Liceo Víctor Jara Peralillo -PERALILLO - Región de O'Higgins


Título iniciativa:

CONSEJO COMUNAL DE CULTURA Y LAS ARTES



Propuesta legislativa:

Introducción:



Todas las manifestaciones del Estado
debieran conformar una red de patrimonio cultural, cuya finalidad sea defender
la cultura y su quehacer. Estas acciones convinieran ser fundamentales para
todos los miembros de la sociedad porque dan identidad, explican nuestro origen
y determinan lo que somos.



En nuestro país se han realizado
acciones tendientes a estos logros. Como antecedentes debe considerarse la Ley
19891 que crea el Consejo Nacional de Cultura y las Artes que busca
descentralizar, dar autonomía y territorialmente desconcentrar las políticas
ligadas al tema. En octubre 2009 se aprueba la modificación a la Ley sobre
Gobiernos Regionales que dispuso la elección directa de sus miembros que
significaría una mayor identificación con las comunidades de estas nuevas
autoridades.
Otro antecedente es la Ley 18.695, OCM, señala
que el municipio tiene como  finalidad
satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en
el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas. Y en el
Artículo 4º agrega que en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar,
directamente o con otros órganos de la administración del Estado, funciones
relacionadas con la educación y la cultura. Sin embargo, esta Ley solo permite,
no obliga. Lo que en la práctica conlleva que algunas comunas implementen
políticas culturales según el perfil de la autoridad local nombrando sin
mayores atribuciones a un encargado de cultura.



Por lo que muy a pesar de esta
buenas intenciones legislativas las comunas pobres o alejadas de los centros urbanos
se encuentran excluidas de los circuitos culturales, manifestándose también en
este ámbito la desigualdad e inequidad por lo que la creación de este Consejo
Comunal de Cultura y las Artes traerá una democratización en este campo.



 



Proyecto de Ley.



 Art. 1º: En
cada municipio existirá un Consejo de Cultura con carácter consultivo,
propositivo y resolutivo, encargado de hacer efectiva la participación de toda
la comunidad en las decisiones que se relacionan con el tema de la cultural.



Art. 2º: El
Consejo de Cultura  y Las Artes estará
integrado por dos representantes de centros juveniles, presidentes de CCAA, dos
representantes de JJVV, dos representantes de la UCAM, 02 miembros del Consejo
Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil. Todos ellos elegidos
democráticamente por sus respectivas instituciones. Duraran dos años en sus
cargos.



Art. 3º El
Consejo de Cultural  y de las Artes será
presidido por el Consejero Comunal de Cultura y Las Artes, el cual será
nombrado por el Acalde en ejercicio con acuerdo de 2/3 del consejo municipal y
podrá ser removido a instancias del 60 % del Consejo Cultural y de las Artes o
por incumplimiento de sus obligaciones y deberes constatados por la autoridad
comunal.



Art. 4º.- Al
consejo Comunal de cultura y las artes le corresponderá:



a.     
Asegurar mediante la acción
coordinada de toda la comunidad organizada la llegada de eventos culturales en
su más amplia expresión, logrando con ello la democratización de la cultura.



b.     
Proponer al Consejero Regional
la celebración de acuerdos o convenios en materia de arte y cultura que
beneficie a los habitantes de la comuna;



c.     
Ejercer las funciones de
asesoría, consulta y opinión, que contribuyan al mejoramiento de los programas
y proyectos emprendidos por el consejo de la cultura regional;



d.     
Convocar para la realización de
las actividades propias del Consejo Cultural a las personas, organizaciones o
grupos de la comunidad cultural y promotores culturales, para que participen en
foros y eventos culturales.



e.     
Estudiar, analizar y emitir
opinión sobre los asuntos que le sean solicitados por el Consejo Cultural
Regional;



Proponer a nivel comunal los proyectos
culturales de personas físicas y jurídicas que a su juicio requieran apoyo para
la realización de los mismos.