Instituto Obispo Silva Lezaeta -CALAMA - Región de Antofagasta


Título iniciativa:

Inclusión de la asignatura de Educación Financiera en la enseñanza media, nivel de 3 medio y 4 medio.



Propuesta legislativa:

TEMA: Educación

INICIATIVA: Moción (manda) Modifica
la ley N° 20.370, Orgánica Constitucional Sobre Bases Generales De La
Educación.

I.-ANTECEDENTES: En
los últimos años, diversas organizaciones internacionales, entre las que cabe
destacar la Comisión Europea y la OCDE, han alertado sobre la necesidad de
mejorar la cultura financiera de la población. Las carencias en este ámbito
pueden conducir a las personas a adoptar decisiones erróneas sobre su economía
personal.

Bajo aquella realidad es  especialmente preocupante  el manejo de la realidad financiera por parte
de los jóvenes de nuestro país, nos encontramos 
por ejemplo, que un estudio realizado por el Instituto Nacional de la
Juventud (INJUV) reveló un alto nivel de endeudamiento entre los jóvenes. El
37% de los chilenos entre 18 y 25 años están endeudados, porcentaje que aumenta
a un 47% entre los chilenos de 25 a 29 años. Y donde los estudios  reafirmados con estadísticas confirman un
alto desconocimiento de la realidad financiera simple, como por ejemplo,
interés, cobros, tarjetas de crédito, inflación. También podemos  observar como efectos negativos, de no poseer
educación financiera, las siguientes realidades, en el plano económico,
disminución en la calidad de vida, dependencia económica, venta o cierre de
empresas, venta de activos personales. En el plano familiar, desintegración
familiar, cambio en la dinámica de la relación de la familia y por último en el
plano del bienestar nos afecta con depresión, stress y aislamiento familiar y
social.   

Al no poseer una educación
financiera adecuada, se adolece de una formación integral  de la persona, ya que  no podrá desarrollarse plenamente. Vulnerando
el artículo 19 de la constitución que señala en su inciso 10° “La educación
tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de
su vida”, lo cual  también lo podemos
encontrar en el artículo 10 de la ley general de educación que indica que: “Los
alumnos y alumnas tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca
oportunidades para su formación y desarrollo integral”.

En  nuestro actual sistema educacional, no existe
una asignatura en los colegios destinada a enseñar “educación  financiera” por lo que iniciativas de este
tipo sólo quedan en manos de aquellos establecimientos que de manera voluntaria
las incorporan a sus mallas curriculares. Otra propuesta la podemos encontrar
en las nuevas bases curriculares del Ministerio de educación, la  cual inserto algunos elementos de educación
financiera y alfabetización económica, desde primero básico a segundo medio.

II.-PROPUESTA
DE LEY:
“Incorpórese  a
continuación del artículo 30 de la Ley 
General de Educación los  siguientes
artículos:

Artículo 1 Objeto de la ley:
Sin perjuicio de le señalado en los artículos anteriores, se deberá incorporar
con carácter de obligatorio, la asignatura de educación financiera, en los
establecimientos educacionales del país, para el nivel de 3 y 4 medio.

Artículo 2: Definición de
educación financiera: Entiéndase por educación financiera aquellos contenidos
que provean y potencien  a los
estudiantes de conocimientos, habilidades, aptitudes y valores  financieras, que permitan comprender la
importancia de conceptos claves de la economía, siendo capaces de extrapolar
dichos conocimientos a su vida cotidiana, personal  familiar, asegurando una  población educada en finanzas que sea capaz
de tomar decisiones con conocimiento de 
causa.

Artículo 3: Determinación de
contenidos: El ministerio de Educación establecerá los contenidos de la
educación financiera y la implementación en el nivel de 3 y 4 medio.

Artículo 4: Implementación: Se
deberá ocupar un porcentaje de las horas de libre disposición (2 horas
pedagógicas, a la semana), para implementar dicha asignatura.