Colegio Rauquen -CURICO - Región del Maule


Título iniciativa:

Reforma constitucional para reducir la edad mínima para ejercer el derecho a voto.



Definición alternativa:

Nuestro proyecto se basa fundamentalmente en reducir la edad mínima para votar en todas las elecciones bajando desde los dieciocho a los dieciséis años de edad. Esto encuentra su fundamento en las propias leyes chilenas que permiten responsabilidades y deberes judiciales o jurídicos a una edad menor que a la que actualmente nos rige como mínima para votar. Ejemplo de ello es la responsabilidad penal juvenil que comienza hoy en día desde los catorce años de edad pero que sin embargo aborda mayor responsabilidad a los dieciséis años que es cuando una persona puede tomarse detenida. Además de la edad mínima para poder contraer matrimonio en el registro civil que también es de 16 años, por lo que simplemente pedimos una consecuencia en derechos políticos y responsabilidades legales. Además de estos casos nuestro argumento lo llevamos al seno de la problemática cívica reciente que es la baja participación electoral. Esta ley será acompañada claro de una enseñanza cívica obligatoria transparente y temprana en la educación escolar de Chile. Actualmente la juventud de 16 a 18 años es el grupo de edad más reacio a participar en debates políticos y a afiliarse a partidos políticos. La motivación para participar activamente en los procesos de decisiones es mucho más baja cuando no se tiene la posibilidad de influir realmente en los mismos. Rebajar la edad del voto a los 16 años propiciaría una mayor participación de los y las jóvenes en la vida democrática. por consiguiente haría que los partidos políticos a realizar sustanciales y mejores políticas de juventud.
Otra problemática la cual no hace más que abalar nuestra propuesta son los cambios demográficos que experimenta Chile en su padrón electoral La composición del electorado ha ido cambiando en los últimos años y seguirá haciéndolo en el futuro. La esperanza de vida está creciendo y la proporción de jóvenes en la sociedad se está reduciendo. Reducir la edad del voto a los 16 años propiciará un mayor equilibrio electoral entre los más jóvenes y los más mayores. Desde el punto de vista histórico nuestra propuesta no es una anomañía ya que En Chile, hacia 1820 sólo podían votar hombres mayores de 25 años, con fortuna o cierto rango social. En 1888 se amplió el derecho a todos los hombres mayores de 21 años, que supieran leer y escribir. Las mujeres conquistaron el voto para elecciones municipales en 1935 y para las parlamentarias y presidenciales en 1949. En 1969 se amplía el voto a personas no videntes, en 1970 a todos los mayores de 18 años de edad y en 1972 a los analfabetos.


Propuesta legislativa:

La democracia Chilena es reflejo de la concepción de principios y valores que otorga la educación del estado, Estos principios y valores deben ayudar a la construcción de la democracia participativa y no solo representativa que queremos. Por lo que proponemos bajar la edad para votar de 18 a 16 años.
El artículo 13 de la constitución chilena plantea que "Son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva". Pero hoy tenemos una situación política muy distinta a la de 1980, ya que contamos con una juventud crítica que quiere transformaciones socio políticas y que hasta el momento sólo tienen como vía de transformación la movilización social. No es de extrañar la crisis democrática que está viviendo Chile, y ante esta crisis no proponemos nada aleatorio, países como Ecuador y Austria que aceptaron el voto de los 16 años, incrementaron en un 5% su participación, ya que más del 50% de los jóvenes entre 16 y 18 años de edad si ejercieron su derecho a voto (Consejo Nacional Electoral, CNE, Ecuador.). Para los que piensan que esta medida es drástica no es en vano recordar que tenemos autoridades elegidas con menos del 50% del electorado universal. Por esto buscamos avanzar hacia un nuevo sistema político que haga partícipe a quienes han sido los actores claves de todos los movimientos sociales, que somos nosotros, los jóvenes. En esta misma línea creemos que la apertura de la comunidad habilitada para ejercer el derecho a sufragio, demanda revisar los contenidos que el ministerio de educación está entregando en cuanto a educación cívica y los planes de formación ciudadana. Estos conocimientos deberán complementar los contenidos vistos y estudiados en Historia, Geografía y Ciencias Sociales, de modo de coordinar los conocimientos teóricos con la praxis de estos mismos a través del debate en las aulas. Ello logrará crear arraigo de los fundamentos y valores democráticos y ciudadanos. La imperiosidad de la propuesta viene dada por la necesidad de que nuestro sistema democrático se sostenga y tenga la legitimidad necesaria que asegure gobernabilidad, y para esto necesitaremos jóvenes instruidos y conscientes de su comunidad política.
Por lo mismo proponemos la incorporación de un artículo 13 bis de nuestra constitución política que se haga cargo del voto de jóvenes superior a los 16 años de edad a través de una reforma constitucional vía moción parlamentaria o plebiscito.
Arículo único: Incorpórese el siguiente artículo 13 bis a la Constitución Política de la República.

Artículo 13.bis: Para las elecciones de cualquier índole tendrán derecho a sufragio los mayores de 16 años.
Las personas nombradas en el inciso anterior podrán sufragar en las elecciones de Presidente de la República, Senadores, Diputados, Consejeros Regionales, Alcaldes y Concejales.