Colegio Geronimo Rendic -LA SERENA - Región de Coquimbo


Título iniciativa:

Acreditación de planes de inclusión para establecimientos educacionales subvencionados.



Definición alternativa:

En chile hoy en día hay alrededor de 300.000 niños con necesidades educativas especiales (NEE), una cifra notable, por lo que surge la necesidad de generar alguna medida que los respalde y que los apoye en su desarrollo educativo, no obstante no se puede desconocer los grandes avances que la ley ha efectuado en materia de inclusión tal y como lo es la ley 20.845 ley de inclusión
Esta Ley postula que no se le puede negar la matricula a ningún estudiante sea cual sea su condición, lo que nos hace dar énfasis en la incógnita de ¿Qué tan preparados están los establecimientos hoy en día para recibir un estudiante con capacidades diferentes? Sin enfocarnos tan solo en un ámbito estructural, sino también en el desarrollo social y espiritual del pupilo. Frente a esto queremos hacer énfasis en el medio social en el cual el alumno se desenvuelva.
Objetivo:
Nuestro proyecto busca la implementación de un medio que nos asegure el buen funcionamiento de esta ley, ya que actualmente se deja a disposición del establecimiento las medidas que se tomaran para apoyar a sus alumnos con capacidades diferentes, por lo que proponemos la acreditación previa de programas inclusivos, que respalden en todo ámbito al alumno.
Ejemplos extranjeros:
La inquietud de una integración educacional no solo está presente en chile, sino que también en otros países en los que ya se han tomado medidas para acotar las dificultades que se les presentan a los pupilos que tienen algún tipo de NEE ya sea por discapacidad física psicomotora o psicológica. Por ejemplo en México que para generar una educación inclusiva se instauraron programas para que alumnos que su situación socioeconómica es más vulnerable pudieran acceder a la educación y también programas como escuela siempre abierta y crea tu espacio con los cuales se les da la oportunidad a los alumnos para desarrollar su área social, liderazgo y participación en la comunidad, otro ejemplo seria Colombia, país en el cual también se hace énfasis en ampliar la cobertura de la educación, para que esta no sea un privilegio sino más bien un derecho, dando énfasis en alumnos con NEE y asignando los recursos económicos, humanos y materiales para llevar a cabo las adecuaciones organizativas, curriculares y de acceso para que su proceso educacional sea óptimo. En España la educación inclusiva se centra en tareas centrales las que implicarían: la mejora del aprendizaje, la formación y la participación de los estudiantes, a través de la eliminación o reducción de las barreras en ese proceso educativo, planteando que la educación inclusiva es el derecho de toda persona a la educación en igualdad de oportunidades y participación. Lo cual implica que en la escuela ordinaria el proceso educativo ha de atender a: la diversidad física, social o cultural, la no discriminación ante esa diversidad, y un proceso de enseñanza-aprendizaje abierto a la participación real de todos sus integrantes.
Necesidad regulatoria:
Con lo mencionado anteriormente podemos dar a entender que la inclusión educativa es un tema que nos pertenece a todos, y del cual chile no queda exento, después de un exhaustivo análisis a la actual ley de inclusión visualizamos que esta se centra más que nada a una integración del alumno, no a una real inclusión, pero el punto más relevante es que no hay ninguna medida que nos de la certeza de que se generaran planes para la inclusión de cada alumno, que sean adecuados a cada necesidad, generando así solo la integración de este.


Propuesta legislativa:

En la ley 20.845 (ley de inclusión) articulo 6 (el cual habla de los requisitos para obtener la subvención) letra f bis se menciona: Que se establezcan programas especiales de apoyo a aquellos estudiantes que presenten bajo rendimiento académico que afecte su proceso de aprendizaje, así como planes de apoyo a la inclusión, con el objetivo de fomentar una buena convivencia escolar, sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº 20.248.
Aquí es donde claramente vemos que solo esta enfocada en el apoyo a alumnos con bajo rendimiento, siendo que estos no necesariamente tengan alguna discapacidad, sin hacer mención de todo aquel alumno que presente alguna NEE, ya sea auditiva, motora, visual, trastornos en la capacidad de relación y comunicación, trastornos específicos del lenguaje o dificultades en el aprendizaje (dislexia digrafía, discalculia, etc.). Por lo que proponemos la modificación de este artículo dejándolo como: Que se acrediten programas especiales de apoyo a aquellos estudiantes que presenten algún tipo de problema en el aprendizaje ya sea ligado a una enfermedad o a una condición, sea auditiva, motora, visual, trastornos en la capacidad de relación y comunicación, trastornos específicos del lenguaje o dificultades en el aprendizaje (dislexia digrafía, discalculia, etc.), que afecte su proceso de aprendizaje, así como planes de inclusión, en los que se incluya la capacitación del entorno social y adecuación del entorno físico, en el cual se desarrolle el alumno, con el objetivo de fomentar una buena convivencia escolar, sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº 20.248.