Práctica Social Joven


Colegio Alemán de Valparaíso - VIÑA DEL MAR - Región de Valparaíso




Honorables miembros de Congreso

 

Les presentamos nuestra propuesta de ley ordinaria “Práctica Social Joven: deber cívico y responsabilidad social”, que busca establecer el trabajo comunitario en jóvenes entre 18 y 25 años, tendiendo a mejorar la sociedad civil a través del trabajo serio, que sólo es posible de desarrollar con la participación en contextos reales. Teniendo en cuenta que Chile carece de legislación respecto al trabajo social, sólo queda el espacio al voluntariado y a diversas y dispersas organizaciones, relegando al Estado de su rol centralizador e impulsor de iniciativas reales, que no inviten, sino que incluyan a toda la sociedad.

 

Pasamos a exponer problema, preocupación, diagnóstico y solución que fundamentan nuestro proyecto.

 

Problema:

 

Compromiso y conciencia social son ámbitos que más desarrollo necesita nuestra sociedad. Chile requiere de prontos cambios, donde participen personas consientes de la situación del país, para acabar con las grandes desigualdades socioeconómicas. Lamentablemente la participación real no es la esperada, con sólo un 15% de los jóvenes como voluntarios (Fundación Trascender),  lo que refleja una baja iniciativa por mejorar este malestar. Estamos inmersos en una sociedad donde rige el éxito individual, dejando muchas veces de lado el bienestar colectivo.

 

Preocupación:

 

Gran parte del servicio social está en manos del bajo porcentaje de voluntarios, haciendo complejas y desintegradas las iniciativas. Consideramos que las agrupaciones que hoy existen realizan una exelente función, por lo que es importante incorporarlas en nuevas etapas centralizadas y planificadas para hacer de los procesos instancias más controladas, exitosas y permanentes.

 

Diagnóstico:

 

Teniendo en cuenta la implementación de leyes similares en otros países latinoamericanos, creemos que es factible incorporar esta ley en Chile. Ejemplos como el mexicano, donde la mayoría de los alumnos de pregrado deben cumplir con servicio social orientado a su carrera, al término de la misma, con el fin de recompensar a la sociedad la gratuidad de los estudios (Ley Federal de Educación, 1973). Otro es el caso colombiano, donde todo alumno de educación secundaria (equivalente a la educación media chilena) debe realizar una práctica social para graduarse del instituto (Ley 0115, 1994). Visto estos ejemplos, podemos prever una buena inserción de la ley a nuestra realidad nacional.

En los últimos años, Chile ha sido incorporado a distintos organismos internacionales que agrupan países con altos niveles de desarrollo. Han sido estos mismos los que nos advierten sobre el trabajo pendiente que tenemos en el área social.

Según un estudio realizado el año 2003 por el Instituto de Sociología de la PUC, Chile se ubica en el lugar 14 de 32 en cuanto a voluntariado con un 30%, superando a países latinoamericanos y europeos. Si consideramos que el porcentaje de voluntariado en Chile ha aumentado en los últimos 20 años, creemos que estamos en una excelente situación para normar y extender este trabajo ahora de carácter obligatorio a la población joven. En ningún caso se eliminará el trabajo voluntario, su naturaleza impide su prohibición, por lo que se convertiría en complemento de este deber.

Un país con buenas cifras macroeconómicas y sociales debería tener  una masa de trabajo social más amplia de la que contamos.

 

Solución:

 

Apuntamos a legislar el problema logrando una participación real, a partir de la implementación de la ley “Práctica Social Joven”, la que busca instaurar el trabajo social como un deber, intentando fomentar  la integración social y la participación ciudadana. Esta iniciativa, que consistiría en un mensaje, manda a realizar servicio social como un deber de los jóvenes entre 18 y 25 años. Así mismo, los involucrados se encontrarían en la libertad de orientar su práctica social a sus intereses, enriqueciéndose en la realización y convirtiendo la labor en un valor agregado al curriculum.

Los requerimientos de esta ley son los siguientes:

·          Se implementará una nueva institucionalidad: “subsecretaría de servicio social” a cargo del ministerio de desarrollo social, que se encargará de: 

-          La creación de un sistema de postulación y asignación a la ayuda social, de acuerdo a las necesidades y habilidades de las personas.

-          La fiscalización y certificación del trabajo, que consistirá en realizar 600 horas dentro del plazo de un año. 

·         Se  podrá optar a becas de transporte y alimentación, provenientes de recursos estatales.

·         Quienes no cumplan este trabajo no podrán optar a subsidios estatales.

·         A un plazo de 10 años, la contratación de personas deberá priorizar a quienes hayan realizado esta labor social.