Liceo Ignacio Carrera Pinto -SAN VICENTE - Región de O'Higgins


Título iniciativa:

Cambio de Previsión social: sistema de reparto más digno y justo para la jubilación



Definición alternativa:

Ámbito Legal

Para corregir la problemática expuesta, planteamos la creación de una nueva ley mediante un proyecto de Reforma Constitucional sobre Previsión y Seguridad Social, enviado a través de un mensaje presidencial sobre materias de ley referidas a Seguridad Social, el cual consiste en derogar el Decreto 3500 y crear un nuevo sistema de Previsión Social.

Propuesta de Solución

El nuevo sistema tendrá medidas regulatorias imperativas, prohibitivas y permisivas cuya finalidad será resguardar la eficiencia, efectividad y calidad de un sistema social semicolectivo y tripartito de Previsión y Seguridad Social en nuestro país.

a) Crear un fondo solidario gubernamental que entregue pensiones de jubilación dignas a la población y en el cual, siguiendo los modelos de previsión europea, sea el Estado quien tenga la responsabilidad de su administración de modo de transparentar el sistema y subir el monto de las pensiones de vejez , invalidez y sobrevivencia, para avanzar como sociedad hacia un sistema más digno de jubilación .Este sistema entregará mayor estabilidad ,seguridad y transparencia en el monto de las pensiones.

b) El sistema será semicolectivo, tripartito y de reparto donde el Estado decretara por ley que, las contribuciones a este fondo gubernamental tendrán aportes equitativos entre el trabajador (7%), el empleador(4,5%) el estado por cada trabajador (3,5) y las grandes empresas considerando que en nuestro país existe un 52,1% de pymes y un 3,2% de grandes empresas de acuerdo a la tercera encuesta longitudinal de empresas del Ministerio de Economía, fomento y Turismo del 2015 ,las cuales mediante un porcentaje decretado por el estado aportarán a este fondo gubernamental de modo diferenciado: las grandes empresas aportaran con el 3,5% y las pymes con 2,5%. Esto permitirá subir el monto mínimo de pensión pudiendo otorgar una remuneración digna de jubilación para la población y poder suplir las lagunas previsionales en caso de cesantía , accidentes laborales y otros.

c) Existirá un monto de seguro social que respalde al afiliado en caso de inhabilidad de imposición, por un tiempo mayor a 6 meses, debiendo ser acreditado el motivo del suceso. En caso de defunción, el monto se traspasara en su totalidad al cónyuge o hijo/s dependiendo de la situación, priorizando al primero. En caso de que no se cuente con ninguno de los dos, los bienes permanecerán en el fondo gubernamental y serán utilizados para la regularización del efectivo recibido por los demás ciudadanos.

d) Este nuevo sistema considerará la igualdad de género en el tiempo estimado de jubilación.

e) El Estado velará por las inversiones realizadas con los recursos de afiliado y éstas, no se verán afectadas de manera negativa, independientes de la caída de la bolsa otorgando calidad al nuevo sistema

f) Se implantarán medidas imperativas y prohibitivas a las empresas y empleadores de modo de asegurar el cumplimiento y la calidad del nuevo sistema. Para ello las empresas serán fiscalizadas y en caso de incumplimiento o alteración de cifras, se impondrán multas con el doble del porcentaje correspondiente.

g) La fiscalización estará a cargo de un ente estatal independiente fusionado entre la Contraloría General de la República y la Dirección del Trabajo articulando y reorganizando funciones para cumplir con esto.

h) Siguiendo el modelo previsional del Perú de entrega de los montos de ahorro al momento de la jubilación, el sistema de reparto se ejecutará al momento de la jubilación, entregando el 30% de los fondos del ahorro total una vez que la persona jubile, mientras que el 70% que permanece en la cuenta, será entregado como mensualidad al propietario. Con esta iniciativa se busca que el ciudadano, pueda generar ingresos adicionales a través de inversiones, sin la necesidad de depender exclusivamente del monto de la pensión.

De este modo, el nuevo sistema trae consigo nuevos beneficios, ya que será equitativo toda vez que el Estado, las empresas y los empleadores contribuyen y así los montos recibidos aumentarán satisfaciendo la problemática actual y elevando la calidad de vida de la tercera edad de la población

Tendrá un nuevo enfoque para el trabajador ya que se trata de un sistema de ahorro semicolectivo para su vejez , donde será propietario de su cuenta con el respaldo del Estado, por lo cual debe procurar invertir de la manera más óptima , lo que permitirá desarrollar el sentido de responsabilidad y Libertad Individual, toda vez que al momento de la jubilación se puede tener poder particular de decidir sobre el 30.% del ahorro acumulado una vez entregado .

Finalmente con este nuevo sistema de Previsión Social, los niveles de desigualdad se reducirían pues la implementación a cargo del Estado, generará un cambio real hacia una sociedad más avanzada, cuyas políticas se concentren en el beneficio real de los chilenos.


Propuesta legislativa:

Ámbito Legal

Para corregir la problemática expuesta, planteamos la creación de una nueva ley mediante un proyecto de Reforma Constitucional sobre Previsión y Seguridad Social, enviado a través de un mensaje presidencial sobre materias de ley referidas a Seguridad Social, el cual consiste en derogar el Decreto 3500 y crear un nuevo sistema de Previsión Social.

Propuesta de Solución

El nuevo sistema tendrá medidas regulatorias imperativas, prohibitivas y permisivas cuya finalidad será resguardar la eficiencia, efectividad y calidad de un sistema social semicolectivo y tripartito de Previsión y Seguridad Social en nuestro país.

a) Crear un fondo solidario gubernamental que entregue pensiones de jubilación dignas a la población y en el cual, siguiendo los modelos de previsión europea, sea el Estado quien tenga la responsabilidad de su administración de modo de transparentar el sistema y subir el monto de las pensiones de vejez , invalidez y sobrevivencia, para avanzar como sociedad hacia un sistema más digno de jubilación .Este sistema entregará mayor estabilidad ,seguridad y transparencia en el monto de las pensiones.

b) El sistema será semicolectivo, tripartito y de reparto donde el Estado decretara por ley que, las contribuciones a este fondo gubernamental tendrán aportes equitativos entre el trabajador (7%), el empleador(4,5%) el estado por cada trabajador (3,5) y las grandes empresas considerando que en nuestro país existe un 52,1% de pymes y un 3,2% de grandes empresas de acuerdo a la tercera encuesta longitudinal de empresas del Ministerio de Economía, fomento y Turismo del 2015 ,las cuales mediante un porcentaje decretado por el estado aportarán a este fondo gubernamental de modo diferenciado: las grandes empresas aportaran con el 3,5% y las pymes con 2,5%. Esto permitirá subir el monto mínimo de pensión pudiendo otorgar una remuneración digna de jubilación para la población y poder suplir las lagunas previsionales en caso de cesantía , accidentes laborales y otros.

c) Existirá un monto de seguro social que respalde al afiliado en caso de inhabilidad de imposición, por un tiempo mayor a 6 meses, debiendo ser acreditado el motivo del suceso. En caso de defunción, el monto se traspasara en su totalidad al cónyuge o hijo/s dependiendo de la situación, priorizando al primero. En caso de que no se cuente con ninguno de los dos, los bienes permanecerán en el fondo gubernamental y serán utilizados para la regularización del efectivo recibido por los demás ciudadanos.

d) Este nuevo sistema considerará la igualdad de género en el tiempo estimado de jubilación.

e) El Estado velará por las inversiones realizadas con los recursos de afiliado y éstas, no se verán afectadas de manera negativa, independientes de la caída de la bolsa otorgando calidad al nuevo sistema

f) Se implantarán medidas imperativas y prohibitivas a las empresas y empleadores de modo de asegurar el cumplimiento y la calidad del nuevo sistema. Para ello las empresas serán fiscalizadas y en caso de incumplimiento o alteración de cifras, se impondrán multas con el doble del porcentaje correspondiente.

g) La fiscalización estará a cargo de un ente estatal independiente fusionado entre la Contraloría General de la República y la Dirección del Trabajo articulando y reorganizando funciones para cumplir con esto.

h) Siguiendo el modelo previsional del Perú de entrega de los montos de ahorro al momento de la jubilación, el sistema de reparto se ejecutará al momento de la jubilación, entregando el 30% de los fondos del ahorro total una vez que la persona jubile, mientras que el 70% que permanece en la cuenta, será entregado como mensualidad al propietario. Con esta iniciativa se busca que el ciudadano, pueda generar ingresos adicionales a través de inversiones, sin la necesidad de depender exclusivamente del monto de la pensión.

De este modo, el nuevo sistema trae consigo nuevos beneficios, ya que será equitativo toda vez que el Estado, las empresas y los empleadores contribuyen y así los montos recibidos aumentarán satisfaciendo la problemática actual y elevando la calidad de vida de la tercera edad de la población

Tendrá un nuevo enfoque para el trabajador ya que se trata de un sistema de ahorro semicolectivo para su vejez , donde será propietario de su cuenta con el respaldo del Estado, por lo cual debe procurar invertir de la manera más óptima , lo que permitirá desarrollar el sentido de responsabilidad y Libertad Individual, toda vez que al momento de la jubilación se puede tener poder particular de decidir sobre el 30.% del ahorro acumulado una vez entregado .

Finalmente con este nuevo sistema de Previsión Social, los niveles de desigualdad se reducirían pues la implementación a cargo del Estado, generará un cambio real hacia una sociedad más avanzada, cuyas políticas se concentren en el beneficio real de los chilenos.