Colegio Dario Salas -CHILLAN VIEJO - Región del Biobío


Título iniciativa:

Protección y respeto a las fuerzas de seguridad



Definición alternativa:

Carabineros de Chile, la noble institución que nos protege, sufre cada día variadas injusticias, ya sean ataques físicos o verbales y es muy complicado que un Carabinero pueda ejercer su autoridad frente a situaciones de peligro, por las restricciones que tiene al utilizar la fuerza o su arma de servicio en contra de un criminal, y en el momento que actúa para detener una situación critica, el carabinero se vuelve objetivo de diversas críticas de medios e instituciones, e incluso civiles que defienden a estos criminales que, según ellos, son vulnerados por la "brutalidad policíaca". Además, existe gran cantidad de antisociales o criminales fuertemente armados, dejando prácticamente inútiles los recursos armamentísticos que nuestras fuerzas de seguridad tienen a disposición. Por esto y la necesidad de que la sociedad respete a Carabineros de Chile, planteamos establecer mayores penas a quienes no muestren respeto a la autoridad de Carabineros de Chile y que esta institución tenga más libertad en su actuar frente a criminales, para que así se vuelva a tener el respeto que se merece Carabineros de Chile.


Propuesta legislativa:

Artículo 1°: Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código de Justicia Militar:
1) Modifícase el artículo 416 bis en el siguiente sentido:
a) Reemplázase en el numeral 2° la frase ¨presidio mayor en su grado mínimo¨ por ¨presidio mayor en su grado mínimo a medio¨
b) Reemplázase en el numeral 4° la frase ¨presidio menor en su grado mínimo¨ por ¨presidio menor en su grado medio¨
2) Modifícase el articulo 416 ter en el siguiente sentido:
a) Reemplázase en el numeral 2° la frase ¨ presidio mayor en su grado medio¨ por ¨presidio mayor en su grado medio a máximo¨
b) Reemplázase en el numeral 3° la frase ¨ presidio menor en su grado máximo¨ por ¨presidio mayor en su grado mínimo¨
3) Modifícase el articulo 417 en el siguiente sentido:
a) Reemplázase la frase ¨ presidio menor en su grado mínimo a medio¨ por ¨presidio menor en su grado mínimo a máximo¨
4) Agréguese el artículo 417 bis nuevo:
¨Artículo 417 bis el que agrediere a un Carabinero de Chile en el ejercicio de sus funciones será castigado, de las siguientes formas:
1°Con multas que pueden ir desde las 2UTM a las 5UTM cuándo se tratase de una agresión verbal grave a funcionarios, siendo consideras como tales, garabatos reiterados considerando los siguientes: hijo de la maraca, hijo e’ la puta, tú mamá/hermana e’ maraca, paco reculiao, paco conchetumadre, paco mal parido, paco hijo de la gran puta, paco hijo de la weona, paco hijo de la reconchadetumadre, paco guatón culiao, perro conchetumadre,
2° Con una multa de 1UTM cuando se tratase de una agresión verbal leve a funcionarios, siendo considerados como tales los siguientes: paco culiao, paco weon, paco ignorante, weon inútil, paco de mierda, basura culia,

Los insultos en otros idiomas, se tratarán según su traducción. Y los insultos no contemplados en ninguno de los puntos anteriores quedarán a criterio del juez