Ley que exija la habilitación de áreas verdes en los colegios proporcional al número de alumnos.


Liceo Bicentenario Mary Graham - VILLA ALEMANA - Región de Valparaíso




Debido a que la ordenanza general de construcciones en lo referido 
a  infraestructura sobre la construcción de establecimientos educacionales
no integra articulo
 alguno sobre la obligación de contar con  áreas verdes
 en un establecimiento educacional , pensamos que es importante integrar
en la normativa aspectos relativos a su implementación
  en proporción al
 número de estudiantes.


Tomando en consideración que el indicador utilizado en Chile para
evaluar la dotación de áreas verdes urbanas es la superficie total de
áreas verdes dividida por el número de habitantes, teniendo como
referencia el valor de 9,0 metros cuadrados de área verde por
habitante (m2 hab.) propuesto por la OMS. Y que las  áreas verdes
urbanas (AVU) proveen servicios sociales y ecológicos, en función
de su distribución, superficie y accesibilidad. Varios estudios
demuestran
 que en nuestro país, las  comunas de más altos ingresos concentran el
32,2% de la superficie total de áreas verdes, mientras que las  comunas
 más pobres sólo tienen el 4,1%.


 También hay acuerdo respecto a las profundas desigualdades existentes
 entre las comunas de acuerdo con un catastro realizado por la
Comisión Nacional de Medio Ambiente, en el año 2003 el promedio metropolitano
era de 3,2 m2/hab., pero las comunas más pobres registraban valores
 muy inferiores, entre 2,9 y 0,4 m2/hab., mientras que las comunas de más
 altos ingresos tenían entre 6,7 y 18,8 m2/hab. (Nilo, 2003). En el año 2009
 el promedio era 3,9 m2/hab., con valores extremos de 1,1 m2 /hab.
 en Quinta Normal, y 12,6 m2 /hab. en Santiago (www.observatoriourbano.cl).


Estas diferencias también se replican entre los colegios particulares y
los colegios municipalizados y/o particulares subvencionados.


Con la implementación de un porcentaje determinado áreas verdes en
cada espacio educacional se logran atenuar las notorias  brechas sociales
que marcan diferencias entre los  sectores socioeconómicos más vulnerables,
en los cuales, las áreas de recreación son escasas. Sin contar, además,
que logra unificar a la comnunidad educativa con un fin en común: la
preservación y mantención de una conciencia ecológica, lo cual, significa un
gran aporte para el medioambiente y la convivencia general en un
entorno determinado.


La finalidad de este proyecto, no va más allá de la implementación de un
 nuevo artículo a la ordenanza general de construcción de establecimientos educacionales.