Escuela Jose Hipolito Salas Y Toro -CHIGUAYANTE - Región del Biobío


Título iniciativa:

Instalación y mantención de energía renovable en proyecto inmobiliario



Definición alternativa:

Las necesidades que consideramos para la formulación de nuestra iniciativa son, primero que todo, promover las políticas medioambientales y lograr por este medio que Chile logre su objetivo de contar con un 75% de energías renovables no convencionales. En segunda instancia, es la mejora de la calidad de nuestro medio ambiente y así favorecer la calidad de nuestra población y finalmente, aportar a la economía del país por medio del reajuste a los diversos pagos que debe hacer la comunidad, como por ejemplo, luz, agua y gas. Es por estas razones que presentamos como objetivo principal de nuestra iniciativa de ley, la exigencia en todo proyecto inmobiliario de la instalación y mantención de paneles solares, ya que esto implicaría una mejora en el medio ambiente y una disminución en el gasto de servicios básicos (Luz, agua, gas). Esta propuesta va destinada a toda la población nacional, ya que con la sugerencia de tres subsidios, toda persona puede optar a obtener una vivienda con panel solar u optar por instalar y mantener un panel solar en su vivienda ya adquirida. Por su parte, los efectos que observamos en nuestra iniciativa de ley, son positivos, ya que aporta sustancialmente a la política medioambiental que Chile propone, al querer tener un 75% de energía renovable no convencional. Junto con ello, se logra una concientización dentro de la población para cuidar, proteger y preservar nuestro medio ambiente de forma que se utilicen otros medios energéticos que son menos invasivos. Otro punto a favor es que se reduce el gasto en las cuentas básicas de la población y con ello, puede mejorar la economía de la comunidad. Es por esto que nuestra iniciativa de ley es una reformulación a la ley 20.365, que lleva por nombre ESTABLECE FRANQUICIA TRIBUTARIA RESPECTO DE SISTEMAS SOLARES TÉRMICOS, que consta en la entrega de un subsidio a las empresas constructoras para la instalación y mantención de paneles solares que luego es descontado del impuesto a la renta. Lo que propone nuestro equipo son dos acciones: la primera es que a todo proyecto inmobiliario se le exija la implementación de paneles solares, sea social o privado. En segunda instancia se presentan, a modo de sugerencia, tres tipos de subsidios, los cuales consisten en los siguientes: El primer subsidio está destinado para viviendas sociales, que consta en el pago de un 30% del panel solar por parte de la persona que postula. Este porcentaje está contemplado dentro de los requisitos de postulación para vivienda social. En esta situación la municipalidad será la entidad encargada de la mantención de los paneles solares. El segundo subsidio está contemplado para ciudadanos que obtengan su vivienda de manera privada. En esta instancia deben pagar el 50% del panel solar al momento de comprar la vivienda, ya que la diferencia la costea la constructora a cargo del proyecto. La mantención en esta instancia se paga por medio de los gastos comunes. El tercer y último subsidio es para ciudadanos que ya adquirieron su vivienda y desean tener un panel solar, en el cual el Estado subsidia la instalación, quedando la mantención a cargo del propietario de la vivienda.


Propuesta legislativa:

La ley 20.365 fue propuesta por el Ministerio de Hacienda en el año 2009 con el fin de fomentar por medio de un subsidio a las empresas constructoras, la instalación y mantención de paneles solares. A partir de esto, nuestra Iniciativa de Ley requiere una Moción porque queremos reformular la ley y a partir de esto un Mensaje que afectará la economía subsidiaria del país. Con respecto a la necesidad regulatoria, analizamos nuestra Constitución vigente, y consideramos que el tema no ha sido considerado por nuestra legislación, por eso es necesario modificar la normativa existente debido que el actual marco jurídico no permite implementar la solución propuesta por nuestro equipo. Para apoyar nuestra propuesta, podemos mencionar que existe un programa llevado a cabo por el Ministerio de Energía, llamado Programa de Techos Solares Públicos que consiste en instalar sistemas fotovoltaicos en los techos públicos, con el objetivo de contribuir a la maduración del mercado fotovoltaico para autoconsumo. Este proyecto inicia en 2015, y tiene una duración de 4 años para su implementación. También existe una renovación de la Ley 20.365 que entró en vigencia en enero de 2016, con la cual se renueva la franquicia tributaria para la instalación de paneles solares por el periodo 2015 – 2020. Junto con ello establece un subsidio complementario a los programas habitacionales del Ministerio de Vivienda para instalar paneles solares en viviendas sociales nuevas. A partir de esto, también se presenta un subsidio para viviendas sociales existentes, que consta en la entrega de un subsidio para la instalación de un sistema solar térmico, al que se puede optar por medio de Programa de Protección del Patrimonio Familiar y que es administrado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Por otro lado, producto de los desastres naturales que se han vivido al norte del país, se han implementado de reconstrucción que consideran un subsidio para la instalación de Sistemas Solares Térmicos en las viviendas que serán reparadas y/o reconstruidas. Consideramos que estos datos entregados fundamentan nuestra propuesta de iniciativa de ley y además presentamos otras formas de fomentar la instalación de paneles solares o sistemas solares térmicos.