Colegio Antamara -IQUIQUE - Región de Tarapacá


Título iniciativa:

"Ley de subsidio para alimentación de personas con patologías específicas".



Definición alternativa:

Históricamente, el país ha carecido de estudios para establecer cuantos adultos y niños padecen de alergia alimentaria, aunque gracias a expertos de la Universidad Católica y del Instituto Milenio de Inmunología e Inmunoterapia que realizaron el primer estudio de prevalencia de alergia alimentaria infantil, en donde arrojó que el 5,5% de los menores, la padecen. La investigación estudió a más de 400 escolares de la Región Metropolitana a través de encuestas a las familias. Pero el gran problema de este estudio, es la falta de consideración a las personas de otras regiones, aspecto que queremos mejorar. Pese a estas cifras, las políticas están enfocadas en otras necesidades de la población.
No existe ninguna legislación respecto a esta problemática, sin embargo, nuestro proyecto de ley está relacionado directamente con el padecimiento de la llamada alergia alimentaria, que es un tipo de respuesta inmunitaria que se desencadena por el consumo de huevos, maníes, leche u otro tipo específico de alimentos. De igual forma, esta afecta a una cantidad importante de la población chilena. La problemática específica de nuestra idea, consiste en la escasa disponibilidad de alimentos necesarios debido a la falta información y conciencia de esta alergia. Además del alto costo de estos y el deficiente apoyo social, en donde los familiares de estos pacientes se encuentran solos frente a la sociedad, sin saber qué hacer, sin una dieta y tratamiento necesarios para enfrentar este padecimiento.
Está claro que el tema crucial en nuestro proyecto de ley es el financiamiento de las dietas especiales, cubrir sus tratamientos si es necesario y por supuesto, que exista un alto stock en los puntos de venta (por ejemplo, supermercados) de los alimentos necesarios. La solución que planteamos en nuestro proyecto de ley es que las instituciones previsionales como FONASA, contengan en su canasta de beneficios protecciones subsidiarias en relación a la alergia alimentaria, además, que implementen en sus planes médicos una prima de seguro que beneficie a los pacientes con esta patología y que se encuentren afectados por una mala situación económica. Por último, para reconocer a todas estas familias que se encuentran en la lamentable situación de tener un miembro con este padecimiento, creemos que es necesario otorgarles un carnet, el cual debe ser entregado por el Ministerio de Salud, donde indique si cierta persona padece de la alergia alimentaria. Esta tarjeta, les traería ciertos beneficios, como por ejemplo, que el costo de los alimentos y/o tratamientos les saliera más económico.


Propuesta legislativa:

Proyecto legislativo de acuerdo a la creación de una nueva ley, estableciendo un financiamiento de dietas o tratamientos para sobrellevar una alergia alimentaria.

De acuerdo a los principales argumentos expuestos anteriormente:
1.- Financiamiento de dieta y/o tratamiento
2.- Carnet de respaldo
3.- Apoyo del gobierno
4.- Acceso a una alimentación y vida adecuada a la patología

Proponemos nuestro proyecto de ley: Subsidio para alimentación de personas con patologías específicas.

Artículo 1. Con el objetivo de crear un subsidio para alimentación de personas que se enfrentan día a día a patologías específicas. En específico, a todas las alergias alimentarias desencadenadas por comestibles como manís, huevos, leche u otro tipo. Estás serán cubiertas por:
1.- La existencia de un alto stock de alimentos específicos en supermercados que son necesarios para las familias que se encuentran en un escaso sustento económico.

Artículo 2. Considerándose a toda familia que contenga un miembro perjudicado por cierta alergia alimentaria:
1. El Ministerio de Salud les otorgará a cada familia un carnet de respaldo que indique si padece de esta patología.
2. Este carnet de respaldo les concederá ciertos beneficios a quienes la posean:
a. Que exista un conocimiento por parte de las instituciones previsionales.
b. De acuerdo al artículo 1, esta tarjeta puede ser utilizada en supermercados ya que tendrán un alto stock, además, esta tenga la garantía de un rebaje de precios en ciertos alimentos.
B1. Alimentos como leche de coco, arroz especial, almendras, alpiste, entre otros.

Artículo 3. Considerándose a instituciones previsionales:
1. Contendrán en su canasta de beneficios protecciones subsidiarias.
2. En sus planes médicos deberá existir una prima de seguros que beneficie a todo aquél que se encuentre afectados por esta patología.