Colegio San Miguel Arcangel -LINARES - Región del Maule


Título iniciativa:

LEY DE REFORMA AL CÓDIGO DE TRABAJO



Definición alternativa:

Antecedentes:
Actualmente la Ley 20.348: resguarda el derecho a la igualdad en las remuneraciones. Esta ley busca que cada mujer sepa que su trabajo, su esfuerzo, su producción, valen lo mismo que el trabajo de su compañero. Según esta ley, la mujer al igual que el hombre se le debería respetar y hacer valer su trabajo teniendo en consideración ámbitos como la política, salud, economía y educación. Queremos que toda trabajadora sepa que toda diferenciación injustificada es un abuso y, por ley, debe ser reparado
En Chile, según el Diario La Nación, existiría un 31,6% de desigualdad de salarios entre hombres y mujeres, siendo uno de los países de Latinoamérica con una alta brecha. La diferencia salarial se acrecienta en los cargos más altos. La desigualdad en el mundo laboral no se evidencia solo en el pago, sino que también en los tipos de trabajo a los que optan los trabajadores. De acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), las mujeres tienen más posibilidades de tener empleos vulnerables que los hombres. Otros de los puntos que Chile debería vigilar según el análisis de la OCDE, son la gran proporción de empleos informales tales como trabajos no pagados de ama de casa. Como consecuencia, las mujeres tienen ingresos muchos menores y pensiones considerablemente más bajas que los hombres, y la desigualdad de género, dado que las mujeres tienen n 23% menos de posibilidades de trabajar que los hombres.
Si contraponemos el otro lado de esta inequidad, Islandia es el primer caso a nivel mundial que empieza a suprimir este problema. Su gobierno decretó como ilegal que un hombre gane más dinero que una mujer por realizar el mismo trabajo, sin tener en consideración su etnia, sexualidad o nacionalidad. De esta forma las empresas privadas y los organismos públicos deberán presentar un certificado sobre igualdad salarial, de lo contrario tendrán sanciones económicas. Esto determina a Islandia como el país con la menor brecha de desigualdad equivalente a un 10%, del mismo modo Inglaterra está en vías de este proyecto, que trata de aumentar la equidad de género. A partir de abril de este año, cada empleado de una empresa pública o privada tendrá que informar públicamente sobre su sueldo, así, se podrá comparar cada sueldo y se podrá ver la brecha existente entre hombres y mujeres.
Si bien, se ha mencionado este tema a nivel mundial, naciones unidas incluyo la igualdad de género dentro de la agenda post 2015, como uno de los objetivos de desarrollo sostenible (ods), como el número cinco para empoderar a todas las niñas y mujeres, una tarea no muy fácil.
Por otro lado, en cuanto a migración, según la encuesta CASEN del 2015 un extranjero ganaba en promedio (solo si era un profesional) 372.625, mientras que, si no lo era, no recibía ni siquiera el sueldo mínimo. A pesar de que la encuesta hecha por la Universidad Católica afirma que el 62% de los encuestados declara que el sueldo que recibe en Chile es mejor que el que tenía en su país de origen, y el 22% dice que es igual. Mientras que sólo el 15% afirma que su salario es menor, Aun así la brecha es muy grande, si comparamos porcentajes y sueldos.
Fundamentación:
La brecha salarial es un tema muy común en Chile, las diferencias de sueldo entre hombres y mujeres son muy notorias, según cifras de la OCDE, los hombres ganan un 15% más que las mujeres, es injusto que las mujeres de nuestro país reciban menos que los hombres realizando el mismo trabajo. Se toma como ejemplo la nueva legislación de Islandia en donde se estipula que hombres y mujeres bajo los mismos cargos laborales, deben recibir el mismo salario, demostrando con certificados gubernamentales de igualdad salarial, de lo contrario se exponen a multas.
Los extranjeros legales de nuestro país sufren constantemente cesantía, gracias a que las empresas de nuestro país ignoran la posibilidad de que nuestros inmigrantes tengan un puesto laboral estable, causando indirectamente discriminación. Poniéndonos en el caso de ellos, del total de extranjeros solo el 70% tiene un trabajo sin embargo unos 300.000 son irregulares, cifras entregadas por PDI y DEM. Nosotros proponemos que todas las empresas ya sean privadas o municipales tengan el requisito de que al menos el 1% del cuerpo de la empresa esté compuesto por extranjeros legales, esto ayudaría a mejorar el sistema laboral en nuestro país y fomentar la igualdad. Tomando como la nueva promulgación de la ley de inclusión laboral en donde personas con discapacidad o que sean asignatarias de pensiones de invalidez, debiendo las empresas con 100 o más trabajadores disponer del 1% de su dotación para tales efectos. De no ser posible cumplir con esta obligación, la ley permite a las empresas adoptar medidas alternativas establecidas legalmente.


Propuesta legislativa:

Necesidad:
Surge la necesidad de modificar el código del trabajo, cambiando ciertos artículos del mismo que ya no cumplen con las demandas sociales, será moción puesto que puede ser presentada ante el congreso por cualquier parlamentario, está bajo los parámetros del término legal, ya que no tiene un gran impacto a nivel económico sin un gasto de por medio para realizar la modificación al código del trabajado.
Ley:
Esta reforma al código del trabajo pretende equilibrar la desigualdad de sueldos entre hombres y mujeres bajo los mismos cargos y condiciones de trabajo, otorgándole a la mujer mayores oportunidades en todo ámbito, modifíquese el art. 62 bis de la ley 20.348 estipulando:
Artículo 62 bis. - empresas públicas y privadas deben demostrar que ofrecen los mismos salarios a hombres y mujeres en empleos de la misma categoría a través de un certificado de igualdad salarial, de lo contrario se multaran a las empresas.
Por otro, teniendo en cuenta la gran cantidad de extranjeros trabajando ilegalmente en nuestro país, nuestra la ley agregara el art. 515 al capítulo III del libro I Estipulando:
Art. 514. Todas las empresas privadas o estatales con 50 o más empleados deben tener como mínimo el 1% de trabajadores extranjeros legales, demostrando a través de un certificado, de lo contrario será sometido a sanciones monetarias.
Elimínese el art. 19 del capítulo III del libro
Proyecciones:
Con este proyecto de ley espera que a futuro se vea un aumento en las mejoras de condiciones laborales tanto para mujeres como para los extranjeros. En el caso de las mujeres se estima que su situación salarial se regule en alrededor de dos a tres años, sin considerar una baja en los sueldos de los hombres; aumentando los fondos de pensiones de cada mujer, en cuanto a los extranjeros se espera que regularicen su estado migratorio para acceder a los puestos laborales.