Liceo Politecnico Heroes De La Concepción -LAJA - Región del Biobío


Título iniciativa:

Legislación de expresión cultural y artística callejera en bienes de uso público



Definición alternativa:

Este proyecto tiene por objetivo crear una ley que respalde, y promueva la cultura, a través, del artista callejero en bienes de uso público.
Hay múltiples exponentes, pero no existe una norma que regule su funcionamiento, por lo que queda sujeto al criterio de los municipios. En conversación con el senador Quinteros, él señala no se fomenta la cultura, sino que se regula en este sentido es concordante la idea del proyecto con su planteamiento. La idea es potenciar y respaldar jurídicamente todo el arte callejero y no limitarlo. Se busca resguardar los derechos de quienes desempeñan distintas disciplinas o formas artísticas en espacios públicos y de la mano de lo anterior respaldar a la ciudadanía en conjunto.

Se sabe que son muchos los individuos que llegan de diversos lugares y hacen del arte urbano su único medio de subsistencia. Por ello se debe considerar que para algunos es un ingreso económico significativo, una fuente de trabajo importante sumado al talento que coloca el artista en cada una de sus presentaciones como una oportunidad para conseguir reconocimiento. Cabe destacar que para los ciudadanos, los artistas que pasan el sombrero resultan ser un atractivo que le imprime color y alegría a la ciudad, armonizando el ambiente. Son parte de la idiosincrasia de un país y forman parte de la cultura. De ésta misma forma la intención base de este proyecto es además impulsar, motivar y posibilitar la exhibición de las diferentes manifestaciones ligadas al arte. En todas sus facetas, como lo son: Baile, ejecución de cualquier tipo de instrumento, poesía, canto, malabarismo, etc.


Propuesta legislativa:

Según el senador Walker el uso público es un bien nacional y es necesario que exista una ordenanza para entregar facilidades al artista callejero, siempre que a su vez, éste respete las normas de seguridad, no contamine acústicamente y no entorpezca el paso de peatones, La estrategia que se utilizará para llevar a cabo este proyecto será habilitar bienes públicos aptos que no obstaculicen el orden y seguridad pública. Además de fijar horarios adecuados para el bien común. E incluir un protocolo de acción en caso de vulnerar los derechos de los artistas, o bien de la ciudadanía en general.

Se propone modificar el artículo 495 número 8 del código penal, y a partir de él crear una nueva ley en la cual se tome ventaja de estos espacios como medio de expresión artística y cultural. Garantizando así un ambiente para la presentación de diferentes manifestaciones relacionadas con el arte sin necesidad de un permiso municipal ni exceso de burocracia. De esta manera el individuo o grupo tendrá libertad de exponer lo suyo sin el riesgo de recibir alguna sanción o interrupción por parte de autoridades (siempre y cuando cumpla con los requisititos que se establecerán en el proyecto de ley).

Es relevante dentro de los objetivos de esta ley promover, mantener e integrar la cultura en el día a día de las personas que transitan en vías públicas, dando un aire distinto a los espacios más concurridos de las ciudades. Entregando al país una riqueza valórica y moral repleta de talento.
Además en búsqueda de la inclusión y el respeto por las diferencias, el proyecto busca fomentar la participación de las nuevas generaciones de jóvenes; que sean ellos quienes hagan de los espacios públicos un lugar de encuentro donde poder compartir vivencias, intercambiar ideas, aprender y mostrar distintas disciplinas hasta ahora ausentes en muchos rincones de nuestro país de norte a sur.