"LEY° LAM", LEY DE ASIGNATURA MEDIO AMBIENTAL.


Colegio Universitario Antonio Rendic - ANTOFAGASTA - Región de Antofagasta



 Actualmente las condiciones medio ambientales se vuelven cada vez más nocivas para la vida, a causa de la contaminación. Gran parte de la población, no logra ser consciente de esta problemática.

Por esto, es necesario tomar consciencia de la necesidad de generar una cultura de responsabilidad ambiental la cual puede ser posible a través de un programa educativo.

Según la LGE (Ley General de Educación), algunos principios en los cuales se inspira esta Ley, son, la “Sustentabilidad que se define como el fomento de respeto al medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales; y la Flexibilidad, definida como el sistema que debe permitir la adecuación del proceso, la diversidad de realidades y proyectos educativos institucionales”.[1]

La contaminación y deterioro ambiental es un problema real que afecta directamente nuestra salud. Si no se toman medidas necesarias para disminuir esto, las consecuencias a futuro serán nefastas. El INE (Instituto Nacional de Estadísticas), arrojó un informe de Estadísticas del Medio Ambiente 2011, revelando que en el año 2005, la cifra de toneladas de residuos sólidos en el país señaló un total de 5.062.441; y para el año 2009, esta se incrementó a 6.083.485 toneladas[2]; demostrando que la contaminación de los suelos en el país ha aumentado y la situación continúa empeorando.

Conscientes de la importancia que tiene la educación para generar un  respeto hacia el medio ambiente, nuestra moción tiene como objetivo incluir y hacer efectiva la implementación de una asignatura que forme personas responsables y comprometidas con el cuidado y la defensa del medioambiente. Es necesario que el proceso de formación y desarrollo de las personas tenga en consideración los elementos que forman el entorno humano, es decir, necesitamos educar para permitir un desarrollo sustentable y capacitar a niños y jóvenes para satisfacer necesidades del presente, permitiendo mediante esta ley generar conciencia a futuras generaciones.

Considerando:

-Que la educación es lo que permite al ser humano tener conciencia y conocimiento, por medio de los cuales la sociedad puede prevenir su futuro y trazar su desarrollo.

- Que enseñar a proteger nuestros recursos naturales y medio ambiente debe tener tanta importancia como cualquier otra asignatura de  educación formal; dictamos la siguiente moción:

Artículo 1

- Es obligatoria en todas las escuelas y colegios del país, la enseñanza de la asignatura “MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE”.

Artículo 2

- Desde primero hasta séptimo básico, la asignatura se incluirá en el ramo de Historia y Geografía y a partir de octavo básico hasta el segundo año de enseñanza media, se impartirá como asignatura independiente (Asignatura: “MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE”).

Artículo 3

- El ministerio de medio ambiente en conjunto con sus respectivos SEREMIS serán los encargados de escoger y destinar a las escuelas y colegios profesionales con estudios superiores de medioambiente y desarrollo sustentable, quienes serán los responsables de entregar los contenidos curriculares a los estudiantes. En este espacio lograrán interiorizar los conocimientos básicos relacionados a la materia y podrán realizar proyectos en busca de mejoras para esta problemática donde a su vez se aplique lo aprendido.

Artículo 5

- La asignatura constará de enseñanza teórica en las aulas y enseñanzas prácticas fuera de ellas. Todos los estudiantes deberán ser evaluados en la práctica y la teoría.

Artículo 6

- La Secretaría de Estado de Educación y Medio Ambiente programará todo lo concerniente a la asignatura.

Artículo 7

- El Gobierno Central incluirá dentro del Presupuesto de la Nación los recursos necesarios para el buen funcionamiento de la asignatura.



[2] www.ine.cl (Compendio Estadístico Año 2011; 3.1. Estadísticas de Medio Ambiente, página 502).