Ley que exija la habilitación de áreas verdes en los colegios proporcional al número de alumnos.
Liceo Bicentenario Mary Graham - VILLA ALEMANA - Región de Valparaíso
Debido a que la ordenanza general de construcciones en
lo referido a infraestructura sobre la construcción de
establecimientos educacionales no integra articulo alguno sobre la obligación de contar con áreas verdes en un establecimiento educacional
, pensamos que es importante integrar en la normativa aspectos relativos a su
implementación en proporción al número
de estudiantes.
Tomando
en consideración que el indicador utilizado en Chile para evaluar la dotación
de áreas verdes urbanas es la superficie total de áreas verdes dividida por el número
de habitantes, teniendo como referencia el valor de 9,0 metros cuadrados de
área verde por habitante (m2 hab.) propuesto por la OMS. Y que las áreas verdes urbanas (AVU) proveen servicios
sociales y ecológicos, en función de su distribución, superficie y accesibilidad.
Varios estudios demuestran que en nuestro país, las comunas de más altos ingresos concentran el
32,2% de la superficie total de áreas verdes, mientras que las comunas más pobres sólo tienen el 4,1%.
También hay acuerdo respecto a las profundas
desigualdades existentes entre las comunas de acuerdo con un catastro realizado
por la Comisión Nacional de Medio Ambiente, en el año 2003 el promedio
metropolitano era de 3,2 m2/hab., pero las comunas más pobres registraban
valores muy inferiores, entre 2,9 y 0,4 m2/hab., mientras que las comunas de
más altos ingresos tenían entre 6,7 y 18,8 m2/hab. (Nilo, 2003). En el año 2009 el promedio era 3,9 m2/hab., con valores extremos de 1,1 m2 /hab. en Quinta
Normal, y 12,6 m2 /hab. en Santiago (www.observatoriourbano.cl).
Estas
diferencias también se replican entre los colegios particulares y los colegios
municipalizados y/o particulares subvencionados.
Con
la implementación de un porcentaje determinado áreas verdes en cada espacio
educacional se logran atenuar las notorias
brechas sociales que marcan diferencias entre los sectores socioeconómicos más vulnerables, en los
cuales, las áreas de recreación son escasas. Sin contar, además, que logra
unificar a la comnunidad educativa con un fin en común: la preservación y mantención
de una conciencia ecológica, lo cual, significa un gran aporte para el
medioambiente y la convivencia general en un entorno determinado.
La finalidad de este proyecto, no va más allá de la
implementación de un nuevo artículo a la ordenanza general de construcción de
establecimientos educacionales.
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