Colegio Santa Teresa de los Andes -AYSÉN - Región de Aysén


Título iniciativa:

Ley que regula el ingreso equitativo a la educación superior para los alumnos de regiones extremas y que promueve el retorno de los profesionales y técnicos a su lugar de origen.



Propuesta legislativa:

La actual organización territorial produce desigualdad en la distribución de oportunidades en las regiones extremas generando desventajas para los estudiantes al optar por las mejores instituciones de educación superior y luego regresar a su lugar de origen para propiciar el desarrollo local. El INE (2011) señala que las zonas que concentran la mayor población son la R.M. y V Región, que representan más del 50% del total de la población nacional, concentrándose en dichas zonas los servicios y generando exclusión para las zonas extremas. Las regiones extremas, “zonas que reúnen condiciones especiales derivadas del aislamiento”. Art. 7, 1º, dec. Ley 249),se ven en una situación de desventaja. Según estudios realizados por la Fac. de Economía de la U. de Chile, publicados en CEPAL 2012, el país todavía se halla lejos de alcanzar una distribución equitativa del bienestar” (Chile: Evolución de las oportunidades para los niños, 1990-2006). La concentración de la oferta educacional y cultural afecta la opción de elegir equitativamente, ya que la falta de preuniversitarios de calidad, museos o fomentos del capital cultural en las zonas extremas, genera una inequidad a la hora de acceder a la educación superior. No existe igualdad de condiciones respecto a alumnos secundarios de otras zonas del país. Por otro lado, existe una falta de incentivos para que más y mejores profesionales vuelvan a sus regiones de origen propiciando el desarrollo en conjunto con la idiosincrasia local. Proponemos un Proyecto de Ley de tipo mensaje, orientado a garantizar la igualdad de oportunidades de acceso al sistema de educación superior y promover el retorno de profesionales a su lugar de origen para lo que se requiere modificar las sigs. leyes: a)Dec. Ley Nº249, del año 1973, b)Dec. Ley No.889 de 1975, c)DFL Nº4 del 20 de enero de 1981.


I.Para asegurar la igualdad de oportunidades en el acceso al sistema de educación superior:


1. Crease, para los efectos de esta Ley, los sigs. conceptos:


-Región Extrema: aquella región que carezca de conectividad territorial con el resto del  país en cualquiera de sus puntos cardinales.


-Profesional o Técnico  oriundo de zona extrema: aquella persona que ha residido en ese lugar, en los dos años antes a la fecha en que acredite haber rendido la Prueba de Selección Universitaria o haber egresado de la educación secundaria.


2. Los alumnos de regiones extremas recibirán una bonificación del 5% sobre el puntaje ponderado, para cualquier institución de educación superior a la que postule.


3. Las Instituciones de Educación superior que incorporen alumnos provenientes de regiones extremas,  que obtengan los mejores puntajes (según el artículo 3º del DFL Nº 4), tendrán un aumento en el Aporte Fiscal Indirecto por cada alumno matriculado en dicha situación.


II.Para el retorno de profesionales a su lugar de origen:


4.Creación de una Asignación de Zona Preferencial o Diferenciada, adicional a la existente, para Profesionales o Técnicos que trabajen en el sector público, que una vez titulados retornen a la región extrema que sea su lugar de origen, ascendente al 15% de su remuneración mensual imponible. Habrá una supresión paulatina, pero no retroactiva, de la asignación establecida para todos aquellos profesionales o técnicos que no sean oriundos de la región. La señalada supresión se efectuará a una tasa de 10% anual a contar de la fecha de la entrada en vigencia de la presente Ley, hasta eliminarla.


5. Un incentivo a la contratación de mano de obra Profesional o Técnica, para las empresas que contemplen dentro de su personal, individuos oriundos de zona extrema. El incentivo será una rebaja de impuestos equivalente al 25% del monto de la remuneración anual imponible de los citados profesionales. Se crea  un subsidio de pago directo para el Profesional o Técnico (oriundo) en el área privada ascendente al 15% de su remuneración imponible mensual.


6.Aquellos profesionales que hayan estudiado con Fondo Solidario de Crédito Universitario,  Crédito Corfo,  Crédito con Aval del Estado, que vengan de regiones extremas y vuelvan a trabajar a su lugar  de origen, por un plazo superior a 4 años, se le descontará el interés asociado a su crédito. Pasados 6 años de trabajo en el lugar de origen se condonará el 80% del saldo del crédito.


7. Todo profesional o Técnico oriundo de una zona extrema y que ya titulado, ejerza sus funciones en su lugar de origen, tendrá preferencia al postular a toda actividad de capacitación o perfeccionamiento.