Colegio Parroquial Padre Negro -CALDERA - Región de Atacama


Título iniciativa:

Restitución del Entorno en Relación a los Pasivos Ambientales Mineros



Propuesta legislativa:

“Los Pasivos Mineros son aquellas faenas mineras
abandonadas o paralizadas, incluyendo sus residuos, que constituyen un riesgo
significativo para la salud y seguridad de las personas y el medio ambiente”



 



“En Chile, según
el único catastro realizado, existen más de 200 faenas mineras paralizadas o
abandonadas que representan una amenaza para la salud o la seguridad física de
las personas que habitan o circulan en sus alrededores, estando el 19,3% en
Atacama.



Esto significa
que a lo largo del país miles de familias conviven con verdaderas bombas de
tiempo invisibles y no tienen idea de los peligros que las acechan.



 



Cuando una mina
se agota, la faena cierra, y cuando esto se realiza sin tomar las medidas
necesarias, pone en riesgo a la población. Quedan abandonadas piscinas llenas
de arsénico, sustancia cancerígena contaminante; o se construyen tranques de
relaves con defensas precarias cerca de poblaciones que ni siquiera conocen el
peligro al cual están expuestos: una suerte de laguna brava escondida y que, con
un sismo de gran intensidad, se levanta y desciende con la fuerza de un alud,
situación latente que puede ocurrir en las 38 faenas mas peligrosas del país”



Marcela Ramos, periodista de CIPER Chile



 



Actualmente
la normativa legal no impone a las empresas 
la obligación de la restitución del paisaje a su estado natural una vez
que concluyen  las faenas, ni siquiera que
estas traten las sustancias peligrosas.



El
Estado por otro lado, no tiene obligaciones con respecto a las faenas mineras abandonadas
y producto de ello, la problemática continua multiplicándose a lo largo del
país.



 



Producto
de esto proponemos el siguiente proyecto
de ley común
, una moción que dará inicio a una nueva norma legal sobre
pasivos mineros y manejo de sus efectos en el entorno.



La eliminación de los
residuos mineros constara de diferentes procesos aplicables en su totalidad en
nuestro país, que como nación minera, ya dispone de los medios necesarios para
poder  aplicar  estas medidas, al igual que en el extranjero,
donde aplican dichas obras  voluntariamente.



Realizar la total
remoción de los residuos y la neutralización de los contaminantes no es una
real obligación para las empresas, solo corresponde a un mero trámite que  incluso pueden evitarse con proponer que la
faena está exenta de residuos contaminantes, dejándose así de lado los cerros
de material inerte que aunque no constituyen el peligro directo, son una bomba
inminente que en gran cantidad guardan en su interior arsénico, cianuros, etc.,
además de existir el posible derrumbe por algún sismo o dispersarse por acción
del viento.



Canadá, por ejemplo,
aplica varios métodos que conservan el ecosistema, siendo capaces de eliminando
los contaminantes y dejando el suelo tal cual estaba antes.



 



La eliminación de los
residuos contaminantes, como el arsénico y el cianuro, es el principal punto
tratado por dicha minería, eliminándolos del agua, principal afectada, ya que
con solo unas gotas se puede contaminar miles de metros cúbicos de este recurso
que desde ya hace tiempo escasea, además de la acumulación de este bajo los
cerros de material, debido a que por su filtración puede ponerse en peligro la
vida de miles de personas.



 



Las faenas mineras al
ya haber explotado todo el material tendrán la obligación de deshacerse de los
desechos que dejaron, renovar el medioambiente en el cual explotaron los
minerales, con una total restitución del terreno a su constitución inicial, y
de poder crear un espacio público útil, si y solo si el ambiente esta
neutralizado, a la vez de que este resguarde la seguridad de los habitantes,
quedando expresado que la creación de un terreno de uso urbano no debe incluir
fines lucrativos.



 



La restitución del
entorno no incluye la traslación del material hacia otro espacio, sino que las
empresas están obligadas a remover total y definitivamente los desechos
contaminantes.



 



El financiamiento de
esta labor se debe hacer por dos medios:



 



1. Las empresas de las
faenas activas se harán responsables de dejar el medio tal cual lo encontraron,
por lo cual la ley contempla que dentro del informe de impacto ambiental se considere
un estudio del entorno para su posterior restitución.



 



2. El Estado debe
asegurar que los pasivos mineros de faenas abandonadas sean eliminados en forma
segura por medio de terceros (empresas especialistas en el tema), los cuales
serán cancelados con fondos del royalty minero. Esta labor se realizara a
plazos, en donde cada región trabajara por proyectos anuales, dando preferencia
a aquellos pasivos más peligrosos y cercanos a las áreas urbanas.



 



La ley debe contemplar
el organismo encargado de fiscalizar estas tareas, y consideramos al SERNAGEOMIN
como la repartición estatal encargada.