Derechos de agua en Chile


Liceo Politécnico Villarrica - VILLARRICA - Región de la Araucanía



Chile, país privilegiado en recursos hídricos de superficie a nivel mundial, cuenta con una de sus mayores reservas en campos de hielo sur y en la zona austral. Sin embargo, están desigualmente distribuidos, debido a causas geográficas y climáticas, por ejemplo: en la zona norte se dispone de 500 metros cúbicos/habitante/año, y en zonas del sur de 160.000 metros cúbicos/habitante/ año.


Durante las últimas dos décadas se han incrementado los problemas de acceso, gestión y gobernabilidad de estos recursos. Puede atribuirse a problemas sociales; ambientales vinculados a la demanda de las ciudades; la contaminación y los megaproyectos; sin embargo, la progresiva imposición de criterios de mercado, dan como resultado que la "libre competencia" entre los diferentes usos y derechos de propiedad de aguas ha favorecido la concentración de la propiedad de éstas en el sector eléctrico, minero y exportador, “motores” del desarrollo nacional, en perjuicio del acceso al recurso para la mayoría de la población y las zonas agrícolas como las de Villarrica y nuestra Región de la Araucanía.


Las políticas basadas en criterios de mercado, han generado la pérdida del carácter de bien público del agua, provocando su privatización parcial o total, si bien hemos sido uno de los países pioneros en la implementación de un régimen de libre mercado en el manejo del agua, esto ha ido en desmedro de ser garante para que el uso del recurso sea para todos los chilenos.


El Estado concede estos derechos al sector privado gratuitamente y a perpetuidad, concentrándolos en pocos actores y en el uso ineficiente de los recursos. Ello perjudica la disponibilidad de agua para las economías locales; la conservación de los ecosistemas y el uso múltiple para turismo, agricultura, generación eléctrica y servicios sanitarios.


Se estableció recientemente en una reforma, el desincentivo para su acumulación ociosa, por tanto, si bien ha motivado a que se utilicen esos derechos en pocas manos, también ha multiplicado los proyectos para librarse del pago y por ende ha acelerado las transacciones del mercado del agua, generándose una presión aún más intensa sobre las cuencas perdiendo su caudal natural y muchas de ellas están en franco colapso por contaminación y/o secamiento.


Enfrentamos, entonces, el enorme desafío de proponer una reforma a la política sobre recursos hídricos establecida en el Código de Aguas vigente desde 1981, promulgado por el gobierno militar y consolidado durante la transición democrática. El debate ha estado lleno de dificultades y se ha perpetuado por más de 20 años la tramitación de un Proyecto de Reforma a dicho Código en diversas comisiones del Congreso Nacional.Ley 2017


En este marco, el objetivo de nuestra propuesta o proyecto de ley es entregar, a través de ella la mirada de los jóvenes que heredaremos las tierras, pero no tendremos la posibilidad de “regarlas”, pues si no somos prioritarios en el uso de recursos hídricos, ni siquiera las lluvias del sur serán nuestras. Debemos revisar las políticas públicas y el marco constitucional y normativo que rige la gestión y manejo del agua en Chile; para que éste bien sea público y no un privilegio.


Por esto consideramos que es necesario promulgar nuevas leyes, mediante una moción que modifique los límites y derechos sobre el recurso hídrico en nuestro país que no contradiga otras leyes, los derechos constitucionales y no sea contraproducente al bien común de todos los ciudadanos:


1. Elevar a rango constitucional el concepto del agua como bien nacional de uso público, a través  de una ley de quórum calificado cualquiera sea el estado en que ésta se encuentre (líquida, sólida y gaseosa).

2. Establecer la facultad del Estado para reservar caudales cuando así lo exijan el interés general de la nación, la seguridad nacional, la utilidad y salubridad pública y la conservación del patrimonio ambiental.

3. Establecer por ley el procedimiento de constitución, reconocimiento, transferencia, transmisión, renuncia, extinción, caducidad y pérdida de los derechos particulares sobre las aguas. 

4. Establecer por ley la exploración, explotación y constitución de derechos de aprovechamiento de aguas de conformidad a la diversidad geográfica y climática del país, y a la disponibilidad efectiva de los recursos hídricos.

5. Establecer corporaciones administradoras de cuencas, que fortalezcan y velen por una gestión integrada de estas.

“El agua es el elemento vital del planeta y sin ella no sería posible la vida de ningún ser en él”