Modificar el porcentaje de inversión para el fondo de pensión de vejez.


Liceo Salesiano Monseñor Fagnano - NATALES - Región de Magallanes y Antártica Chilena



Modificar el porcentaje de inversión para el fondo de pensión de vejez

                   Liceo Salesiano monseñor Fagnano-Puerto Natales-Región de Magallanes y Antártica Chilena

Tema: Mayor estabilidad en los fondos de juvilacion

Iniciativa: moción parlamentaria (manda)

MODIFICAR EL DECRETO DE LEY Nº 3.500, ARTICULO 45, Nº 1Y Nº 2, referente a la administración de los fondos de pensión de vejez.

En la actualidad chile es un país en proceso de envejecimiento por lo cual cada vez es más importante que las generaciones jóvenes se preocupen de la importancia que tendrá la cotización en las administradoras de fondo de pensión o AFP. Las administradoras de fondo de pensión fue creado en noviembre del año 1980, a partir de entonces el ahorro previsional de los trabajadores chilenos paso a manos de privados, los que invierten el dinero en distintas áreas con el fin de obtener ganancias que aumenten eventualmente el ahorro, pero las constantes fluctuaciones del mercado y las consecuencias de vivir en una economía globalizada producen que en periodos de crisis económicas o una mala inversión nuestros ahorros sufran perdidas y se vean disminuidos este, Con el objetivo de disminuir los riesgos de perdida y aumentar los fondos que permitan reunir los recursos necesarios para tener una mejor calidad de vida al momento de la jubilación es que pretendemos modificar el decreto ley  nº 3500.

Las administradoras de fondos de pensión  tienen  cinco tipos de fondos de pensión el fondo A, fondo B, C, D y E. Siendo el fondo A el más riesgoso y el E el de menos riesgo. DE acuerdo a este decreto Ley  las AFP no podrán invertir en los fondos tipo A y B entre 30% y el 40% del ahorro, entre el 35% y el 50%  del ahorro para el fondo de tipo C, entre 40% y 70% de para fondos de tipo D y 50% y 80% para fondos de tipo E.

Especificado lo anterior, nuestra propuesta se basa  en la modificación para que las AFP, disminuyan el porcentaje de inversión del ahorro previsional, de la siguiente manera: para los fondos tipo A y B, podrán invertir entre el 40% y 50%, asegurando entre el 50% y el 60% del ahorro previsional, para el fondo tipo C, se permitirá invertir entre el 40% y el 30%, asegurando el 60% y el 70% del ahorro previsional, para fondos tipo D, podrán invertir entre el 30%y el 20%, asegurando entre el 70% y el 80% y para el fondo tipo E, entre el 20% y el 15%, asegurando entre el 80% y el 85% del ahorro previsional. De acuerdo a estas estimaciones, nuestra iniciativa permitirá a los cotizantes del fondo tipo A y B, resguardar un 20% más de sus fondos, para el fondo C, estaríamos aumentando entre un 20% y un 25% de los ahorros, para los fondos tipo D, entre un 30% y 40% de los ahorros y para los fondos tipo C, estaríamos resguardando un 30% más de los ahorros. Esta modificación tendrá un impacto directo en las futuras generaciones que verán un incremento sustantivo en los fondos de pensión que nos permitirán obtener una pensión más alta y asegurar una mejor calidad de vida, de esta forma, a la vez, dejaremos de ser una carga para el estado.

 

Fuentes:

http://fondosdepensiones.webnode.es/historia-de-las-afp/

http://www.safp.cl/portal/informes/581/w3-article-3520.html