Ley para la Descentralización Político-Económica de Chile


Colegio Rubén Castro Diurno - VIÑA DEL MAR - Región de Valparaíso







En la actualidad, la

distribución del gasto público indica que un cuarto de éste se destina a la

Región Metropolitana, considerando que las dos regiones que le siguen porcentualmente (V y VIII), en conjunto,

no igualan dicha cifra
[1].

A la vez, uno de cada tres chilenos vive en la capital[2].

Este lamentable diagnóstico refleja un centralismo que va en desmedro del

desarrollo del país.





                Desde los

remotos tiempos de la Colonia, Santiago ya se había consolidado no sólo como la

ciudad principal, sino como el emplazamiento desde donde se esgrimían

decisiones políticas y económicas
. A través del tiempo, esto se

agudizó de gran manera y, con la creación de las primeras provincias, se

evidenció un desequilibrio en el progreso del país[3].

En estas circunstancias, y luego de varios proyectos, surge la Comisión

Nacional de Reforma Administrativa en 1974, cuyo objetivo apuntaba a un proceso

de regionalización a nivel nacional, buscando erradicar la enfermiza congestión

capitalina, bajo el lema de la descentralización. Sin embargo, el tiempo

anuncia que esta medida no ha sido fructífera, pues jamás se dio solución

efectiva a la problemática, profundizándose aún más hasta nuestros días.





En efecto, proponemos un

proyecto de ley que plantea una reforma administrativa en cuanto a la organización

político-económica, para otorgar autonomía a cada región respecto a la

utilización de sus recursos. Definimos nuestra iniciativa como una Ley de

quórum calificado, pues su aprobación requiere la mayoría absoluta de los

parlamentarios, debido a que es una modificación constitucional a la Ley 19.175

Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.





El centralismo, hoy en día, es

un problema nacional que radica su esencia en las regiones. Es alarmante

visualizar las realidades que se forjan entre la Región Metropolitana y las

distintas zonas del país, y peor aún entre las capitales regionales y sus

respectivas localidades. Éstas se traducen en la carencia de servicios y

oportunidades; en particular, en las regiones y localidades más extremas y

aisladas, en contraposición con las que se ven privilegiadas por la

distribución de recursos públicos.  Y que se entienda, que descentralizar no

es anular las diferencias que las regiones y sus localidades tienen de acuerdo

a su naturaleza geográfica y al patrimonio social y cultural, sino a la

inequidad de condiciones. Diferencias no debe significar desigualdad, por el

contrario, implica acoger mediante propuestas que ponderen los recursos y el

capital humano a través de la evaluación de las necesidades de la población. Es

ante ello, necesario desarrollar una administración eficiente con personas

capacitadas que conozcan la realidad de la población a quienes van a

representar políticamente y a quienes van a fomentar el desarrollo económico a

través del pleno empleo y una legislación justa.  





En concreto y con urgencia, las modificaciones propuestas para la Ley

19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, que a

continuación se señalan, sugieren un Chile unitario, pero descentralizado donde

se manda y permite lo siguiente:





1.     

El Intendente regional debe

ser elegido mediante una elección democrática en cada región del país, por

medio de la mayoría relativa, implicando que esta figura sea representante de

la población y no del gobierno central. Esta autoridad debe contar con los

siguientes requisitos para poder ser electa:





 





Ø  Tener residencia y haber trabajado en el sector público por un mínimo de

3 años en la región, previo a su postulación. Esta cláusula se realiza con el

fin de que el candidato posea un conocimiento verídico y acercado a las

realidades y las imperantes necesidades de la zona.





Ø  Debe tener cumplidos los veinticinco años de edad.





Ø  Debe acreditar haber cursado la enseñanza media o equivalente.





 





2.    El Intendente recibe una serie

de facultades, sin que éste goce de plenas libertades políticas y económicas:





 





Ø  Duración del cargo de 4 años, permitiendo que las políticas públicas

emprendidas por esta autoridad se implementen íntegra y efectivamente.





Ø  Distribución de recursos regionales según voluntad del Intendente, en

acuerdo con el Consejo Regional (CORE), a través de la formulación de un

catastro anual que velará por la solución de los problemas que aquejan a la

región, y al mismo tiempo potenciará proyectos de desarrollo social.





 





-         

El presupuesto del catastro,

en el caso de la Región Metropolitana, tendrá como límite el  PIB regional promedio del año anterior más las

asignaciones adjudicadas en proyectos concursables. En el resto de las

regiones, corresponderá el límite al PIB promedio de todas éstas sin considerar

la RM.





 





3.    La persona que ocupe el cargo

de Gobernador será elegido directamente por el Intendente Regional con el fin

de constituir un trabajo eficiente y homogéneo en el desarrollo de la región,

debiendo cumplir los siguientes requisitos:





 





Ø  Haber trabajado en el sector público por un mínimo de 3 años en la

provincia.





Ø  Debe acreditar haber cursado enseñanza media o equivalente.





Ø  Debe tener cumplidos los veinticinco años de edad.





 





4.    El Intendente, en conjunto con

el CORE, deberá realizar una declaración con una periodicidad anual, durante el

mes de Noviembre, donde se transparenten los gastos realizados en obras y

políticas específicas vinculadas al catastro.





 





 





 





 





5.   Con respecto a la

redistribución de recursos:





Ø 

Corresponderá a la Región

Metropolitana, destinar los excedentes que superen el PIB regional promedio del

período anterior al Fondo Nacional de Desarrollo Regional.





Ø 

Corresponderá a las todas las

regiones del país, a excepción de la RM, destinar todos los excedentes que

superen el PIB promedio de éstas.





 





-    El objetivo de esta

modificación es homogeneizar y equiparar la distribución de dineros al interior

del país por medio del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, lo que se

realizará bajo la fiscalización de la Contraloría General de la República de

Chile.





           

En conclusión, esta iniciativa dará respuesta a un fervoroso anhelo que tienen

muchos chilenos y que se ha manifestado en protestas en Aysén, Calama e Isla de

Pascua, que luchan bajo una consigna: “El centralismo está matando a Chile”,

revelando que todos somos partícipes en la construcción de un país más

igualitario y próspero.






















[1]

MIDEPLAN, Evolución

y Estructura de la Inversión Pública en Chile
.













[2] Proyecciones 2008

INE.













[3]

Análisis sobre la concentración demográfica de Chile en Santiago, Álvaro Acuña

Castillo y Tomás              Schuster

Pineda, Universidad de Chile.