Colegio Particular Cardenal Raul Silva Henriq -RIO BUENO - Región de Los Ríos


Título iniciativa:

Modificación del Art. 30 de la Constitución, eliminando la dieta de los ex presidentes



Definición alternativa:

La siguiente iniciativa legal, es una moción que pretende modificar el artículo 30 de la constitución política de Chile; que se refiere a la renta vitalicia otorgada a un ex presidente, en cuanto este termina de desempeñar sus años correspondientes de mandato. De manera específica, este artículo expresa lo siguiente:
Problema y fundamentación.
Artículo 30.
El Presidente cesará en su cargo el mismo día en que se complete su período y le sucederá el recientemente elegido.
El que haya desempeñado este cargo por el período completo, asumirá, inmediatamente y de pleno derecho, la dignidad oficial de ex presidente de la República.
En virtud de esta calidad, le serán aplicables las disposiciones de los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 61 y el artículo 62.
No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra. El ex presidente de la República que asuma alguna función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial
El problema que se presenta en el citado artículo de la constitución, fue modificado por la ley Nº 19.672, del año 2000, es que deja de manera manifiesta una gran desigualdad con respecto a los demás ciudadanos del país, puesto que ellos deben de trabajar para así tener derecho a su salario, en el caso de los ex presidentes siguen manteniendo su dieta y gastos asociados de manera vitalicia, con cargo a los impuestos de todos los chilenos, aun cuando no esté realizando el trabajo que por soberanía popular ejerció durante cuatro o seis años como es el caso del ex presidente Lagos. La dieta de los ex presidentes es de $9.349.851 pesos, debiéndose restar los impuestos y las cotizaciones de salud y previsión, las cuales varían respecto a cada uno de los ex mandatarios, pero que dejan un saldo aproximado de $6.500.000. Por otro lado, respecto la asignación por gastos de traslación y funcionamiento de oficinas, la suma alcanza los $7.700.000 pesos aproximadamente.

Esto no se corresponde con el objetivo número 10 de la ODS que señala a pesar de que la desigualdad de los ingresos entre países ha podido reducirse, dentro de los propios países ha aumentado. Existe un consenso cada vez mayor de que el crecimiento económico no es suficiente para reducir la pobreza si este no es inclusivo ni tiene en cuenta las tres dimensiones del desarrollo sostenible: económica, social y ambiental. Con el fin de reducir la desigualdad, se ha recomendado la aplicación de políticas universales que presten también especial atención a las necesidades de las poblaciones desfavorecidas y marginadas.
A modo de ejemplo si realizamos una equivalencia de las pensiones básicas asistenciales que recibe un pensionado, dicha pensión alcanza los $104.646 pesos al mes, mientras que un ex presidente, recibe el salario que se adecúa al de un senador de la república, que actualmente corresponde a $9.349.851 pesos, lo que equivale a 89 pensiones promedio, y 34 sueldos mínimos (276.000). Esto mismo, al año significa un costo de $112.198.212 pesos, por cada ex presidente. Considerando que actualmente se otorga esta dieta a tres ex presidentes, el costo equivale a $336.594.636 por año. Para las finanzas públicas, esto representaría un costo demasiado elevado para un cargo que se delegó por un periodo de tiempo correspondiente a cuatro años.


Propuesta legislativa:

Visto de otra manera, los presidentes ejercen su función como algo favorable al país. Sin embargo, estos mismos al dejar de ser mandatarios, se dedican a actividades para su conveniencia, como puede ser realizar inversiones para incrementar su patrimonio. Esto no genera utilidad en lo referente al país; por lo cual no es justificable el hecho de otorgar una dieta vitalicia tan exagerada.
En conjunto con esto, Chile es el país latinoamericano que tiene un mayor costo por dieta a sus ex presidentes ($9.349.851), seguido por Colombia con 27.929 pesos colombianos, un equivalente a $6.094.659 pesos chilenos, y luego por Argentina, con $5.306.349 pesos chilenos. Por otra parte, en Europa, Alemania invierte 217.000 euros anuales brutos. Un equivalente a 162 millones de pesos aproximadamente, que se traducirían a $13.500.000 al mes. Sin embargo, el ingreso per cápita de Alemania, es muy superior al chileno, constando de $29.500.000 anuales en comparación al ingreso de Chile, que solo consta de $10.100.000 al año.
Estas diferencias presentadas nos hace plantear dos preguntas: ¿Se justifican la dieta y las asignaciones que reciben los ex presidentes en razón de las funciones que ellos desempeñan? ¿Qué trabajador de Chile recibe una remuneración por un trabajo que ya realizó y que ahora no realiza?, solo los ex presidentes de la República y de manera vitalicia, claramente esto constituye desigualdad e injusticia.
La conveniencia de reducir los gastos correspondientes a los ex presidentes no sólo se justifica en razones de justicia, sino que, principalmente en el contexto presupuestario actual, en razones de eficiencia y eficacia del gasto fiscal. Dicho concepto no sólo exige revisar desde una perspectiva de austeridad los montos que se entregan a los ex presidentes de la República
Es por ello, que la presente moción de reforma constitucional busca modificar el estatuto de los ex presidentes a fin de:
Eliminar la dieta de los ex presidentes y los gastos asociados: se pretende eliminar completamente la dieta y de las asignación por gastos en razón a las menores funciones que desempeña un ex Presidente de la República, vale decir, incluir un elemento de proporcionalidad del gasto frente a los montos que le resultan como parámetro, esto es, asignaciones que recibe un senador, diputado o ministro de Estado.

Proyecto de ley.
Modifíquese el artículo 30, perteneciente a la constitución política de la república de Chile. Resultando de la siguiente manera:
El Presidente cesará en su cargo el mismo día en que se complete su período y le sucederá el recientemente elegido.