Escuela Y Liceo Montessori -TEMUCO - Región de La Araucanía


Título iniciativa:

Ley que busca condenar "violaciones correctivas".



Definición alternativa:

En Chile se han suscrito y ratificado diversas herramientas internacionales que impiden la discriminación respecto a la orientación sexual de cualquier persona, sin embargo y a pesar de diversos esfuerzos, esta situación aún sigue pendiente en nuestra sociedad actual.
El ICESCR, en sus observaciones finales sobre el cuarto informe periódico de Chile (2015), recalcó su preocupación por la situación de constante discriminación que vive la comunidad LGBT+. Y recién en 2011 la ONU aprobó la primera resolución de derechos humanos referida a la diversidad sexual, donde se alerta sobre la violencia y discriminación en contra de las personas por su condición sexual.
La CIDH considera que las normas sociales tradicionales sobre género y sexualidad dan lugar a la discriminación generalizada por parte de la sociedad hacia orientaciones e identidades sexuales no normativas. Las creencias y prejuicios sociales que perpetúan la idea de que las personas heterosexuales, cisgénero y aquellas que no son intersex son superiores a las personas LGBT+, contribuyen a una cultura de violencia estructural basada en el prejuicio hacia las orientaciones sexuales e identidades de género.
En Chile, la vida de las lesbianas y mujeres trans aún no se considera con suficiente valor para incentivar a las autoridades a crear políticas públicas verdaderas que prevengan el delito en contra de mujeres de dicha condición sexual.
La Agrupación Rompiendo el Silencio, realizó una encuesta el año pasado a la que respondieron más de 400 lesbianas y bisexuales de todo Chile. Este estudio indicó que más del 75% de las encuestadas declaró haber sido violentada por su orientación sexual, ya sea física o psicológicamente.
En el último tiempo, se ha visibilizado una de las formas más brutales de violencia en contra de las mujeres lesbianas, es la llamada violación correctiva, concepto utilizado para definir la violación a una lesbiana por parte de un hombre que intenta corregir su homosexualidad, haciendo uso del control emocional, económico e incluso de la amenaza de muerte hacia su víctima.
Y en efecto, la violación correctiva parece ser un problema a nivel global: son varios los países que han denunciado esta práctica. Han habido casos brutales, como en Sudáfrica en el 2009, cuando una joven murió tras ser apuñalada en su cara y violada por una turba de hombres que intentaban probarle que no le podían gustar las mujeres.
Los casos conocidos de violaciones correctivas son evidentemente invisibilizados desde el Estado, debido a la profunda ignorancia respecto al término, además del temor de las víctimas a denunciar estos casos y la violencia que se encuentra internalizada en la sociedad, expresándose en actitudes lesbofóbicas.
En la sociedad actual, está reconocido que la violencia sexual hacia cualquier mujer u hombre es un hecho que debemos frenar, sin embargo, también debemos diferenciar esta situación de la agresión sufrida por mujeres lesbianas, bisexuales y trans, para llevar una correcta visibilización de su realidad específica.
La violencia basada en el género se asocia con la concepción social de lo que significa ser hombre o mujer. Por su parte, las personas que se identifican dentro del grupo LGBT+, o son percibidas como tales, corren más peligro de ser hostigados y aumentar el número de víctimas de violencia.
Refiriéndonos a la agresión como tal y centrándonos en caracteres psicológicos, según el informe realizado por la CIDH en noviembre de 2015, las personas LGBT+ pueden ser particularmente vulnerables a la violencia sexual. Una de las razones de esta vulnerabilidad se genera por el hecho de que las orientaciones sexuales desafían las nociones tradicionalmente aceptadas del sexo, sexualidad y el género. En consecuencia, la violencia sexual puede adquirir un significado particular al ser perpetrada contra personas LGBT+, debido a que puede ser utilizada para sancionar y degradar a las víctimas por ser quienes son. Y según la publicación del diario El desconcierto, los especialistas han señalado que estos castigos correctivos causan daños físicos y psicológicos irreversibles en las víctimas y que incluso pueden terminar provocando el suicidio.
Es un hecho conocido que las violaciones correctivas son llevadas a cabo por familiares cercanos o del entorno en que se encuentra la víctima, es por esto que pueden experimentar secuelas psicológicas más graves que aquellas cuyo atacante ha sido un extraño, por el sentimiento de culpabilidad, vergüenza y asco asociado a esta situación.
El 1,54% de la población se declara gay o lesbiana en Chile, 75 mil más que en el sondeo de 2015. Otros 48.127 (0,33%) encuestados se definieron como bisexuales y otros 15.895 (0,11%) en la categoría otra. Es decir, cerca del 2% de los habitantes del país mayores de edad se reconocen parte de la diversidad sexual y de género, los cuales, con la aprobación de este proyecto de ley, estarían protegidos y en igualdad de condiciones.


Propuesta legislativa:

MOCIÓN PARLAMENTARIA: PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL.
Agréguese el ART. 361 bis.
La violación en contra de integrantes del grupo LGBTIQ+, será penalizada con un mayor grado de presidio, dado principalmente por la descripción y acción en que se dio la realización de dicho delito.
1º Esta medida se llevará a cabo como una suma a la condena por violación.
2º El margen de condena se ejecutará entre 5 y 14 años presidiarios.

Fuentes:
http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/violenciapersonaslgbti.pdf
https://www.mpf.gob.ar/ufem/files/2017/08/UFEM_Dossier-1.pdf
https://www.ehu.eus/documents/1736829/2028519/08+-+Impacto+psicologico.pdf