Escuela Tecnico Profesional -COPIAPO - Región de Atacama


Título iniciativa:

INICIATIVA DE LEY NORMALIZAR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIALIZACIONES EN LA ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD



Definición alternativa:

Objetivo:
Nuestra iniciativa de Ley es una Moción al Legislativo, para aumentar el tipo de sanción establecida en el
inciso 2 del Art. N° 12 de la Ley 19.664 que instaura las Normas Especiales para Profesionales
Funcionarios del Servicios de Salud, sobre el incumplimiento de los funcionarios y Profesionales que
accedieron a Programas de Especialización costeadas por el Estatuto de Atención Primaria de Salud
Municipal (APS), Servicio o el Ministerio de Salud, en virtud al Art. N° 7 de la Constitución Política de la
República de Chile, inciso 2 y 3 que dice “ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas
puede atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los
que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes. Y que todo acto en
contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale”.
Antecedentes:
En los últimos años, la crisis del sistema de salud en Chile ha crecido notablemente, convirtiéndose en
una pesadilla para más de “un millón y medio de personas en todo Chile, [principalmente] las más
vulnerables, que aguardan por una ansiada consulta médica”1, las cuales, lamentablemente no llegan a
cumplir su cometido, en donde las estadísticas son categóricas durante los años 2010 y 2015 reflejando
que una cantidad de “57.000 fallecidos (…), esperando por un especialista, 10.000 esperando una
cirugía, y aproximadamente 510 esperando en 2015 la atención mediante el compromiso AUGE”2.
Al desolador panorama expuesto, se suma una nueva complicación en la creciente falta de especialistas
no entrenados en Atención Primaria de Salud (APS), quedando en evidencia que poseemos un sistema
de salud fragmentado, con escasos recursos humanos entrenados para dar respuesta a la gran demanda
que exigen nuestros ciudadanos. Como ejemplo de ello, se estimaba en octubre de 2014, faltaban 3.795
especialistas distribuidos en el Servicio de Salud y Especialidades. En un informe emanado por la Nueva
Mayoría se establece el inconveniente del sistema al plantear que “la formación de especialistas está
sujeta a las fuerzas del mercado, no existiendo una política pública que determine el tipo, cantidad y
distribución necesarias, ni tampoco que asegure la calidad de la formación”3.
De acuerdo al Ministerio de Salud a fines del mes de marzo del 2016, la “densidad de Médicos,
Enfermeras y Matronas, considerando el universo completo de aquellos profesionales inscritos en el
Registro Nacional de la Superintendencia de Salud y con el supuesto que todos se encuentran activos
laboralmente, asciende a 49 profesionales nucleares por 10.000 habitantes (en base a una población
proyectada por el INE de 18.018.123 al 2015)”4.
1 Ciper Chile, “Crisis de médicos especialistas en la salud pública: las causas de un tumor de larga data”, extraído el lunes 2 9
de mayo del 2017 de la pág web http://ciperchile.cl/2015/09/01/crisis-de-medicos-especialistas-en-la-salud-publica-lascausas-de-un-tumor-de-larga-data/ , publicada el 01 de septiembre de 2015.
2 CrónicaDigital, “Eunacom: una máquina del Colegio Médico para dominar la salud en Chile”, extraído de la pág. web
http://www.cronicadigital.cl/2016/03/25/eunacom-una-maquina-del-colegio-medico-para-dominar-la-salud-en-chile-afirmasenador-navarro/, extraído el 8 de mayo del 2017.
3 Comisión Nacional de Salud de la Nueva Mayoría, La Salud en Chile: Sentando las bases para un nuevo sistema para todas y
todos, pág.12, 17 de Marzo del 2014.
4 Ministerio de Salud, Informe sobre Brechas de Personal de Salud por Servicio de Salud, pág. nº 30, emitid o el 31 de marzo
2016.
FUNDACIÓN UNIVERSIDAD DE ATACAMA
ESCUELA TÉCNICO PROFESIONAL
En relación con el contexto internacional, poseemos “una densidad total de médicos por 100.000
habitantes de 199,2 que suma una razón de 92,4 de Médicos Generales y de 106,8 de Médicos
Especialistas. Comparado con el promedio de los 34 países de la OCDE, que alcanza un total de 320 por
100.000 habitantes. Cifras contrastadas con las densidades totales de médicos de las naciones de
Argentina que alcanzan 298,4; en Uruguay con 388,7; y en México con 217, 0 por 100.000 habitantes”5.
Ante este cuadro exhibido, observamos que el Sistema de Salud de Chile ha jalado por décadas
inconvenientes estructurales, principalmente en la cantidad de especialistas en el sistema público,
convirtiéndose en un verdadero ciclo vicioso sin fin que nos hace preguntar, sabiendo que el Estado
chileno invierte dinero en formar especialistas ¿Qué sucede con ellos(as) que no alcanzan a cubrir la
brecha en la Atención Primaria de Salud de cada comuna de nuestro país?


Propuesta legislativa:

El Estado chileno ha destina un elevado costo para formar especialista años tras año, llegando a pagar
un promedio anual de $3 millones por alumno, más un sueldo de casi $2 millones mensuales para que
trabaje en el sistema, en terreno, las cuales durante el 2007 eran de 210 especializaciones llegando a
más de mil cupos disponibles a la fecha. Al efectuar dicho proceso, todo funcionario o médico deben
apegarse a los articulados de la Ley 19.664 la que establece las Normas Especiales para Profesionales
Funcionarios del Servicios de Salud y que modifica la Ley 15.076, promulgada en el año 2000, la cual deja
establecido en el Art. 12, inciso 1 que “los profesionales funcionarios que accedan a programas de
especialización financiados por las entidades empleadoras o por el Ministerio de Salud tendrán la
obligación de desempeñarse en los organismo a que pertenecen, a lo menos, por un tiempo similar al de
duración de los programas”, situación que no se cumple en la práctica por el hecho que actualmente
faltan 1.364 médicos tan solo en atención primaria de salud y son 882 los que no podrán seguir
trabajando desde 2017 por reprobación del EUNACOM aumentando así el actual déficit de 37.1% a más
de 55%, tomando en cuenta que desde que existe el examen, el promedio de aprobación de los médicos
titulados en el extranjero es inferior al 20%. Estos porcentajes son el reflejo de una falta que se focaliza
en las especialidades en las listas de esperas y de cirugías a programar son las áreas: digestiva,
traumatológica, otorrinolaringológica, urológica, ginecológica, oftalmología, cirugía adulta y
neurología.
El Senador Girardi en una entrevista a El Mostrador, plantea que “nos parece que un médico beneficiado
con una beca, que se compromete a hacer una devolución y luego no cumple, no solo afecta a los
pacientes que engrosan las listas de esperas, sino que generan un daño a toda la Salud Pública. Hay
muchos médicos se forman y después prefieren pagar las multas”6.
Durante el 2015, el gobierno de la Presidente de la República Michelle Bachelet ha impulsado un Plan
Nacional de Ingreso, Formación y Retención de Médicos y Especialistas con el fin de aumentar los
recursos públicos en un 80,2% para hacerse cargo de la complejización que presenta la Salud ante la
demanda de médicos y especialistas, pero si no se regulariza art. 12 inciso 2 de la Ley 19.664 se seguirá
incrementando el 60% de especialistas que siguen en el sector privado en desmedro del 40% de ellos
que entregan su servicio en el sector público, atendiendo más del 80% de la población total de Chile.
5 Estadísticas adquiridas OECD, Health Data 2013, Plataforma OECD Stats.
6 El Mostrador, Girardi anuncia la ley que obliga a médicos a “devolver” becas de formación, extraído de la pág. web
http://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2015/08/28/girardi-anuncia-ley-que-obliga-a-medicos-a-devolver-becas-deformacion/
Introdúcense la siguiente extensión en el Inciso 2 del Art. 12° de la Ley 19.664 de las Normas Especiales
para Profesionales Funcionarios del Servicio de Salud, ante el incumplimiento de su Programa de
Asistencia Obligatoria impuesto por el Ministerio de Salud , que dice:
El Profesional que no cumpla con esta obligación deberá reembolsar los gastos originados con
motivo de la ejecución de los programas y aquellos derivados del incumplimiento, para lo cual
constituirá una garantía equivalente a estos gastos incrementados en el 50%, cuando corresponda.
El profesional que no cumpla su obligación deberá, además, indemnizar los perjuicios causados por
su incumplimiento. Además, quedará impedido de reingresar a la Administración del Estado hasta
por un lapso de seis años.
Se debe agregar:
El Profesional Funcionario tendrá un margen de 6 años para saldar la deuda total y en 3 años el
50% de los gastos adicionales de su especialización financiada por las entidades empleadoras, la
cual se apegará a las normativas establecidas en la Ley N° 10.336 de Organización y Atribuciones
de la Contraloría General de la República de Chile, a través de los Capítulos III de Investigaciones,
IV rendición de Cuentas, V Examen y Juzgamiento de las cuentas, VII Responsabilidad de
Empleados Públicos, Municipios y de la Beneficencia y XII Sanciones. Su incumplimiento a dicha
extensión se comunicará a la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades
Médicas (CONACEM) en conjunto al Párrafo 3° de la Obligaciones y Sanciones, Art. 41, inciso 4 y
5 de la Ley 20.129 que Establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la
Educación Superior, para retener y suspender sus labores en el Sistema de Salud Nacional.
Los Hospitales y Clínicas Privadas que quieran contar con el oficio del Profesional Funcionario con
su Especialización concluida, el cual incumplió las normas establecidas, deberá cancelar al Estado
el 30% del 150% de lo invertido para que pueda efectuar sus labores y continuar con el
cumiento de lo adeudado en su Perfeccionamiento con la entidad fiscal.