Este proyecto se basa en que las grandes industrias chilenas que ocupen un 100% o menos de ese porcentaje de agua potable ya extraída del ríos , napas ..etc , disminuyan su uso en sus procesos industriales , ya que es energía natural para los humanos .
El proceso seria que fuera su máxima totalidad la ocupación de la desalinización del agua del mar.
Se entenderá por gran industria, la que extraiga más de 1000 litros por segundo
Artículo 1: Toda industria que consuma mas de 1250 litros por segundo, deberá implementar sistemas de disminución de extracción de agua dulce, como plantas desalinizadoras.
Articulo 2: El plazo de implementación de los sistemas de disminución de extracción del agua serán de 5 años, a partir de la publicación de esta ley.
Articulo 3: Toda industria que tenga altos índices de consumo de agua dulce deberá establecer medidas efectivas para mitigar los niveles de consumo.
Articulo 4: Toda industria que no implemente los procesos para la disminución del consumo del agua deberá pagar 4000 UTM, al estado, realizar proyectos de reciclajes, reutilización.
Articulo 5: Toda industria que extraiga agua dulce ilícitamente, deberá suspender todos sus procesos inmediatamente, y recibirá una sanción monetaria de 3000 utm.
Articulo 6: Existirá una empresa fiscalizadora llamada América Innovadora sustentada por el estado, la cual fiscalizara todo lo estipulado por esta ley. Existirá un fiscalizador por cada 30 empresas por provincia.
Articulo 7: La industria que genere el menor consumo de agua, en todos sus procesos, se le disminuirá un 2% de los impuestos que paguen al estado.
Articulo 8: Toda industria deberá dar a conocer a sus trabajadores sobre el índice de consumo del agua, capacitándolos, para que en los procesos productivos busquen mas ideas de cómo disminuir el consumo del agua.
Articulo 9: Toda industria que supere los 5 años de no cancelar la multa, tendrá que pagar 3 UTM, por cada mes que se retrase en cancelar.
Articulo 10: Las empresas o industrias deberán incluir en su presupuesto anual los costos de campañas educativas y de concientización a las comunidades para el uso racionalizado de los recursos Hídrico.
Articulo 11: deberán tener una comisión de regularización del agua potable que fijaran una meta anualmente , para así poder reducir las perdidas en los procesos realizados.
Articulo 12: Las comisiones publicas encargadas de otorgar licencias o permisos para proyecto que con suman agua , tiene que exigir un informe de sus consumos anuales del agua.