Liceo José Victorino Lastarria -PROVIDENCIA - Región Metropolitana


Título iniciativa:

Un Nuevo Sistema de Pensiones: Fondo Mixto de Retiro.



Propuesta legislativa:

Un Nuevo Sistema de Pensiones: Fondo
Mixto de Retiro.



El Sistema de Pensiones se entiende
como aquel interés estatal que vela por la retribución del esfuerzo por vida
laboral del individuo. Sin embargo en Chile, aquella disposición se encuentra supeditada
a la utilidad del mercado, viéndose obstruida la necesaria colaboración estatal
en esta materia. En efecto, estamos desconociendo absolutamente la naturaleza
del propósito del Sistema, es decir, lograr la jubilación digna del trabajador.
Además, hemos de agregar otro inconveniente: las falencias inherentes a la
aplicación del régimen de capitalización, en las cuales -al margen del
desconocimiento de toda Justicia Distributiva- existe una incertidumbre constante
por el monto final de la jubilación, a causa de los
vaivenes de la macroeconomía, que se materializa en un bajo incentivo a las
personas y en la desconfianza del mecanismo al momento de su participación
activa.

No obstante, todas estas problemáticas
convergen en un obstáculo aun mayor: el colapso del Sistema. Según la Superintendencia
de Pensiones, este mes, de un universo total de 9 millones de afiliados, solo
un 40% cotiza en los fondos, y de éstos, un 20% con cantidad suficiente para
obtener una jubilación apropiada; aquello se debe principalmente a que el
factor de precariedad laboral no fue considerada al momento de efectuar los
cálculos de la previsión; como consecuencia, tenemos que el 80% restante de los
“cotizantes” deberán –y son- subvencionados por el Estado, mediante las
pensiones por gracia, en porcentaje creciente conforme a la edad (70% a los 65
años y 90% a los 90 años), lo que constituye un gasto para el fisco que
asciende a un 30% solo en pensiones. Esta contrariedad de participación
mayoritaria del Estado -que claramente no estaba contemplada en el Sistema de
las AFP de libre mercado-,
  está erigiendo
una depresión en los fondos que, al no ser suficientes para la demanda patrimonial
de los afiliados, colapsarán definitivamente el Sistema. Pese a lo anterior,
las utilidades para las sociedades anónimas de las Administradoras son
totalmente contrarias a esta realidad, del orden de los miles de millones de
dólares anuales; ¿pero no se dijo que el principio del Sistema es velar por la
retribución al trabajador y, por lo tanto, no por el beneficio de unos pocos?
En suma, la deficiencia del Sistema está afectando negativamente a quienes la
componen, pero con grandes rentabilidades a quienes controlan las Administradoras;
a causa del ejercicio de una legislación incoherente con la realidad nacional.

Nuestra Iniciativa propone la
creación de un nuevo Sistema que corrija los vicios del existente; lo que
consideramos perentorio, puesto que se nos presenta como una cuestión principalmente
social, que se manifiesta en lo económico, ronda lo moral y que debe resolverse
por la vía del debate político. Para estos efectos nuestra iniciativa se
presenta como moción de ley común, que mande la derogación de la legislación
vigente (Decreto Ley 3500); y la creación de un nuevo Sistema.

Entenderemos el nuevo Sistema
como la matriz de todo modelo social solidario de la humanidad. Se desprende de
esto que debemos garantizar el derecho a la Seguridad Social, consagrado en el
Artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual se
define como
“la protección que ofrece una
sociedad a las personas que la componen, que va destinada a la seguridad de los
ingresos con participación tripartita de los interlocutores -trabajador,
empleador y gobierno”
(OIT, 2010). Para tal propósito establecemos dos ejes
centrales. El primero, la extensión de este régimen a todos los integrantes del
país, vale decir, se incluirán en el Sistema a los independientes,
subcontratados, las Fuerzas Armadas y las de Orden para lograr la universalidad
y, por consiguiente un factor solidario entre los agentes que la componen.
  El segundo, será establecer un Fondo Mixto de
Previsión, en el que el Estado asegurará una pensión equivalente al 50% del
sueldo del afiliado ‘disponiendo para esto de un fondo común, constituido por
los impuestos que se decreten en el presupuesto anual y con el aporte de nuevas
generaciones’, a fin de establecer un Sistema: íntegro en lo necesario, las
jubilaciones; sustentable en lo que refiere a ciclos económicos mundiales; y
viable conforme a la realidad chilena. El resto de esta jubilación se
completará mediante la contribución individual, durante la vida laboral, a la
capitalización en una Administradora. Sin embargo, a diferencia del Sistema
actual, la fiscalización será efectiva por parte de la Superintendencia de
Pensiones, dirigiendo estos fondos en su totalidad a la estructura productiva
nacional y no a instrumentos financieros extranjeros.