Seminario San Fidel -MARIQUINA - Región de Los Ríos


Título iniciativa:

Modificación a la Ley 20.066 de violencia intrafamiliar



Definición alternativa:

Definición:
El pololeo es una relación de tipo amorosa que entablan dos personas, las cuales van en camino a un conocimiento mutuo. Además, el pololeo es el primer paso al comienzo de la vida como cónyuges y de familia, a partir de él se proyecta una vida en común. Este es similar a lo que en otros países se conoce como noviazgo, el cual se define como un periodo de vida donde se establecen relaciones amorosas… libremente consentidas y mutuamente aceptadas (Muñoz & Lorente, s.f)

Descripción del problema:
Últimamente esta relación afectiva se ha visto dañada, pues no hay respeto frente a situaciones de tensión, a tal extremo que se ha llegado a agresiones físicas o psicológicas, las cuales afectan tanto a la víctima como al victimario, esto queda en evidencia a través de las diferentes campañas que se han desplegado para reducir los índices de violencia, los que según encuesta realizada por el Instituto Nacional de la Juventud (INJUV), en parejas entre 15 y 19 años, un 10,7% ha experimentado violencia psicológica y 4,6% violencia física. Estas cifras se duplican en relaciones adultas (Servicio Nacional de la Mujer, 2017). Ejemplo de estas campañas son No + Violencia durante el pololeo, o Parejas sin violencia, y la reciente propuesta legislativa de los diputados de la Democracia Cristiana (DC), Marcelo Chávez y Jorge Sabag que busca tipificar la violencia durante el pololeo, y que actualmente se encuentra estancada. Pero este no solo se desarrolla en nuestro país, según la Organización mundial de la salud (OMS) 9 de cada 10 adolescentes sufren violencia en el noviazgo, de estos solo 3 de cada 10 denuncia el maltrato, mientras que el resto considera que estás conductas son normales (Mesta & Sánchez, 2016). Esta también menciona que durante la adolescencia es la edad en que son más vulnerables a la violencia. En el caso de México las estadísticas señalaron que El 13.5% de las mujeres de 15 años confesó haber sufrido violencia física que les provocaron daños permanentes o temporales (Mesta & Sánchez, 2016). Sin embargo, más allá de campañas de atención y/o prevención, no se ha desarrollado políticas públicas que se hagan cargo del caso en las situaciones de parejas informales, como lo es el pololeo.
Actualmente la ley de violencia intrafamiliar otorga la protección y sanción a los hechos de violencia que ocurren en la vida de cónyuges y en parejas que tengan un menor en común, por lo que, esta relación informal, dentro del marco legal no es considerada. Por ello la necesidad de una ley que incluya la violencia durante las relaciones de pareja dentro de la violencia intrafamiliar. Las cifras dejan en vista que por lo menos un 51% de los jóvenes entre 15 y 29 años dice conocer a alguna víctima de violencia en el pololeo dentro de su entorno de conocidos, amigos y familia (Emol.com, 2017). En base a estos casos, consideramos que no basta solo con crear conciencia cuando los índices no se reducen y aquellos afectados quedan sin ninguna protección jurídica al momento de poner una denuncia contra su agresor, y más aún cuando en Chile y Latinoamérica no existen medidas que tipifique esté tipo de violencia como familiar, porque es considerada informal.
A partir de la modificación a la ley 20.066 sobre Violencia intrafamiliar los efectos esperados son:
a) Tener un respaldo penal para aquellas personas que han sido afectadas por la violencia durante esta relación amorosa informal descrita anteriormente.
b) Prevenir y reducir los índices de violencia intrafamiliar que ocurren durante el pololeo.
d) Proteger y buscar la reducción de la violencia en relaciones amorosas juveniles, mediante actividades que creen consciencia del hecho.
El tipificar el pololeo como una relación de pareja en la ley de violencia intrafamiliar es de real importancia debido a que es la base de toda relación formal y muchos casos de violencia ocurren en esta etapa. Es una necesidad prevenir que estos casos no pasen a mayor gravedad y terminen con la vida de estas víctimas que no pudieron denunciar o si denunciaron no se tomaron las medidas necesarias.


Propuesta legislativa:

Propuesta Legislativa:
Este proyecto de reforma será presentado vía moción parlamentaria, pues no requiere gastos fiscales solo modifica artículos e incisos propuestos en la Ley.
Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 20.066, sobre Violencia Intrafamiliar:
1) Modifíquese artículo 3° del siguiente modo:
a. Incorporar en su literal a) después de estudios contenidos la frase y actividades

b. Agrégase en el inciso segundo, el siguiente literal:
g) Desarrollar programas de acción vinculados a los jóvenes para prevenir la violencia en las relaciones de pareja.

2) Modifíquese el inciso primero en el artículo 5º por el siguiente:
Violencia intrafamiliar. Será constitutivo de violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor, una relación de convivencia o una relación de pareja con él; o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente.
3) Incorpórase el siguiente inciso cuarto en el artículo 8°:
Además, en el caso de menores de edad entre los 14 y 17 años, se castigará el maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar, atendida su gravedad, imponiéndose la Ley N° 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente.