Colegio Los Cipreses -DOÑIHUE - Región de O'Higgins


Título iniciativa:

Modificación al artículo 203 del código laboral en beneficio de las madres trabajadoras



Definición alternativa:

A lo largo del siglo XX y lo que va del siglo XXI, el Estado Chileno ha ido incorporando diversas iniciativas legales tendientes a garantizar el derecho de las madres trabajadoras, a poder contar con una sala cuna para el cuidado de sus hijos y el permiso para amamantarlos. Sin embargo, actualmente el Código del Trabajo, en su artículo N° 203, solo otorga el derecho a sala cuna a las mujeres trabajadoras, cuyas empresas cuentan con 20 o más mujeres dentro de su planta laboral.
De acuerdo a las cifras recopiladas, Chile cuenta con una de las tasas de participación laboral femenina mas bajas de Latinoamérica. De acuerdo al Instituto Nacional de Estadísticas (I.N.E), en una serie infográfica que muestra la radiografía de la brecha de género en el mercado laboral chileno, en materias de ingresos, participación laboral y otras características, durante los períodos 2010-2016 y en 2017, señala que la tasa de participación laboral femenina solo alcanza un 48,5%, a diferencia de los hombres, cuya tasa de participación llegó a 71,2%, lo que implicó una brecha de -22,7 puntos porcentuales (pp.) en desmedro de ellas. A lo anterior hay que sumar que de acuerdo a la encuesta ENCLA, realizada por Departamento de Estudios de la Dirección del Trabajode Chile del año 2014, en Chile solo un 11,7% de las empresas tiene 20 o mas trabajadoras, de ese total en un 69,5% las trabajadoras tienen hijos menores de 2 años, mientras que un 47,6% de estas, usan salas cuna en alguna modalidad.
Por lo anteriormente descrito, creemos que el límite de contar con al menos 20 mujeres trabajadoras en una empresa, para ser beneficiarias del derecho a salas cuna para los hijos menores de dos años, se constituye en una traba para la incorporación de mas mujeres al mercado laboral chileno.: Es necesario modificar la normativa existente debido a que el actual marco jurídicono permite implementar la solución propuesta por el equipo. Por tanto, la propuesta es modificar solo el artículo 203 del Código Laboral (Libro 2 de la protección a los trabajadores). Por tanto, la necesidad regulatoria es modificar la ley.La modificación propuesta se realizará mediante Moción Parlamentaria, ya que la modificación no requiere de fondos adicionales del presupuesto de la nación, ya que la universalidad del beneficio será de costo del empleador.
El proyecto no requiere modificación de la Constitución, ya que sólo se está eliminando el requisito de la cantidad de mujeres contratadas por un empleador para obtener el beneficio de sala cuna.


Propuesta legislativa:

Artículo 1°.- Realícese la siguiente modificación al Código del Trabajo en su artículo Nª 203:
Suprímase el párrafo inicial que señala: Las empresas que ocupan veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil… Por: Las empresas que cuenten con trabajadoras de cualquier edad o estado civil….