Colegio Seminario Conciliar -LA SERENA - Región de Coquimbo


Título iniciativa:

Título iniciativa: Mensaje presidencial: Fomento de la industria nacional del reciclaje



Definición alternativa:

Definición alternativa:
La Tierra, 4.543 millones de años, 7,53 miles de millones de personas, quienes generan 2010 millones de toneladas de basura por año, las cuales se distribuyen en cada rincón del planeta, convirtiéndolos en espacios repletos de basura y contaminación, siendo esto una clara imagen de la destrucción del medio ambiente. No obstante esta situación crítica en la que se encuentra el planeta por culpa nuestra, puede ser contenida. Actualmente, solo quedan 12 años para detener el daño catastrófico e irreversible que el hombre ha provocado con los excesos de desechos a nivel mundial afectando a la flora y la fauna de la Tierra.
En el caso de los océanos el problema que se tiene con la basura es la acumulación de residuos a lo largo y ancho, poniendo en riesgo la biodiversidad marina debido al aumento de micro plásticos presente en los organismos marítimos, lo que no solo pone en jaque a la población marina sino también a los consumidores que ingieren alimentos extraídos del mar, generando un círculo vicioso, el cual no solo afecta al planeta, sino también a nuestra propia salud.
El mejor ejemplo de la contaminación en los mares es una gran de isla de basura que estaría ubicada frente a las costas chilenas, tendría un extensión de 2,5 millones de metros, lo que en proporción sería tres veces el tamaño de nuestro país. Según afirma un estudio realizado en las Naciones Unidas se garantiza que si seguimos el vertiginoso ritmo de arrojar basura al mar, para el año 2050 habrá más plásticos en los océanos que peces.
En el caso de las ciudades y grandes urbes la creación de vertederos clandestinos ocasiona conflictos por la acumulación de desechos en lugares públicos trayendo con ello plagas y enfermedades no deseadas que pueden causar molestias, o en casos más extremos una catástrofe ecológica contaminando suelos y napas subterráneas, afectando con ello la calidad de vida de las poblaciones cercanas a estas.
En Chile, solo en la región metropolitana existen alrededor de 79 vertederos ilegales y más de 600 micro basurales. Cabe recalcar que esta problemática no solo ocurre en Santiago, sino que a lo largo de todo nuestro país casi sin excepción alguna.
Por lo tanto, lo más factible para solucionar esto en Chile sería la correcta gestión de los residuos a través de un sistema que priorice la reutilización de los desechos y que sea opuesto al sistema de quema o de agrupar todos los desechos en vertederos; para ello es necesario basarse en un sistema sostenible que tenga como base el uso de las 4Rs.
¿Qué son las 4Rs?
Este proceso, llamado así por los conceptos que lo componen: reutilizar, reciclar, reducir y recuperar, se encarga del tratamiento de residuos de manera integral, considerando que lo que desechamos en su gran mayoría puede volver a ser reutilizado, sin dejar de lado aspectos económicos como lo serían su sostenibilidad y viabilidad a largo plazo, a través de la reducción de envases o envoltorios innecesarios en distintos productos, reutilizando más de una vez ciertos productos que pueden tener más de un uso, reciclando los desechos que poseemos en nuestro hogar porque una gran mayoría de ellos podría volver al ciclo productivo y finalmente pero no menos importante reutilizando los desechos para que puedan ser útiles en otros procesos.
Lo anteriormente dicho no podría ser realizado sin el apoyo de políticas públicas direccionadas al tratamiento integral de los residuos, además de la inclusión de todos los sectores sociales en donde la participación activa sea un hecho real. Asimismo la creación de regulaciones debe enfocarse en la concientización de no solo los más jóvenes (a través de cursos en las escuelas) sino de la gente adulta para que esta también pueda ser un aporte al cuidado del medio ambiente.
¿Por qué es necesario crear una ley sobre reciclaje?
En el caso de nuestro país, según afirma el banco mundial, somos el segundo mayor generador de basura en América Latina, superando a países como Brasil o Argentina. Y por si esto no fuera poco, tenemos una gran cantidad de vertederos y micro basurales ilegales distribuidos a largo del territorio nacional. Además, solo reciclamos un 10% del plástico pet que generamos teniendo que importar gran parte de este material.
Es por ese y otro muchos motivos que la creación de nuestro proyecto de ley busca poner soluciones reales, no solo construyendo una real industria del reciclaje, sino creando conciencia entre las nuevas generaciones, inculcando e informando a las antiguas, para que puedan ser un apoyo en la creación de una mentalidad y cultura ecológica nacional. Asimismo, nuestro proyecto de ley tiene como finalidad dar correcto cumplimiento al ART 19. N°8 presente en la CPC, para que de una vez por todas podamos tener un ambiente más sano que pueda coexistir con el crecimiento de nuestro país.


Propuesta legislativa:

Propuesta Legislativa:
MENSAJE PRESIDENCIAL: LEY DEL FOMENTO, DESARROLLO Y REGULACIÓN DEL RECICLAJE PARA EL CORRECTO TRATAMIENTO DE RESIDUOS.

Art. 1: Objetivos de la ley:
Busca principalmente mejorar la situación actual del medio ambiente, y crear una conciencia de reciclaje mediante medidas efectivas, desde el ámbito educativo, industrial y laboral, generando una menor cantidad de residuos dañinos para el ecosistema y disminuir el área de los vertederos.
Busca cumplir lo establecido en el ART.19°N°8 presente en la CPC, referente a que el estado debe velar por ello.
Art. 2: Fomentar la creación y aumento, de los puntos de reciclaje dentro de regiones, con el objetivo de incentivar a las personas y la población chilena, aumentando las responsabilidades de las familias chilenas como estructura básica del Estado.
Art. 3: Impulsar e incitar, la creación de plantas de reciclaje, que tengan por objetivo la reutilización de materiales.
Estas plantas tendrán como garantía una disminución de la carga impositiva para operar con mayor flexibilidad y sustento.
Serán de carácter mixto, según lo dicta la Constitución política chilena.
Deben especializarse en un amplio tipo de residuos, para que el servicio sea descentralizado.
Art. 4: Generar la conciencia ecológica desde la educación.
Crear talleres recreativos de reciclaje, los cuales sean obligatorios, fomentando el aprendizaje en los niños orientado a una visión ambientalista.
Implementación de basureros diferenciados en los colegios.
Art. 5: Organización municipal de gestión de residuos:
Incentivar la creación de camiones especializados, los cuales retiren los residuos diferenciados de los domicilios y los dirijan a los puntos de reciclaje.
Dentro de los hogares estimular la separación y organización de los residuos que sean de materiales reciclables.
Impulsar la incorporación de basureros diferenciados, en zonas centrales y concurridas.
Generar actividades culturales variadas que velen por el correcto manejo del reciclaje.
Los municipios tendrán el derecho de elegir libremente el cómo y cada cuanto retiren los residuos, siempre y cuando se haga en un plazo fijo y determinado, que no supere los 7 días entre un retiro y otro.
Art. 6: En caso de incumplimiento de la Ley:
Si un ciudadano es sorprendido arrojando residuos en un sector no apto, se penalizará con una multa de máximo 10 UTM dependiendo de la reincidencia del delito.
Si una determinada empresa del sector infringe la ley, se le aplicarán las sanciones correspondientes, abarcaran desde las 20 UTM hasta las 100 dependiendo de lo grave del incumplimiento.

Art 7: Faltas
Si se descubre que los desechos generados durante el proceso no son transportados a los lugares de almacenamiento.
Si la empresa no se encarga de la correcta manipulación de los desperdicios.
En el caso de que influya de manera negativa en la calidad de vida de los alrededores a la que esta se encuentra, generando aún más desechos y una mala calidad del aire.
Art 8: Fiscalización:
La función de fiscalizar el correcto funcionamiento de las empresas de reciclaje estará a cargo de los Seremis de medioambiente y salud.
Estas se encargan de regular la gestión de residuos, por lo tanto si esta empresa no acepta, o no se somete a la realización de la inspección necesaria, se aplicará el inciso 2 en el art. 6.
Si la empresa regulada no se sometió a más de 3 visitas de Seremis, será clausurada y no podrá funcionar.
Art. 9: Las plantas y empresas no pueden mezclar los desechos, por lo tanto, tendrán los siguientes planes de reciclaje y organización:
Desechos electrónicos:
Las centrales de reciclaje tendrán que poseer una sección específica para el trabajo de chatarra tecnológica por su complejidad y peligrosidad de uso.
En el caso de que la central de reciclaje no pueda hacerse cargo por su peligrosidad serán derivados a otra central que posee las capacidades para ello.
Desechos orgánicos:
Las centrales tendrán la obligación de retirar cualquier tipo de material orgánico que imposibilite el funcionamiento del proceso.
Ante ningún caso los desechos orgánicos pueden ser quemados o almacenados en vertederos, ya que esto corresponde a un retroceso referente al objetivo de la ley.
Estos desechos se enviarán a plantas especiales para la creación de biogás, compost o abono.