Establézcase, a beneficio de desarrollo social y reparación de daños causados por catástrofes naturales, el Impuesto Específico a los Combustibles, distribuido de la siguiente forma:
a) El 70% de los fondos recaudados anualmente serán destinados en materia de desarrollo social, ya sea deporte, cultura, vivienda, salud, educación y/o recreación; y se distribuirán de la siguiente forma: 10% para deporte, 10% para cultura, 15% vivienda, 15% en salud, 15% en educación y 5% en recreación u ocio.
El 30% restante será recaudado para materia de prevención de daños causados por catástrofes naturales, tales como terremotos, maremotos, erupciones, aluviones, sequías y tornados, y en la reconstrucción y reparo de los daños provocados por estos.

2) El protocolo correspondiente para casos de catástrofe natural será el siguiente:
Etapa de registro de datos: Las autoridades locales tendrán que investigar los datos de los damnificados y evaluar los respectivos daños, teniendo como plazo máximo 30 días.
Etapa de distribución de recursos: Se les hace llegar los recursos necesarios para los damnificados. El Estado tiene que hacerse cargo de destinar dinero a la Municipalidad de la comuna afectada, dónde esta se ocupará de entregar los víveres. Por otro lado, también debe definir qué empresa será la responsable de concretar dichas viviendas, mediante licitación.
Etapa de evaluación: Se llevará a cabo una asamblea extraordinaria en donde se discuta el plan de acción. El representante de la localidad lo liderará con tal de informar si lo realizado fue concreto o si quedan casos pendientes por resolver.

3) En caso de que los recursos destinados para catástrofes naturales no sean utilizados en el transcurso de un año, el presidente con previa aprobación del congreso nacional, tendrá un plazo de seis meses del año siguiente para redestinar los tributos en materias que el ejecutivo estime conveniente.
4) La fiscalización de la utilización de dichos fondos recae en la Comisión de Hacienda de la Cámara del Senado.