Sistema Mixto de Elección de Intendentes Regionales


Liceo San José U.R - AYSÉN - Región de Aysén



El artículo 5 de nuestra Constitución Política plantea claramente la forma de administración que debiera darse en nuestro territorio “El estado de Chile es unitario, su territorio se divide en regiones. La ley propenderá a que su administración sea funcional y territorialmente descentralizada”

Frente a lo expuesto cabe preguntarse si ¿El estado de Chile efectivamente propende a desarrollar una administración funcional y descentralizada?

A la luz de la realidad nacional podemos concluir que esta tarea aun se encuentra pendiente. El profesor Diego Benavente Millán en la obra "Descentralización, la revolución olvidada", del año 2007, denuncia lo que el llama “los escasos avances en el proceso descentralizador del país, cuesta identificar avances sustanciales en el traspaso de mayor poder social y económico a la población y sus territorios”

En un texto referido al tema de la descentralización escrito  por el ingeniero Manuel Vivar Águila se plantea que ella sigue siendo un tema pendiente “principalmente por la conformación de Chile como un Estado unitario, y la existencia de una cultura nacional demasiado centralista, poco diversa y muy uniforme a lo largo del país”

Ahora bien ¿Porque es necesario modificar este escenario actual promoviendo una mayor descentralización política en nuestro país?

El académico español  Joan Prats Catalá en una ponencia presentada el año 2008  nos entrega la respuesta “El salto al desarrollo requerido para que Chile se instale estructuralmente entre los países avanzados del mundo, se encuentra bloqueado por un haz de desigualdades anudadas por la concentración económica, política y territorial del poder” Acto seguido agrega “Chile será descentralizado, o no será desarrollado, la madre de todas las reformas es la descentralización de la política”

En esa misma línea el académico Heinrich Von Baer manifiesta que “sin un avance en mayor profundidad y ritmo de los procesos de descentralización y de fortalecimiento de las capacidades locales y regionales, Chile no será capaz de enfrentar con éxito los nuevos escenarios, sortear los impactos de la crisis financiera global, modernizar su institucionalidad, revitalizar su democracia, ni revertir la vorágine centralizadora que impide el desarrollo pleno de todos sus territorios”

Para enfrentar este problema presentamos un MENSAJE denominado:

SISTEMA MIXTO DE ELECCIÓN DE INTENDENTES REGIONALES

REFORMA AL ARTÍCULO 100 DE NUESTRA CONSTITUCIÓN

Implica la reforma a una ley orgánica constitucional y requiere apoyo de 4/7 del parlamento. El objetivo es fortalecer las atribuciones de los Intendentes regionales quienes legitiman su poder a través de elección popular y la ratificación del cargo por parte del presidente en ejercicio. El cargo dura 4 años con posibilidad de reelección por un periodo

El mecanismo de elección consta de dos partes

  • ·         Se eligen a las dos primeras mayorías simples regionales que postulan al cargo

  • ·         De ellas el Presidente de la República elige al futuro intendente regional

Quienes postulen al cargo de intendente regional deben cumplir con los siguientes requisitos

a)       Estadía en la región mínimo 5 años

b)      Cumplir con la condiciones de ciudadanía chilena

c)       Tener cursado por lo menos una carrera técnica de nivel superior

d)     Cumplir con un mínimo de firmas que apoyen su candidatura: 3% de la población  regional

Los Intendentes gobernaran apoyados por el CORE, que  a la vez será el ente fiscalizador de la gestión de las autoridad regional. Los nuevos Intendentes regionales deberán equilibrar los intereses del poder central y los intereses regionales

 

La moción es viable pues va en la línea de lo que señalan los expertos y  lo que  demandan las regiones. Para los ciudadanos implica informarse y concurrir con el voto para contar con autoridades legítimas y representativas. De esta manera descentralizamos sin romper el sistema unitario de nuestro país.