Colegio Maria Goretti -CON CON - Región de Valparaíso


Título iniciativa:

Proyecto Voces



Propuesta legislativa:

Delibera 2012: Proyecto Voces 



Colegio Parroquial Santa María Goretti, Concón, Región de
Valparaíso.
 



PROYECTO DE LEY QUE
DA VOZ, APELACIÓN, DEFENSA Y VOTO A LAS 
ORGANIZACIONES
COMUNITARIAS



En la actualidad nuestro país ha sufrido una
serie de problemas sociales y ambientales, los cuales han llevado a los
locatarios de las diversas comunas, a romper con su pasividad, motivándoles a
manifestar su descontento respecto de su problema específico. En nuestro caso
nos basamos en 4 ejemplos: El problema en Freirina, Hidroaysén, la privatización
de las dunas y construcción de una termoeléctrica en Concón[1]. Los cuales han provocado
contaminación, deterioro del paisaje y encarecimiento de la calidad de vida de
sus habitantes.



 



            Nuestro proyecto consiste en dar más
peso político a los representantes elegidos a nivel vecinal, así como también
crear una instancia de discusión y resolución (Asamblea Comunal). Entendemos
que esta es la manera en la que se pueden detener o conseguir apoyo general a los
proyectos que puedan afectar nuestra calidad de vida y la de nuestro entorno,
así como también es una buena instancia para canalizar una acción de protesta e
incluir a la ciudadanía en el desarrollo comunal. Hoy en día los que aprueban o
rechazan un proyecto son concejales y alcaldes, por eso planteamos una moción
parlamentaria que permita modificar la ley 19.418, otorgando voz, defensa,
apelación y voto a las Organizaciones Comunitarias:



 



“Artículo
1º.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones en la Ley Nº 19.418:



 



1.   
En
lo dispuesto en el párrafo 2º, Artículo 42, inciso 7º remplazase por el siguiente:



 



“7. Participar y
colaborar en conjunto con autoridades locales en las iniciativas destinadas a
la protección del Medio Ambiente en la Comuna, y en especial de la Unidad
Vecinal.”



 



2.   
En
lo dispuesto en el párrafo 2º, Artículo 42, agréganse los siguientes incisos:



 



“8. Participar de una
Asamblea Comunal, que será realizada periódicamente, para informar, defender,
apelar y votar diversos proyectos que puedan ser presentados por las
autoridades (alcaldes, concejales, etc.), y/o Juntas de Vecinos. Todo lo
anterior se llevará a cabo en una Asamblea Comunal, tomando en consideración lo
siguiente:



a.   
Se
fijará cada 30 días. En caso de asuntos urgentes se podrá realizar una Asamblea
Extraordinaria, que se efectuará de acuerdo a los tiempos que se estimen
convenientes mediante un escrito (redes sociales).



b.   
Dentro
de ella participarán los concejales, el alcalde y diversas autoridades del
Municipio, así como también, los representantes de las distintas Juntas de
Vecinos y la Unidad Comunal.



c.   
Cada
uno de los integrantes de esta Asamblea, podrá defender, apelar y votar por los
distintos proyectos que se planteen. El voto será de modo individual, sin
considerar porcentajes.



d.   
El
objetivo de la Asamblea será: estudiar y analizar los proyectos propuestos en
discusión, y realizar un debate en torno a las consecuencias de los mismos (para
que estos no afecten la calidad de vida de los habitantes y paisajes de la
Comuna).



e.   
Todo
proyecto se llevará a una votación final, la que determinará su implementación
o no. Mediante esta acción cívica la Asamblea comunal se vuelve resolutiva.



 



3.   
En
lo dispuesto en el párrafo 2º, Artículo 43, inciso 4, apartado e, reemplázase
por el siguiente:



 



“e. Proteger el Medio
Ambiente y los equilibrios ecológicos, en las Asambleas Comunales de acuerdo a
lo dispuesto en el párrafo 2º, Artículo 42, inciso 8.”



 



Así
las Organizaciones Comunitarias, pueden participar activamente del desarrollo
de la Comuna pero de un modo directo, no sólo “velando” o “colaborando”[2], sino evaluando y votando
por la puesta en práctica de distintos proyectos. Con la intención de hacer
efectiva la lógica de participación ciudadana y desarrollo local.



 













[1] E.N.A.P Refinerías
“EIA Proyecto Central Combinada ERA: Resumen Ejecutivo”, p.3







[2]
Ley Nº 19.418,
Sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias, Diario Oficial de
la República de Chile, Santiago, Chile, 16 de Febrero 2011.