Modificación constitucional a la ley Nº 19.175 relativa al gobierno y administración interior del Estado. Descentralización Político-Administrativa, mediante la creación de Provincias y Regiones Autónomas


Liceo Politécnico A-1 - AYSÉN - Región de Aysén



Liceo Politécnico A-1, Comuna de Puerto Aysén, XI Región de Aysén del General Carlos Ibañez del Campo

Las recientes manifestaciones en la región de Aysén, la región de Atacama, en la Región de Magallanes tienen un punto en común: el excesivo centralismo que deriva en la crisis de la regionalización en Chile. Los profesores UC Francisco Sabatini, del Instituto de Estudios Urbanos y Territoriales; Federico Arenas, director del Instituto de Geografía; y Andrés Núñez, profesor de este mismo instituto, en el artículo “Identidades territoriales en Chile: Entre la globalización y el regionalismo”, publicado en la revista Scripta Nova de la Universidad de Barcelona, plantean que la crisis del sistema político en América Latina se debe, en cierto punto, a una crisis del centralismo. Para responder a esta nueva realidad, los autores proponen que la nueva regionalización debe ir acompañada de la descentralización política (efectiva y no sólo declarada), pero apoyada por la presencia ciudadana.

Modificación constitucional relativa al gobierno y administración interior del Estado

La presentación del proyecto de ley es a través de un mensaje presidencial por corresponder a una materia de ley de reforma constitucional. Esta modificación constitucional permitirá la descentralización administrativa de las regiones. Las reformas constitucionales relativas al gobierno y administración regional son: Se mantiene lo que señala el artículo 100 de la constitución política del Estado, que el gobierno reside en un intendente; sin embargo, la modificación se refiere a que esta autoridad regional será elegida mediante votación popular, representando los intereses genuinos de los habitantes de la Región. El gobierno regional estará constituido por el intendente democráticamente elegido y por un Consejo Regional (CORE) también elegido de manera democrática, estableciendo en su composición la representación equitativa de las provincias, cuyos intereses y demandas deben estar representadas y resueltas en el Gobierno Regional. Entre los requisitos para postular al gobierno regional y al CORE están los siguientes: residencia de al menos 7 años en la respectiva región, enseñanza media completa, curso de administración pública.

El consejo regional será un órgano de carácter normativo y resolutivo, correspondiéndole la aprobación de los planes de desarrollo de la Región y el presupuesto de la Región; además resolverá la inversión de los recursos regionales de acuerdo a las demandas de cada provincia. Respecto a las modificaciones del gobierno y administración provincial del artículo 105 de la Constitución Política, las modificaciones propuestas son las siguientes: en cada provincia existirá una Gobernación que será un órgano descentralizado del poder central. Estará a cargo de un Gobernador o gobernadora, quien será elegido mediante votación popular, durando cuatro años en el cargo. Corresponde al Gobernador la supervigilancia  de los servicios públicos existentes en la Provincia, presentar  proyectos a los organismos estatales que respondan a los requerimientos de los habitantes de las Provincias.

En cada Provincia  existirá una Asamblea de carácter consultiva y fiscalizadora, la cual estará formada por representantes de cada una de las comunas, elegidos por las organizaciones de base. Los candidatos a la gobernación y a la Asamblea provincial deberán cumplir con los requisitos de enseñanza media completa, diplomado en administración pública y los demás contemplados en la Ley. Las Provincias gozarán de autonomía  para la administración de sus finanzas. La ley de presupuesto  de la Nación  podrá asignarle recursos de acuerdo a las necesidades de cada Provincia, mediante un presupuesto anual  otorgado  por el Estado. La asamblea provincial fiscalizará los actos de las autoridades regionales elegidas por votación popular, asimismo como los gastos del presupuesto regional y provincial. Las autoridades regionales, provinciales y comunales estarán coordinadas mediante el Consejo regional, el cual dos veces al año realizará asambleas ampliadas para la elaboración del plan de desarrollo regional y su posterior seguimiento y readecuación si correspondiere.

                                                      27/06/12