Ceia Josefina Mendez E.i.r.l. -COYHAIQUE - Región de Aysén


Título iniciativa:

generación energética limpia y calefacción sustentable.



Definición alternativa:

La región de Aysén, junto las regiones de la zona sur y austral del país tienen una problemática común, esta es la contaminación atmosférica, lo que genera problemas de salud en las poblaciones que habitan lugares como Coyhaique, Temuco (Según OMS, 2017) casos más emblemáticos de los últimos años. Una de las razones de esta contaminación, la cual se acrecienta en época invernal es el uso de la leña como recurso de calefacción en estos lugares, recurso que la población prefiere por sobre otros menos contaminantes como el gas, la electricidad, parafina, pellet, ya que para satisfacer la necesidad de abrigo resulta ser la opción más económica. De un tiempo a la actualidad se han tomado medidas que buscan mitigar la contaminación y a la vez satisfacer la necesidad en cuestión, en nuestra región podemos citar los aislamientos térmicos, los recambios de combustiones por calefactores a pellet por citar un par. Pero no se ha dado una solución que tenga carácter definitivo. Aunque el enfoque de esta propuesta de ley tiene una mirada regional, la problemática trasciende a nivel nacional y es que nuestro país se ha caracterizado por la construcción de centrales termoeléctricas y los estudios para megaproyectos hidroeléctricos como HidroAysén, lo que es contradictorio con el avance significativo que tiene el país en cuanto a la generación de energías renovables.
Antecedentes técnicos y jurídicos
La ley 20.257 sobre servicios eléctricos y generación de energía eléctrica con fuentes renovables no convencionales, esta enfocada en la diversificación de la matriz energética del país, la que se compone en su mayoría por termoeléctricas alimentadas por carbón mineral e hidroeléctricas mediante la construcción de represas o embalses según las zonas del país. Sin embargo y pese al aprovechamiento de zonas geográficas como el desierto del norte y la implementación de placas solares y el uso de energía eólica en algunas zonas del país, sigue persistiendo el problema ambiental no solo en la región metropolitana. Aun cuando sabemos que el problema no solo se restringe a la generación de energías sino también a otros factores como el uso de combustibles fósiles, y en el caso de regiones del sur del país al uso de leña como medio de calefacción, es necesario abordar el problema de forma integral. Es en este sentido donde no se observan medidas, leyes o proyectos de ley que busquen atacar la contaminación ambiental enfocados en la reducción de emanaciones contaminantes; las industrias, el transporte y la población tienen grados de responsabilidad compartida, por ende, deben considerarse estos 3 actores para implementar medidas efectivas al respecto.
Desde hace un par de años la ciudad de Coyhaique, en el centro de una de las regiones consideradas como áreas de conservación de la biodiversidad, es considerada una de las ciudades con mayor contaminación atmosférica de américa (no solo de chile, podría pensarse que es un problema de Santiago)y en este sentido el problema es aún mayor en época invernal, por ende, se presenta la problemática de la calefacción que utiliza la población de este territorio, la cual es sin duda de las mas contaminantes que se pueden utilizar. El gobierno de chile ha implementado medidas para reducir los índices de contaminación, tales como, recambio de estufas por aquellas que cumplan con mayores estándares, aislación termina para reducir el gasto en consumo y utilización de leña, pero parecen no ser suficientes para la realidad regional, ya que el problema aumenta año tras año.


Propuesta legislativa:

Propuesta de ley.
En base a la problemática planteada y a que el ministerio de energía solo ha planteado sugerencias respecto a la calefacción y no acciones concretas, se plantea el siguiente proyecto de ley:
Artículo 1°
Prohibición del recurso leña en zonas urbanas en donde los índices de contaminación atmosférica estén por sobre la norma.
Artículo 2°
El ministerio de energía en conjunto con el ministerio de desarrollo social establecerá un catastro de las familias y hogares que presentan vulnerabilidad de su morada y por consiguiente necesidad urgente de programas de recambio de calefacción y aislamiento térmico. (priorizando sistemas alimentados por electricidad)
Artículo 3°
Se establecerá un área de investigación energética la cual tendrá por objetivo determinar que matriz energética es la adecuada para cada región del país y los estudios correspondientes para su implementación efectiva.
Artículo 4°
El ministerio de energía de cara a la cumbre de Río+20, establecerá topes o limites a las empresas productoras de energías no renovables o contaminantes, principalmente las energías producidas por termoeléctricas, hidroeléctricas.
Artículo 5°
Se establecerán como normativa la diversificación progresiva de los recursos energéticos de las empresas de generación de electricidad, orientando la diversificación al uso de energías limpias y renovables (destacar que cada zona del país cuenta con potencial energético diverso dependiendo de la zona geográfica o climática) estableciendo plazo de 10 años para lograr 50/50, es decir, la mitad de matriz energética actual y el porcentaje restante de energías limpias y renovables.
Artículo 6°
Modificación al actual subsidio a la calefacción (popularmente conocido como bono leña), estableciendo control en cuanto al gasto efectivo de este beneficio en recurso de calefacción y en concordancia con el articulo 1°, es decir, energías con menores emisiones que la leña.
Artículo 7°
Establecer restricciones vehiculares a nivel regional, entendiendo que el problema por contaminación no solo es una realidad a nivel de la región metropolitana, sino transversal.
Artículo 8°
El ministerio de energía en acuerdo con las empresas productoras de electricidad establecerá un consumo base en época invernal, con la finalidad que la población prefiera calefactores alimentados por electricidad y no se generen cobros elevados en este sentido. Este consumo base será la diferencia de consumo eléctrico entre el último mes de otoño y el primer mes de invierno.
Artículo 9°
Se establecerá como criterio fundamental a los proyectos inmobiliarios que cuenten con sistemas de calefacción mediante energías limpias y renovables, priorizando aquellos proyectos que tengan una real preocupación al respecto.
Articulo 10°
Sobre los artefactos que dispone el comercio para calefacción, contarán al igual que los alimentos, con sellos que indiquen el nivel de gasto o consumo de electricidad, garantías, espacio de cobertura de calefacción, emisiones contaminantes.

Con estas medidas se busca reducir significativamente los niveles de contaminación atmosférica, la concientización progresiva de la población sobre el impacto de las energías que utilizan en el hogar y la responsabilidad individual en el cuidado del medio ambiente. Además, avanzar a nivel país en la generación de energías limpias y renovables y el cuidado del medio ambiente, cumpliendo con los objetivos adscritos por el país en este sentido, tales como, los objetivos de desarrollo sostenible de la ONU (Punto 7; energía asequible y no contaminante)