Liceo Carmela Carvajal De Prat -PROVIDENCIA - Región Metropolitana


Título iniciativa:

Reforma a la Ley N°19.620: atención psicológica y mejoría en los centros.



Definición alternativa:

Antes y después de la independencia de Chile regía en nuestro país el Derecho Español, el cual contenía dos clases de adopción: la adrogación y la adopción. Pero el código civil chileno no legisla sobre la adopción, ya que Andrés Bello al analizar la realidad social de la época, observó que la adopción no se practicaba, por lo que estimó innecesario legislar sobre la materia.
Luego de muchos años y, en gran parte, por la realización de congresos sobre la materia, se llegó a crear en Chile una legislación sobre el tema, dando frutos a través de la Ley N° 4.447, el año 1928, sobre protección de menores, y ese mismo año se presenta un proyecto al congreso la Ley N° 5.343, primera legislación nacional sobre adopción.
Como requisitos de fondo se exigía que el adoptante fuese una persona con libre administración de sus bienes y una edad superior a los 40 años y menor de 70 años. Cabe destacar que la incapacidad de la mujer casada no regía para estos efectos, siempre y cuando adoptara en conjunto con su marido. Además se exigía la falta de descendencia legítima de los adoptantes y el no estar afecto a las prohibiciones de dicha ley. Por otro lado se requería una diferencia mínima de edad entre adoptante y adoptado de 15 años.
Los requisitos de la Ley N° 19.620 (03-agosto-2007) son: ser mayor de 25 años y menor de 60 años, y estos límites pueden ser rebajados hasta un máximo de 5 años, en forma excepcional y por motivos fundados. Debe existir una diferencia de edad con el adoptado de 20 años mínimo, con la misma excepción anterior y desde el punto de vista técnico, 45 como máximo. Si se trata de matrimonios, deben tener, al menos, dos años de casados, lo que no será exigible en caso que uno o ambos cónyuges sean infértiles. Haber sido evaluados como física, mental, psicológica y moralmente idóneos por el sename. Y si es extranjero residente en Chile, debe acreditar la residencia permanente en nuestro país.
Adopción homoparental: La adopción homoparental fue aprobada con 101 votos a favor, 34 en contra y 17 absetentos, este proyecto fue ingresado en octubre de 2013 y no hubo avances hasta junio de 2018, cuando el ejecutivo ingresó una indicación sustitutiva y reactivó su tramitación. Esta medida ha estado en la polémica debido a que dentro del oficialismo existen posturas encontradas respecto a que parejas del mismo sexo tengan la posibilidad de adoptar.
Dinero que se destina al sename: En el año 2017, en total, el sename tuvo un gasto de 279.743.322 pesos, repartiéndose éste en: personal de seguridad, el área de protección y seguridad, entre otros puntos relevantes en cuanto a la estadía en el centro de menores para que su alojamiento temporal sea benévolo para el individuo (SENAME. 2017).
Mortalidad infantil: Hasta el año 2018 una investigación hecha por el fiscal Marcos Emilfork, detectó la muerte de 878 menores en total donde 278 casos no fueron reportados, estos corresponden al 32% de las muertes. En cuanto información de éstas en la última década (desde el 2005 hasta el 2016) se ha dado una respuesta la cual demuestra que no existe información de estos incidentes, quedando así impunes los y las encargados/as de los menores afectados.
(Cooperativa. 2018)


Propuesta legislativa:

Hasta el día de hoy, pese ha tener modificaciones reciente en cuanto a adopción homoparental, esta ley sigue priorizando a las personas adoptantes por sobre quien será adoptade. En donde se debe priorizar la salud mental, física, emocional y seguridad del niñe, y mantener los cuidados reservas con quienes adoptarán, pero todo esto priorizando siempre al niñe.
Un segundo punto que necesita ser modificado en la ley actual, es la agilidad del proceso, en donde si bien respaldamos los cuidados que se deben tener, también se deja de lado el crecimiento de quien será adoptade. En donde no se hace una clasificación a las parejas que postulan para adoptar, sino que se hace dentro del proceso de adopción mismo.
Dar prioridad a la salud mental de les niñes es esencial para hacer de este proceso uno más seguro y agradable para les menores, en donde se respondería a sus necesidades por sobre el deseo de las parejas que adoptarán. En donde se trataría ambos lados, tanto cómo llegaría le menor a su nueva familia y cómo está la familia para acoger a la persona adoptada. Por otro lado, es esencial dar ayuda psicológica a les niñes para darles mejores condiciones de las que hoy en día tienen en el sename.
Y por último, también es necesario equiparar las condiciones que existen en cada centro del sename y hogares de adopción, y poner énfasis en los lugares problemáticos según su propias necesidades.

Este proyecto, que implica un cambio en el presupuesto nacional, por lo que sería un mensaje, busca que se deje la discriminación hacia los adoptantes, discriminación la cual es completamente arbitraria y se ignoran hechos importantes, donde sí, hay una reforma de ley que permite a parejas homosexuales adoptar, pero esto no nos asegura que esto se vaya a respetar, ya que se ve claramente como les encargades de las casas de acogida le dan prioridad a las parejas heterosexuales y que estén casadas.
Donde creemos que es necesario que el seguimiento psicológico sea algo existente y que no solo se le haga a la madre, ya que la persona más vulnerable aquí es el niñe, y que el seguimiento no solo se haga luego de ser adoptado, sino que también antes de ser adoptado ya que la tasa de mortalidad que existe en las casa de acogidas es alta y es preocupante.
Donde queremos que el trato que se les da a les niñes sea mejor, donde se prevea el correcto cuidado y salud del menor, tratos dignos, que posee tode Sujeto de Derecho.
Donde queremos que se haga una prueba psicológica real y que no simplemente se den pruebas vagas a les adoptantes.
Donde queremos que el dinero destinado al sename sea bien distribuido, y que la prioridad no sea cuanto se les paga a les encargades, sino que sea destinado a la mejoría de les niñes.
Donde queremos que sí, el dinero que se dé a las casas sea más, y que este se use en la reparación de los hogares, donde esto se necesita.