Colegio San Francisco Javier -PUERTO MONTT - Región de Los Lagos


Título iniciativa:

Educación para Inmigrantes regulares e irregulares



Definición alternativa:

Chile, en el último tiempo, se ha convertido en un importante destino para los inmigrantes, principalmente debido a su economía, desarrollo y estabilidad. Es por esto que la mayoría de las personas llegan a nuestro país en busca de empleo y de una mejor calidad de vida.

En la actualidad, Chile es el país latinoamericano con mayor aumento en la tasa de inmigración. En el año 2017 la población haitiana aumentó un 114% respecto al año anterior(1). Del total, 61.085 eran estudiantes, considerando los niveles, preescolar, básico, media y de estudios en el nivel de adultos(2).

Los inmigrantes ingresan a nuestro país con una visa de turismo que permite una estadía de 90 días(3), esto con la esperanza de poder establecerse definitivamente en el territorio, ya que se les ofrece una calidad de vida interesante comparada con la de sus países de origen, ya que la pobreza en aquellos lugares los invade y un futuro desconcertante les espera, tanto para los niños y niñas como para los adultos. Chile les ofrece trabajo y educación, pero para ello hay varias barreras que deben sortear, por ejemplo, no ser explotados y ni mal remunerados, o en el caso de los niños, el poder acceder a una educación de calidad y no tener dificultad a la hora de expresarse o sufrir discriminación u otras situaciones desfavorables. Por ello queremos dar hincapié en los niños y niñas inmigrantes, además, de los que han nacido en Chile, sin importar que la condición de los padres sea irregular o regular, ya que ellos serán los futuros representantes de la inmigración en nuestro país.

Todos los niños y niñas tienen derecho a una educación gratuita y de calidad, debido a que es en esta etapa en donde comienzan a desarrollarse, conocerse y prepararse para insertarse en una sociedad, sin embargo, para un niño inmigrante se le dificulta este proceso ya que es una cultura desconocida y en algunos casos un idioma distinto, es por esto que buscamos crear conciencia y una mayor igualdad entre los estudiantes chilenos y extranjeros.

La formación de las personas es una pieza clave que comienza en los primeros años de vida y es necesaria para el desarrollo de cada individuo. Si bien es cierto que el gobierno ofrece varios beneficios que están establecidos por ley (4) para mejorar este proceso, aún faltan varios aspectos, teniendo en cuenta que los niños inmigrantes son altamente vulnerables y están predispuestos a muchas cosas, como la xenofobia o la discriminación, por su raza, color o idioma. Para ayudarlos a mejorar el proceso de educación creemos que darle movilización gratuita servirá para que los niños inmigrantes puedan llegar a sus respectivos jardines o sala cuna sin dificultad, ya que al tener bajos recursos muchas veces deben trasladarse caminando y a su vez exponiéndose a enfermedades o asaltos. Otro de los puntos que queremos plantear es el idioma, el cual no siempre es el mismo que en su país de origen y creemos que otorgarles cursos de aprendizaje del español es fundamental para obtener una comunicación más fluida que les permita insertarse en la sociedad y poder expresarse libremente, además pueden ayudar a su familia como intermediarios traductores. En la comuna de Puerto Montt ya existe una iniciativa en esta materia, pero sólo con adultos la cual es llevada a cabo por alianza entre la Universidad Santo Tomás con la Delegación Municipal de Mirasol.(5)
Cabe destacar que no queremos hacer diferencia alguna entre niños inmigrantes y chilenos sino simplemente ayudarlos a adaptarse de una manera mucho más rápida y simple.

BIBLIOGRAFÍA
(1)https://www.efe.com/efe/america/sociedad/la-inmigracion-haitiana-aumento-en-chile-un-114-por-ciento-2017/20000013-3491381
(2)https://www.eldinamo.cl/educacion/2017/10/31/radiografia-a-los-escolares-inmigrantes-en-chile/
(3)https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/3823-ampliacion-del-periodo-de-la-visa-de-turista
(4)https://migrantes.mineduc.cl/
(5)http://www.soychile.cl/Puerto-Montt/Sociedad/2018/01/29/513880/Haitianos-residentes-en-Puerto-Montt-participaron-en-taller-de-espanol.aspx
http://www2.latercera.com/noticia/chile-pais-latinoamericano-donde-mas-ha-aumentado-la-inmigracion/
https://www.ayudamineduc.cl/ficha/subsecretaria-de-educacion-parvularia



Propuesta legislativa:

PROPUESTA DE PROYECTO DE LEY:

Con el presente proyecto de ley nosotros aspiramos a una sociedad igualitaria, en donde se vea una considerable capacidad de integración y conocimiento de los derechos de los inmigrantes que por un largo tiempo se han ignorado. Nosotros principalmente nos queremos enfocar en la educación, específicamente en la Prescolar. Cabe destacar que esta etapa escolar se imparte entre los 0 y 6 años aproximadamente. Para esto presentaremos la transformación de la ley de inmigración actual, referida al área de educación. En la nueva ley se incorporarán los siguientes puntos:

Artículo 1:
Ningún establecimiento educacional de este país tiene la jurisdicción de prohibirle la educación a un niño o niña inmigrante independientemente de la condición de los padres, sean o no regulares; para así garantizar una educación inclusiva y afirmar que la educación no es un privilegio si no un derecho. Si algún establecimiento obstaculiza la educación de un niño inmigrante este será sancionado con una multa de 10 a 12 UTM y recibirá una amonestación por escrito de la superintendencia de educación.

Artículo 2:
Cada establecimiento tiene la obligación de mantener a disposición como mínimo dos docentes capacitados para instruir la lengua española a los menores que vienen desde el extranjero. Para esto, se realizarán talleres impartidos por el mismo recinto educacional, para lo cual el establecimiento deberá planificar los horarios a realizar, teniendo como requisito efectuar dos clases por semana. Esta será totalmente gratis para aquellos estudiantes que quieran participar. El taller puede beneficiar de dos maneras a la familia del estudiante, tanto como para orientarse en el país o cualquiera de habla hispana y más adelante para oficiar de traductor para sus padres o familia. Para ser parte de esta clase, el estudiante o apoderado deberá hablar con el profesor a cargo e inscribirse. El colegio deberá realizar una prueba de diagnóstico para así tener certeza del grado de fluidez en el idioma y poder enfocarse en las falencias de este y reforzarlas. Cabe destacar, que cada establecimiento se hará cargo de brindar un Kit de aprendizaje básico a cada estudiante, este constará de dos cuadernos de uso personal y será utilizado durante el transcurso del taller, además de un libro de español dado por el ministerio de educación. Esta implementación de talleres será de carácter obligatorio para cada jardín, escuela, liceo, colegio, etc. Al no ser impartidas las clases el establecimiento recibirá una multa de 10 UTM.

Artículo 3:
Cada institución deberá financiar el transporte del menor, desde su hogar hasta el establecimiento educacional y viceversa. No se podrá negar el servicio de transporte a un niño inmigrante, a pesar de su condición. El establecimiento, al momento de aceptar a un niño, debe resguardar todas las medidas de seguridad establecidas.

Para ser beneficiario de este servicio el apoderado del niño o niña deberá solicitar la inscripción al encargado de la institución. El trámite de matrícula exigirá los siguientes requisitos:

1) Una ficha médica con todos los antecedentes del niño.
2) Entrevista del apoderado con la asistente social
3) Contacto de emergencia.


El establecimiento tendrá una rigurosa selección del conductor. Este no debe tener antecedentes penales, tendiendo que presentar también una ficha médica adecuada para su labor. Se les realizará una entrevista y posteriormente se les comunicará a los apoderados la nómina de los transportistas con sus correspondientes datos personales y contactos telefónicos; de tal forma que se cree un ambiente de confianza. Estos vehículos tendrán la tarea de trasladar a los preescolares al establecimiento y traerlos de vuelta a sus hogares. Si la familia del preescolar no quiere ser parte de esta ayuda tiene la obligación de hablar con el encargado de la institución y notificar su desistimiento.
El incumplimiento de esta ley será sancionado con una multa de 9 UTM y el establecimiento deberá enviar una carta informando por qué no realizo lo anteriormente dicho.

Artículo 4:
Si algún funcionario o docente del recinto educacional es sorprendido discriminando a un estudiante este será automáticamente desvinculado del establecimiento y juzgado ante la superintendencia de educación. El establecimiento deberá preocuparse del menor y brindarle el apoyo necesario tanto para él como a su familia frente a esta situación.