Colegio Instituto Victoria -VICTORIA - Región de La Araucanía


Título iniciativa:

FUERO LABORAL PARA EL TUTOR ECONÓMICO DEL ESTUDIANTE.



Definición alternativa:

Fundamentos:

1.-El 23 de Diciembre del año 2015 se promulgó la ley corta de gratuidad la cuál permite que jóvenes pertenecientes al 50% mas vulnerable del país puedan acceder a una educación superior con el 100% del arancel referencial financiados por el estado, sin embargo, la gratuidad no incluye gastos externos como alimentación, locomoción, titulación, estadía, etc, y a pesar de que existen becas que sustentan los costos mencionados anteriormente, estas no son obtenidas por los estudiantes en su totalidad , y muchas veces no cubren el 100% del valor. Además, a pesar de existir muchas becas para ayudar a costear gastos en educación superior, la mayoría de las familias reconocen que tendrán que recaer en una inversión luego de iniciado este proceso.

2.-Por otra parte en nuestro país no existen becas estatales referentes a jóvenes que quieran ingresar a escuelas matrices por lo tanto el peso económico de esto recae en la familia.

3.-En múltiples empresas nacionales, debido a bajas de producción se realizan recortes de personal, los cuales dan termino al contrato laboral de los trabajadores despedidos. Este problema se produce con mayor fuerza en el ámbito de la minería, cabe destacar los sucesos ocurridos en Minera Escondida, la mina de cobre más grande del mundo, donde debido a las bajas del cobre, la minera debió dar de baja al 2,4% de sus trabajadores, a esto se le suma lo ocurrido en Antofagasta Minerals y otras empresas del mismo rubro en el país. También estos recortes de personal se dan en áreas del comercio y un claro ejemplo de esto es lo ocurrido en la multitienda La Polar, la cual desvinculó al 6,8% del personal de retailer en diferentes áreas de su compañía.

Considerando todo lo mencionado anteriormente, se puede concluir que después de egresar de la educación media, sin importar si el alumno ingresa a una universidad, instituto profesional, centro de formación técnica o a alguna escuela matriz; la familia, algún miembro de esta o incluso el mismo individuo debe asumir el rol de sustento económico para financiar su educación, considerando gastos como alimentación, transporte, implementación, etc.
Para poder subvencionar estos costos es necesario que el tutor económico cuente con un ingreso mensual estable, situación que no ocurriría en el caso de que este sea despedido de su trabajo.

Para evitar que situaciones como la anterior se produzcan se propone:
- Crear un fuero laboral para el tutor económico de estudiantes universitarios, de Institutos Profesionales, de CFT y jóvenes que quieran acceder a instituciones de las Fuerzas de Orden y Seguridad y Fuerzas Armadas mediante escuelas matrices, esto con la finalidad de asegurar una base económica para sustentar los gastos que esta educación conlleva. A grandes rasgos, esta idea consiste en proteger el trabajo de quien tenga la responsabilidad económica en las situaciones antes mencionadas, esto en el caso de que una empresa tenga que recurrir a un recorte de personal o acontecimientos similares postergando así el despido de quienes son protegidos por este fuero.

Creemos que la promulgación de esta ley es factible y el hecho de que no significará ningún gasto estatal nos respalda en esta conclusión, como estudiantes estamos seguros de que colateralmente, al aprobarse esta iniciativa las familias poseerán tranquilidad puesto que contarán con un ingreso seguro el cual ayudará a cancelar costes que una educación superior conlleva.


Propuesta legislativa:

Mensaje Presidencial. "FUERO LABORAL PARA EL TUTOR ECONÓMICO DEL ESTUDIANTE".

ARTÍCULO 1°.- Institúyase el fuero laboral que proteja al tutor económico, entiéndase por tutor económico al individuo designado por un estudiante, el cuál pertenecerá a una institución académica de educación superior tal como Universidad, Instituto Profesional, Centro de Formación Técnica o Escuela Matriz.
El tutor económico deberá:
-Ser mayor de 18 años
-Tener una conexión con el individuo de hasta 3 generaciones, en el caso de que esta condición no se cumpla en situaciones puntuales, el estudiante tendrá derecho a apelar con un juez competente en el tema el cual dirá si puede presentar otra persona como tutora. En caso de que se deba hacer un cambio del tutor, será de acuerdo a las siguientes causales:
a)Fallecimiento del Tutor económico.
b)Despido por las causales expresadas en el código del trabajo.
-Recibir un sueldo líquido mensual inferior a 21.8 UTM.
-Tener un solo empleo.
El fuero laboral para el tutor económico del estudiante regirá de la siguiente manera:
1.-Cada alumno que ingrese a una casa de estudios debe designar ante esta a una persona la que ejercerá como tutor económico y deberá ser quien financie gastos referentes a la educación del estudiante.
2.-La institución dejará constancia de esto para así poder entregar un certificado al tutor en caso de ser necesaria esta situación. Para poder hacer la entrega de esta documentación, quien esté ejerciendo el cargo de tutor deberá acudir a la institución llevando consigo la notificación de despido de parte de su empleador.
ARTÍCULO 2° El fuero laboral solo cubre a los trabajadores que hayan sido desvinculados de su trabajo por las causales del articulo 161 del código del trabajo, comprometiéndose luego de gozar el beneficio del Fuero a ser un trabajador ejemplar y sin cometer ningún acto que esté dentro de las causales de despido en el Código del trabajo, de ocurrir lo anterior la empresa puede dar termino al contrato con todas las formalidades que este proceso conlleva.
ARTÍCULO 3°.-La duración de este Fuero se prolongará durante el tiempo referencial de duración que presente la carrera o proceso de formación de una escuela matriz. Esto significa que si por algún motivo el estudiante debe permanecer un tiempo superior al estipulado educándose, el tutor durante este periodo adicional no podrá contar con el beneficio que otorgará este fuero.