Colegio Evangelico Jose Lancaster -ANTOFAGASTA - Región de Antofagasta


Título iniciativa:

Modificar la ley de pesca



Definición alternativa:

Indicación a la Ley de pesca

La ley de pesca divide el mar Chileno en siete familias, donde cada una de estas paga un impuesto específico. Sin embargo estas familias se agruparon en cuatro sociedades económicas, con lo cual lograron reducir este tributo. Según la constitución política las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Pero a todas luces esto no es igualdad. Como grupo proponemos
- Eliminar la excepción de pago para estos grupos económicos.
- Disminuir el impuesto a los pescadores artesanales.
- Transparentar el pago de tributos.
- Eliminar la pesca de arrastre.
- Aumentar el impuesto a los pescadores industriales que extraen especies que se encuentran en veda o peligro de extinción.


Propuesta legislativa:

Indicaciones a la Ley de pesca
Art. 1: Se introduce la disposición transitoria a la ley 20. 657 Será facultad del subsecretario de pesca la posibilidad de eliminar las licencias pesqueras que estén dentro de las 5 millas protegidas para la pesca artesanal.
Art. 2: Regular todo tipo de pesca nociva como, la pesca de arrastre nombrada en la ley 18.892 titulo 20 articulo 19. La cual se regulará de la siguiente forma:
1. Los barcos pesqueros deberán estar inscritos en el registro pesquero industrial.
2. Respetar las 5 millas de protección de la pesca artesanal.
3. Se podrán utilizar un máximo de 3 naves de hasta 22,5 metros de eslora máximo con capacidad de almacenaje de 80 toneladas.
De no ser así se aplicarán sanciones económicas en forma de multas que podrán variar entre las 100 y 1.000 UTM. Las sanciones podrán ser facultades tanto de los tribunales de justicia de cada región o de los tribunales ambientales. Según cada caso.
Art. 3: Un porcentaje de las multas será un aporte fijo a las organizaciones que se encarguen del cuidado y protección de la acuicultura de Chile, estas organizaciones deberán cumplir con una serie de requisitos detallados a continuación:
La organización que quieran ser beneficiarias de este aporte económico deberá tener una experiencia mínima de 5 años en la cuidado y protección de la acuicultura.
Deberán ser organizaciones con o sin fines de lucro que se establezcan con personalidad jurídica en nuestro país.
No tener vínculos con alguna afiliación política
No tener vínculos ni de parentesco ni empresarial con la plana mayor de una empresa pesquera.
El aporte económico será por un lapso de dos años.
Las organizaciones que quieran postular por un nuevo periodo a este beneficio deberán seguir cumpliendo con los mismos requisitos nombrados, pero de manera adicional deberá presentar un balance y cuenta publica anual.