Liceo Domingo Santa Maria -ARICA - Región de Arica y Parinacota


Título iniciativa:

Fomento al turismo en la región de Arica y Parinacota eliminando el impuesto hotelero.



Definición alternativa:

La región de Arica y Parinacota creada el 8 de octubre del año 2007 por la Ley 20.175, posee una ubicación estratégica para Chile al ser la frontera norte y puerta entrada para los turistas de diversas nacionalidades. Representa también un paso para el tránsito de turistas y pasajeros hacia otros destinos turísticos como Lima, Cuzco, Machu Picchu, entre otros. Pero su potencial es desaprovechado, y tanto turistas nacionales como extranjero no eligen a la región como su principal destino. Creemos que la Arica y Parinacota representa un punto estratégico para el turismo nacional si se saben aprovechar sus ventajas comparativas (buen clima, bajos costos, ubicación, diversidad y patrimonio cultural).
Actualmente la región de Arica y Parinacota se encuentra en una situación desventajosa al estar localizada entre dos zonas francas: Zona Franca de Iquique y la Zona de Franca Tacna. Confirmación de esta situación es que durante el gobierno de la presidenta Michelle Bachelet a través del Decreto 1233 estableció el Plan Especial de Desarrollo de Zonas Extremas (PEDZE) - ejecutado en 2014 y extendido hasta el año 2020- consistente en un programa que atiende el déficit en infraestructura pública y las dificultades de acceso al mercado de empleo y servicio que posee la región. Integrando como uno de sus principales ejes el desarrollo turístico.
Siguiendo los lineamientos del Plan de acción del Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR) 2014-2018 para la región. Se establece que en la actualidad a nivel mundial el turismo constituye el 3% de PIB mundial y genera el 3% del empleo en forma directa. Según la Organización Mundial de Turismo (OMT) que esta actividad se ha transformado en un fenómeno global, que en las próximas dos se calcula un movimiento de 43 millones de personas al año. En este sentido, Chile no dista de esta tendencia. El turismo incluyó en el año 2013 en Chile a un promedio anual de 293.755 trabajadores, cifra que representa el 3,8% de los empleos directos del país. Sin embargo, gran parte del movimiento turístico del país está asociado a la llegada de visitantes extranjeros, por lo que el desarrollo por turistas nacionales es aún un ámbito por explotar.
Según estimaciones del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) del año 2015, la región de Arica y Parinacota cuenta con 239.126 personas con una densidad de 14,15 habitantes por km2. Concentrando la mayor población aymara, y una importante cantidad de inmigrantes peruanos y bolivianos. La región se compone por las provincias de Arica y Parinacota. Arica considera dos comunas, Arica y Camarones, su capital provincial es Arica. Parinacota, está compuesta de las comunas de Putre y General Lagos, su capital provincial es Putre.
De acuerdo a la caracterización de los destinos de la región y sus potencialidades SERNATUR destaca: Turismo de sol y playa, turismo cultural, activo, de aventura y rural. Esto incluye circuito arqueológico, de playas, Reserva de la Biosfera, circuito Chungara, circuito de las misiones, circuito trekking Cotacotani y Putre, Parque Nacional Lauca, Reserva Nacional Las Vicuñas, Monumento Natural Salar de Surire, Monumento Natural Quebrada de Cardones.
La región posee una Zona de Interés Turístico (ZOIT) de acuerdo a la nueva Ley de Turismo (Ley 20.423 del año 2010). Las ZOIT corresponden a los territorios comunales, intercomunales o determinadas áreas dentro de éstos, que tengan condiciones especiales para la atracción turística y que requieran medidas de conservación y una planificación integrada para promover las inversiones del sector privado (Art. 13).
La ZOIT de la región de Arica y Parinacota fue declarada en el año 1994 bajo antiguo reglamento como Centro de interés turístico (CEIT), territorio correspondiente a la franja del borde costero, identificado en un polígonos: CEIT norte y CEIT sur.
El Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas de Chile (SNASPE) registra en la región cuatro áreas con 9 reservas de la biosfera en Chile: Reserva de la Biosfera Lauca que incluye Parque Nacional Lauca, Las Vicuñas y Salar Surire.
De acuerdo a la Subdirección de Desarrollo de SERNATUR en el año 2014 los prestadores de servicios turísticos de la región alcanzaban un total de 337. Divididos en 285 en la comuna de Arica, 13 en la comuna de Camarones y 39 comuna de Putre.
Asimismo la caracterización de la demanda turística actual de acuerdo a los datos de INE revela un ascenso los turistas nacionales en la región desde 20 mil en el año 2009 a los 25 mil en el año 2013. Dentro de los cuales 5.005 en el año 2010, 4.845 en el año 2011, 5.177 en el año 2012, 4.008 en el año 2013 correspondieron a turistas favorecido por Programas de Turismo Social de la tercera edad. Mientras 1.100 personas de Turismo Social por programas de gira de estudios en el año 2014.


Propuesta legislativa:

Actualmente en Chile se lleva a cabo una medida de fomento al turismo extranjero a través de la eliminación del pago del 19% al impuesto hotelero. Como indica en la Ley de Ventas y Servicios en el Decreto Ley 825, artículo 12, letra E Nº 17, de 1974, se declaran exentos del impuesto al valor agregado (IVA), los ingresos en moneda extranjera percibidos por empresas hoteleras registradas ante el Servicio de Impuestos Internos con motivo de servicios prestados a turistas extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile.
La exención beneficia a los servicios de hotelería, tales como, alojamiento, servicio de comidas y bebidas, lavandería, teléfono, prestados por empresas hoteleras registradas ante este Servicio, a sus pasajeros extranjeros que no tengan domicilio ni residencia en Chile y los que deberán ser cancelados en moneda extranjera.
De acuerdo al párrafo 2º, articulo, Nº2 se entiende por servicio a la acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración, siempre que provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los N°s. 3 y 4, del artículo 20, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
La institución encarga de su regulación corresponde al Ministerio de Hacienda, quien deberá enviar al Servicio de Impuestos Internos, una copia de la resolución que otorgue la exención y de los antecedentes presentados por el contribuyente, dentro del plazo de veinte días corridos contado desde la emisión de la referida resolución.

De acuerdo a la Ley 20.423 del 2010, titulo 1º, artículo 2° indica que el turismo constituye una actividad estratégica para el desarrollo del país, siendo prioritaria dentro de las políticas de Estado, por lo que éste deberá promoverla de modo armónico e integral, impulsando su crecimiento sustentable en conformidad con las características de las regiones, comunas y localidades del país.

Asimismo, en el artículo 5º, letra a) entiende por turistas a las personas que realizan actividades durante sus viajes y permanencias en lugares distintos al de su entorno habitual, por un periodo de tiempo consecutivo inferior a un año, por motivos diferentes al de ejercer una actividad remunerada en el lugar visitado.

PROYECTO DE LEY FOMENTO AL TURISMO EN LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA A TRAVÉS DE LA ELIMINACIÓN DEL COBRO DEL IVA 19% A LOS TURISTAS NACIONALES Y EXTRANJEROS RESIDENTES EN SERVICIOS DE HOSPEDAJE, QUE SEAN MENORES DE 18 Y MAYORES DE 65 AÑOS: Mensaje que modifica Ley de Ventas y Servicios en el Decreto Ley 825, artículo 12, letra E Nº 17, de 1974.

Reemplácese y agréguese por el siguiente párrafo:

PARRAFO 4°
De las ventas y servicios exentos del impuesto:

Artículo 12°- Estarán exentos del impuesto establecido en este Título:

E.- Las siguientes remuneraciones y servicios:

17) a) Los ingresos en moneda extranjera percibidos por empresas hoteleras registradas ante el Servicio de Impuestos Internos con motivo de servicios prestados a turistas extranjeros sin domicilio o residencia en Chile.

b) Los ingresos en moneda nacional percibidos por empresas hoteleras registradas ante el Servicio de Impuestos Internos por servicios prestados a turistas nacionales y extranjeros residentes en Chile menores de 18 años y mayores de 65 años que visiten la XV región de Arica y Parinacota. Dicha región será excepcionalmente beneficiada con esta exención como una medida de fomento al turismo de las zonas extremas del país. Los turistas nacionales y residentes extranjeros menores de 18 años y mayores de 65 una vez ingresados a la región de Arica y Parinacota por los pasos fronterizos habilitados, se otorgara un documento que diga: Exento del pago de impuesto hotelero u hospedaje.

c) El resto Los vendedores y prestadores de servicios que tributen de acuerdo con el régimen simplificado establecido en este párrafo, quedarán sujetos a todas las normas y obligaciones que afectan a los restantes contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado del impuesto hotelero u hospedaje, sin perjuicio de lo dispuesto en el presente párrafo, y salvo las excepciones establecidas en el párrafo anterior letra b).

Reemplácese y agréguese por el siguiente párrafo:

TITULO IV
De la administración del impuesto:

PARRAFO 1°
Del Registro de los contribuyentes
Registro de los beneficiarios entregada al SII
ARTICULO 57°Los vendedores y prestadores de servicios afectos a los impuestos del Título II, del
artículo 40 y del Párrafo 3° deberán emitir notas de crédito por los descuentos o
bonificaciones otorgados con posterioridad a la facturación a sus compradores. Igualmente, los vendedores y prestadores de servicios deberán emitir notas de débito por aumentos del impuesto facturado. A excepe los turistas nacionales y residentes extranjeros menores de 18 años y mayores de 65 años, que ingresen a la región de Arica y Parinacota en calidad de turistas, quienes quedan exentos del pago del IVA al servicio de impuesto hotelero.