Kid´s World School -COQUIMBO - Región de Coquimbo


Título iniciativa:

Ley de prevención y restricción en el uso de tecnologías en menores de seis años.



Definición alternativa:

Descripción: Hoy el acceso y uso de las tecnologías es una herramienta tan accesible que ha supuesto un cambio en la humanidad, conocida hoy como sociedad de la información, así lo explica la encuesta sobre acceso y uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación TIC hecha por el INE el 2014 planteó que el 51% de los niños de 6-13 años tienen un celular,el 35% usa un tablet y el 15% posee un Smartphone, encuesta que deja reflejado que los niños son nativos digitales, y que satisfacen sus necesidades de entretenimiento,diversión,comunicación e información con el uso de las mismas. Sin embargo, cuando se produce un deterioro de las relaciones sociales o de las habilidades para solucionar problemas, las tecnologías dejan de ser mera herramienta instrumental para convertirse en objetivo principal dejando el camino expedito a la dependencia de las mismas.
Fundamentación: Estudios recientes de la Academia Americana de Pediatría y la Sociedad Canadiense de Pediatría aseguran que el uso de dispositivos en la infancia temprana interfiere en el aprendizaje y el desarrollo de psicomotricidad además de las habilidades sociales y resolución de problema, la OMS (Organización Mundial de la Salud), en investigaciones en España, Estados Unidos, Canadá y Japón advierten acerca de las consecuencias para la salud, puesto que entre 0 - 2 años, los cerebros se triplican en tamaño en el niño, además el desarrollo temprano del cerebro está determinado por los estímulos ambientales, o la falta de los mismos por lo que la estimulación del desarrollo cerebral causada por la exposición excesiva a las tecnologías, está implicado como causa de déficit de atención,retrasos cognitivos,el aumento de las tasas de depresión infantil, problemas de aprendizaje,trastornos de vinculación, trastorno bipolar, aumento de la impulsividad y disminución de la capacidad de autorregularse.
Por otro lado en término de los posibles daños físicos por el uso excesivo de tecnologías en menores, en diciembre de 2013 el Dr. Anthony Miller de la Universidad de la Escuela de Salud Pública de Toronto determinó basándose en una reciente investigación, que el Índice de Absorción Específica, que es la unidad de medida de la cantidad de energía de radiofrecuencia absorbida por los tejidos del organismo al emplear un teléfono celular representa la potencia de radiación máxima que como norma general internacional indica que el límite máximo de absorción de 1,6W/kg SAR sin embargo los niños menores de 5 años tienen una tasa de absorción de 4.49 W/kg por lo que esta exposición a señales de radio tal altas debe ser reclasificado como 2A es decir probable carcinógeno, otro estudio del Plan General de Educación para la Salud Visual Digital 2015-2020 de España que tiene como objetivo promover la salud en el ámbito escolar, laboral y de ocio en el mundo digitalizado, plantea que estas pantallas emiten cinco veces más luz de onda corta, son muy nocivas para los ojos y una exposición excesiva en edades tempranas a las nuevas pantallas LED puede dañar la retina porque su cristalino está aún en desarrollo y no filtra esta luz de un modo eficiente, incluso el gobierno de Taiwán -uno de los principales fabricantes de tecnología del mundo-, ha prohibido su uso y ha anunciado que multará con unos 1.500 euros a los padres que permitan que los niños menores de 2 años usen cualquier tipo de dispositivo electrónico.
En función de los principales argumentos expuestos y ante este problema proponemos la Moción de Ley para la creación, desarrollo y consolidación de una Política Nacional de Uso Responsable de TIC:Propuesta que detallamos a continuación


Propuesta legislativa:

CAPI Disposiciones Generales
ART1: La presente ley es de carácter preventivo/informativo y regula el uso, de las tecnologías de información y comunicación específicamente celulares,tablets y notebooks en menores de 6 años,con el fin de divulgar y advertir a la población de los daños que produce la exposición excesiva a las tecnologías antes mencionadas.
Art2:Son objetivos de la presente ley:
a)Concientizar a la población en general sobre la importancia de un uso responsable de las Tic’s.
b)Educar sobre los daños y consecuencias sobre el uso excesivo de estas en menores de 6 años.
c)Promover programa con hábitos de uso responsable de las Tic mediante propagandas financiadas por las empresas que distribuyan vendan este tipo de artículos.
CAPIIPublicidad, promoción
ART3º Oblíguese a las empresas, que distribuyan vendan artículos celulares, tablets, notebooks, a realizar publicidad,sobre el uso responsable de tecnologías,directa o indirectamente,a través de cualquier medio de difusión.
ART4ºEncomiéndese a la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones del presente capítulo.
CapIII Educación para la prevención
ART.5 La autoridad competente deberá formular programas de prevención del uso de tecnologías en menores de seis años,destinados a implementarse en los establecimientos educativos,centros de salud, lugares de trabajo,entidades deportivas y todo otro tipo de organización que exprese su voluntad de participar en acciones a favor del uso responsable de las tecnologías.
ART6 El Ministerio de Ciencia y Tecnología, y el Ministerio de Educación,promoverán la realización de campañas de información,en establecimientos educacionales,acerca del desarrollo de las capacidades para utilizar las Tecnologías de la Información y la Comunicación esté ya está contemplado de manera explícita como uno de los Objetivos de Aprendizaje Transversales de las Bases Curriculares,sin embargo se debe actualizar los efectos nocivos que hoy provocan,por lo que se reforzará con el desarrollo de planes de sensibilización y formación nacional en el uso responsable de las TIC,que demanda que el dominio y el uso de estas tecnologías se promuevan de manera integrada al trabajo que se realiza al interior de las asignaturas.Además se ha de implementar como parte de un programa de educación a apoderados de menores de seis años,y todos los colegios,escuelas y jardines infantiles deberán destinar a lo menos quince minutos de las reuniones de apoderados para informar,prevenir y educar con respecto al uso de las tecnologías y se le comunicaran estrategias para disminuir el uso de los celulares,tablets,internet, televisión,computador y videojuegos además de encuestas mensuales en los colegios o escuelas,a los niños que cursen prekínder, kínder, primero básico y segundo básico, interrogando cuan seguido usan sus celulares, para que los utilizan y las apps que usan.
ART 7Las carreras profesionales relacionadas con la salud deberán incluir en sus contenidos curriculares el estudio e investigación de las patologías vinculadas con un uso temprano de las Tic´s en menores y su prevención.
ART 9° El Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio de Educación, promoverá la información y educación de manera lúdica a los párvulos de segundo ciclo cuyas edades fluctúan entre los 4-6 años,sobre el uso y consecuencias de las Tics, específicamente(celular y tablets).
Capítulo IV
Sanciones
ART 8°. — Al momento de comprar un celular, tablet, o notebook, personas mayores de 18 años, deberán firmar un acuerdo con la empresa telefónica, donde quedara estipulado la prohibición del uso de celulares o tablets a niños menores de 2 años y se restringirá el uso de celulares a niños de 3 a 6 años, donde como máximo podrán hacer uso de sus celulares solo 2 horas al día. En caso de que una persona vea que esto se infrinja deberá denunciar esta situación obligatoriamente donde los padres o tutores del niño,tendrán que pagar una multa de 5 UTM.
Capítulo V Disposiciones finales
ART10 El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se financiará con los recursos provenientes de:
a)El producido de las multas establecidas
b)Las sumas que a esos fines se asignen en el Presupuesto de la Administración Nacional
c)Las donaciones y legados que se efectúen con ese destino específico.

Los desafíos anteriormente planteados necesitan ser abordados y traducidos en un conjunto de iniciativas, proyectos y programas que sean implementados para alcanzar los objetivos que se proponen y posicionar a Chile como un referente regional en términos de la prevención y educación.