Ley: Subsidio al uniforme escolar


Luterano Concordia - VALPARAISO - Región de Valparaíso



Párrafo 1°-8°:

Introducción e identificación del problema y la ley:

En la actualidad se puede comprobar que el uniforme escolar en vez de ser un medio que promueva  la integración social, se ha convertido en un elemento de segregación por el gran valor social y económico que  implica su costo monetario,  ante esta problemática, como representantes del Colegio Luterano Concordia de Valparaíso, proponemos, conforme a la búsqueda del bien común, una moción que exija la gratuidad de los uniformes escolares a través de un ticket que evite la segregación y posibilite a todas las familias chilenas el acceso gratuito al uniforme escolar.

Según estudios realizados por el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), el costo de un uniforme escolar varía entre los siguientes precios: $30.000 a $87.000[1]

La situación ha llegado a un punto tal de anomalía que el precio del  uniforme escolar puede representar  poco menos de la mitad del sueldo mínimo actual chileno[2]. ¿Qué sucede cuando hay más de un estudiante por familia? ¿No es una merma  al sueldo con el cual la familia chilena subsiste? ¿Queremos en realidad familias sin capacidad de ahorro y endeudadas?

Es por esto que como grupo proponemos que el Estado se haga participe en esta situación, entregando  un ticket valido por el uniforme y buzo escolar  a cada estudiante del grupo familiar, el cual será impartido al momento de realizar la matricula en cualquier establecimiento del  país,  siendo válido por el costo total de la implementación del vestuario  requerido por cada establecimiento.           En conclusión, la ley significará que la familia  chilena tendrá un respiro en cuanto a los gastos que implica la educación de sus hijos, se le dará fin al lucro de los colegios por el costo del uniforme, además de promover su calidad y ser una ayuda al desarrollo de las PYMES, actores importantes en la economía nacional.

 

Párrafo 9°-20°

Normas generales:

Artículo 1°: El financiamiento total del uniforme será responsabilidad del Estado.

Artículo 2°: Se establecerá un precio estándar al conjunto-uniforme, ya que su manufactura será realizada con materiales de un precio similar.

Artículo 3°: El Ministerio de Educación, establecerá una franquicia con las PYMES dando una cantidad promedio de colegios de una comuna por cada PYME.

Artículo 4°: El Estado pagará a cada PYME, la cual estará encargada de la manufacturación de las prendas, el costo total del conjunto-uniforme.

 

Artículo 5°: Las PYMES serán beneficiadas con un bono correspondiente al 20% añadido al costo final de la teñida de vestuario, para verificar el beneficio adquirido por estas, además del apoyo correspondiente de parte del Ministerio.

Artículo 6°: En caso de pérdida o extravío, el gobierno no se hará responsable de esto ya que es responsabilidad de los apoderados la conservación de este ticket y de las prendas correspondientes.

Artículo 7°: En caso de extravío, el apoderado deberá hacerse responsable debiendo ir a la sede correspondiente a de cada PYME, para solicitar un conjunto y/o por partes, el cual deberá costear por sí mismo

Artículo 8°: la cantidad de prendas será la siguiente:

1) .- 3 Poleras escolares*

2)  .-1 Polera deportiva*

3)  .-1 Chaqueta*

4)  .-1 Par de zapatos (optativo)

5)  -2 Pantalones/Faldas

6)  .-3 Calzas* / 1 Short deportivo*

7)  .-1 Pantalón de buzo*

8)  .-1 Polera deportiva*

9)  .-1 chaqueta deportiva*

*cada artículo será correspondiente al colegio en que el alumno estudie, debiendo llevar sus correspondientes insignias y marcas registradas.