Liceo Victor Jara -PERALILLO - Región de O'Higgins


Título iniciativa:

Mantención y calidad de vida del sistema penitenciario chileno.



Definición alternativa:

En el siguiente mensaje presidencial abordaremos el tema del fondo de mantención para los reos en Chile, y la calidad de vida que se patenta en los recintos penitenciarios de nuestro país ya que es uno de los problemas que en la actualidad podrá contribuir al desarrollo de nuestra sociedad, el sistema penitenciario en Chile ha atravesado los límites por mucho tiempo sobre la efectividad y la calidad provocando altos niveles de inseguridad en la población llevando a crear un gran debate.
Esta es una gran problemática que aqueja a nuestro país, ya que nuestro sistema carcelario no resuelve los problemas de fondo. Esto debiera preocuparnos pues Chile es el país con la mayor tasa de presos en Latinoamérica y el segundo país de la OCDE con mayor proporción de reos por habitante después de Estados Unidos. Nuestras cárceles y/o recintos penitenciarios no son capaces de cumplir con un objetivo esencial como es la reinserción social de las personas que fueron marginadas de la sociedad, pero que en algún momento deberían volver a reintegrarse. Las cifras de reincidencia comparadas muestran que en Chile alcanza 50%, mientras en Estados Unidos llega a 36%. En 2011 Paz Ciudadana planteó la poca efectividad que el encierro tiene en la reducción de la reincidencia y también lo dice Pilar Larroulet en un reciente estudio: el efecto de la cárcel sería nulo o, peor aún, aumentaría la reincidencia, lo cual es muy preocupante para una sociedad o un país como el nuestro que busca alcanzar el desarrollo.
Según el Boletín anual de Gendarmería, durante el año pasado 14.851 de las 42.706 personas privadas de libertad en Chile se desempeñaron en alguna actividad remuneradaEsta cifra de ocupados equivale poco más del 30% del total.Es decir, la población de reclusos que realmente siguen activos laboralmente es muy baja, lo cual implica que cuando salen al mundo exterior muy pocos de ellos se reinsertan en la sociedad y en lo laboral.
El aumento de la población encarcelada, el aumento de la inversión pública e incluso la presencia de violencia al interior de los recintos penitenciarios han llevado a la búsqueda de nuevas alternativas para este problema, llevándonos a buscar una limitada solución para que los internos puedan rehabilitarse y reinsertarse en la sociedad, esto ayudará debido a que el estado podrá utilizar de una manera más eficiente los fondos recaudados y así invertirlos de una mejor manera en la cual se pueda ver el bienestar de los ciudadanos del país.
Asimismo consideramos que para mejorar la calidad de vida de los reos de nuestro país, debemos darles mayor dignidad, es decir, dándoles un espacio real de oportunidades y de reinserción social. Es por lo mismo que consideramos que el Estado chileno gasta un gran porcentaje de dinero manteniendo a éstos, siendo que este presupuesto se podría utilizar para otros requerimientos y/o necesidades de nuestra sociedad chilena. Es decir, el Estado chileno gasta grandes sumas de dinero en solventar los recintos penitenciarios de nuestro país, y esto tampoco se traduce en mejores condiciones de vida para las personas privadas de libertad, que también son sujetos de Deberes y Derechos.
Para esto buscamos como algunas de las posibles soluciones promover el trabajo y/o labores dentro de estos lugares y así de manera individual podrán cubrir sus necesidades que el mismo Estado les garantiza. Asimismo esto será un beneficio no solo para el Estado chileno el cual se robustecerá de mayores ingresos con las ganancias del trabajo y/o productos que se generen de estos centros penitenciarios. Además hay que tener en cuenta que también se beneficiaran los reos, ya que tendrán una ocupación efectiva y una posible reinserción a largo plazo de manera más efectiva al salir al mundo laboral.También será beneficioso ya que podrán aportar a los ingresos no solo del Estado, sino que propios y familiares. Creemos fervientemente como ciudadanos y chilenos que todos y todas somos sujetos de Derechos y que los errores no pueden condenar por toda una vida a un individuo, si no que a familias enteras que se ven marcadas por tener integrantes privados de libertad. Por lo tanto invertir en educación y oferta laboral es la clave de la reinserción y del robustecimiento de un Estado que a la larga se beneficie, más que se desnutra o decaiga por las inversiones en estas materias.
Al analizar esta situación podemos darnos cuenta que el Estado tendrá mayores ingresos y así podrán colaborar de alguna manera dentro de esta comunidad en la cual ellos, que han sido segregados por tanto tiempo se den cuenta que aún siguen siendo parte de la sociedad y que pueden colaborar y retribuir en ella,y así se podrá invertir en otro tema como el SENAME.
Para darle mayor importancia y ayudar a estos penitenciarios a que puedan trabajar para costear sus necesidades, que al salir puedan reinsertarse tanto en el ámbito social como en el ámbito laboral, y así estar beneficiando al estado en cierto ámbito proponemos lo siguiente:


Propuesta legislativa:

Artículo 1: Las personas privadas de libertad tendrán la tarea de colaborar desde el interior de los centros penitenciarios y así aportar a su mantención, por lo cual el Estado podrá utilizar todo el dinero que antes se ocupaba para la mantención de estos en otras necesidades que la sociedad requiera, como por ejemplo para educación, jubilaciones, salud, SENAME, o en otros problemas que la sociedad se vea afectada.
Artículo 2: Las remuneraciones, se dividirán en cinco partes, un 20% en indemnizar a la administración penitenciaria los gastos que ocasione la permanencia en el recinto; un 25% para hacer efectiva la responsabilidad civil que se desprenda de un delito; un 12% a formar un fondo de reserva que se le entrega a su salida, un 20% a pagar las pensiones alimenticias a las que estuviera obligado y un 15% para realizar un aporte a su familia en caso opcional, si este no quiere hacer este aporte este 15% de su remuneración de su sueldo se le sumara al 20% del fondo de reserva que se le entregara a su salida y un 8% para pagar un seguro en la mutual que respaldara aquel centro.
Artículo 3: Estos trabajos serán ineludibles para los reos en aquella situación, y aquellos que tengan un comportamiento erróneo no tendrán los mismos beneficios ni comodidades que tendrán los que si lo tienen, aplicándoles trabajos más pesados a los de comportamiento más erróneo y de más intelecto a los que si cumplen. Con esto no perderán la costumbre de trabajar y así cuando salgan podrán reinsertarse sin mayor dificultad a las labores de la sociedad.
Artículo 4: Los penitenciarios deberán contar con un psicólogo que vaya controlando sus avances si es que este los tiene, por un lado se le podrá dar la posibilidad de ser visitado con mayor frecuencia por sus familiares más cercanos siempre y cuando exista una estricta vigilancia y el acusado quiera ver a ciertas personas, y por otro le servirá ya que sus avances de comportamiento y laborales irán siendo registrados por el psicólogo y al salir del recinto podrá tener más acceso a poder reinsertarse en el campo laboral.
Artículo 5: Algunos de los trabajos que estos emplearan serán carpintería, cocina, construcción, diseños de moda, peluquería, confección de muebles para escuelas, confección de zapatos entre otros que serán costeados por el estado y el personal que dirija estos talleres también el estado le pagara un porcentaje de dinero. Con lo resultante de estos trabajos el estado podrá comercializar y el dinero que se gane en esto será solamente para el estado.
Artículo 6: Dentro de aquel reciento tendrán una norma que establezca que los reos deberán trabajar desde las ocho de la mañana hasta las ocho de la tarde con un día de descanso para así poder mantenerlos ocupados y puedan mejorar en el ámbito de comportamiento.
Artículo 7: Deberán contar con una mutual que asegure cubrir todos los gastos en casos de algún accidente provocado dentro de las horas de labor, pero si el accidente es provocado por uno de los reos hacia otro este deberá cubrir con su salario los daños provocados.
Artículo 8: Los reos trabajaran de lunes a sábado teniendo el domingo de descanso y así puedan hacer actividades recreativas, actividades deportivas junto a sus familias si ellos lo desean mientras tengan un comportamiento adecuado.
Artículo 9: No se podrá dejar en los mismos trabajos u horarios a personas con un mayor delito a las que no han cometido algo tan grave, como violadores o personas con crímenes de alta importancia, dejándolos con un horario nocturno y alejado de los otros reos.
Artículo 10: Para toda persona sin importar clase social, de donde este provenga serán aplicadas las mismas sanciones, sin preferencia alguna.