Colegio Pucara -OVALLE - Región de Coquimbo


Título iniciativa:

Problemática de autosuficiencia y sustentabilidad energética en los colegios públicos.



Definición alternativa:

Según lo declarado por la ONU (1)"Necesitamos una nueva revolución energética. La Edad de Piedra no terminó debido a que se acabaron las piedras en el mundo. No tenemos que esperar a que se acaben el petróleo y el carbón para acabar con la edad de los combustibles fósiles", Chile posee un gran potencial energético renovable, el cual no está siendo aprovechado de manera correcta, ya que aún se siguen utilizando medios antiguos y contaminantes para la producción energética, como la utilización de recursos fósiles, los cuales sabemos que son altamente nocivos para el medio ambiente y contribuyen al avance del cambio climático, el cual afectará fuertemente a la población, economía y ecosistema de nuestro país. Es por esto que consideramos perentorio crear medidas preventivas, para evitar y reducir los efectos del cambio climático. Bajo este panorama vemos en el uso de energías sustentables un gran salvavidas, ya que, implementar otras formas de producción energética, que compitan con las energías no renovables, como por ejemplo la utilización de las energías solar y eólica, en mayor medida e hidroeléctrica en menor medida, contribuye y aporta con tecnología limpia a la preservación del medio ambiente.
Si no se efectúa un cambio drástico en el uso de nuestra materia energética podríamos acelerar los cambios climáticos de forma negativa tanto para la economía, para el sector energético como para el medio ambiente, por ejemplo energéticamente se estima que para el período 2011-2040 la potencial de generación hidroeléctrica del país se vería disminuida un 11% y para un periodo posterior este podría disminuir en un 22% (2071-2099) haciendo así que el país pierda una gran parte de la generación de energía, unido a esto estarían diversos problemas para la economía del país como sería una disminución en la actividad silvoagropecuaria debido a la posible sequia anteriormente mencionada y en la actividad economía de todo el país. Es imperioso implementar estas medidas a la mayor brevedad posible, para amortiguar los efectos del cambio climático. Tomando el éxito del alambrado publico solar y el de la utilización de la energía solar en los predios agrícolas, se propone como medida la instalación de distintas energías renovables dependiendo de sus sector geográfico-climático en las escuelas públicas del país. El uso de la energía fotovoltaica en los establecimientos educacionales, traería consigo múltiples beneficios, en primer lugar, permitiría aprovechar la radiación solar para cubrir las necesidades del consumo eléctrico, esta medida ayuda a la economía nacional al disminuir los gastos en materia energética en la educación y en la ayuda fiscal a los municipios que aun tangan el control de los colegios, permitiendo así que se logre un gran ahorro anual que daría la posibilidad de inyectar los excedentes en la mejora de nuestro sistema educacional. Por otra parte, la medida de concientización de la población estudiantil chilena, se pude decir que es lenta, a pesar del éxito de la publicidad gubernamental y de organizaciones externas, necesita ayuda, de la acción practica por parte de los estudiantes y del gobierno, es decir que el estudiante necesita aprender a través de la experimentación, presencia y visualización, lo que se pretende que aprenda. Y así poder concientizar a los jóvenes del país.
El gasto que equivaldría la instalación de los paneles solares dependería de factores; como la zona del establecimiento en donde se va a instalar el panel solar, ya que según los resultados de un estudio, en el caso de una escuela el costo de implementación e instalación de los paneles solares seria entre los $3.000.000 y los $17.000.000, esta variación depende del lugar de instalación ya que el ultimo valor corresponde a la instalación de los paneles en los estacionamientos de los colegios y el primer valor correspondería a la instalación en los techados, hay que agregar que el costo anual de mantención seria entre los $80.000 y los $140.000, en el caso de los aerogeneradores, estos por lo general son más caros ya que son máquinas más complejas y difíciles de instalar, según estudios, del mercado chileno la instalación y obtención de estos aparatos varía entre $9.000.000 y $12.000.000, cabe recordar que estos aerogeneradores son de 12 m apróx. Este gasto es el total de la adquisición, implementación y mantención de los generadores, incluye todas las piezas de estos aparatos, cabe recordar que una batería cuesta entre $32.218 y $186.502, en un contexto de escuela mediana con un curso por nivel y bien abastecida, el gasto eléctrico seria unos $600.000 mensuales, que al año serían unos $7.200.000 y por último en el sector hidroeléctrico se propone instalar micro turbinas hidroeléctricas, aunque se encuentran en desarrollo, hay sectores agrícolas que las utilizan, la cantidad de energía producida es igual a la que abastece a 30 o 40 casas chilenas, si se instalan estos generadores serán efectivos a mediano-largo plazo.


Propuesta legislativa:

Mensaje presidencial: Ley de autosuficiencia y sustentabilidad energética en los colegios públicos.
Art. 1: El funcionamiento del sistema interconectado de energía, será totalmente en conjunto con el sistema de energía de los colegios.
1) El excedente de energía se regulara con los aspectos de la ley 20.571 de generación distribuida y con su reglamento respectivo.
2) El valor de las tarifas eléctrica serán regulados por los artículos de la ley ya antes expuesta.
3) En caso necesario, el sistema puede abastecer de energía a los establecimientos, en el caso que estos experimentaran una baja de su producción energética.
Art. 2: El sistema de energía de los colegios tendrá que funcionar de forma conjunta con el sistema interconectado de energía. Especificando que:
1) Los colegios de la XV, I y II región deberán trabajar con el SING.
2) Los colegios de la III, IV, V, R.M; VI, VII, VIII, IX, XIV y X región trabajaran con el SIC.
3) Los colegios de la región de Aysén trabajaran con el sistema de energía de Aysén.
4) Los colegios de Magallanes trabajaran con el sistema respectivo de la región.
Art. 3: El sistema de energía de los colegios, es un sistema aparte, pero trabajara en conjunto con el sistema interconectado central de energía, este trabajo en conjunto se realizara a través de una interconexión entre ambos sistemas.
Art. 4: La fiscalización del funcionamiento de los generadores de energía será llevada a cabo por:
1) Por el ministerio de energía, que tendrá por misión, ver el buen funcionamiento de los generadores.
2) Por el ministerio de obras públicas, que le corresponde fiscalizar el mantenimiento y el buen estado de la infraestructura.
3) Por el ministerio de educación, que debe velar por el uso de estos generadores, para la educación medioambiental.
4) Estos fiscalizadores deben tener un mínimo de educación superior o técnica.
Art. 5: Todos los colegios públicos deben instalar generadores de energía eléctrica renovable, dependiendo de su zona climático-geográfica, especificando que:
1) Para las regiones XV, I, II, III, IV, V, VI, VII y la región metropolitana, se deben instalar paneles solares de modelo básico.
2) Para las regiones IV, V, VI, VII, VIII, IX, y XIV, se deben instalar aerogeneradores, en el caso de las regiones de Coquimbo y Valparaíso, los generadores se pueden instalar en la costa.
3) Se pueden instalar hidroeléctricas de mínima generación eléctrica en las regiones VIII, XIV y XI.
4) En el caso de la región de Magallanes, esta tiene el poder de decidir qué tipo de generadores pueden instalar.
Art. 6: Es el deber del estado de Chile financiar mediante la subvención, la instalación de la infraestructura necesaria, para poder mantener los generadores.
1) El estado tiene la obligación de subvencionar la construcción de los colegios autosustentables y autosuficientes, que pertenezcan al sistema público.
2) Es la responsabilidad del estado de dar un subsidio a los colegios que necesitan una reestructuración, a su infraestructura.
Art. 7: Los colegios no se desconectaran completamente del sistema interconectado de energía.
Art 8: Se debe disponer de terrenos, para la construcción de generadores, en el caso de que los colegios de un determinado sector, no ameriten su infraestructura para sostenerlos.
1) Estos terrenos deben ser dispuestos por las autoridades municipales, en conjunto con el seremi de bienes nacionales, de su zona respectiva.
Art. 9: La instalación de la infraestructura eléctrica, debe ser puesta por una asociación del estado y empresa filiales de sus respectivos sistemas interconectados.
1) El funcionamiento de esta asociación, es a través de un concejo.
2) El dueño de estas instalaciones de interconexión serán mixtas
Art 10: Se debe realizar un estudio, para poder saber si es conveniente la instalación de los generadores, en el espacio climático-geográfico en él cual se encuentra el establecimiento.
1) En el caso contrario, se deben buscar territorios, con la ayuda de la seremi de bienes nacionales y obras públicas.