Ley para el Mejoramiento del Medio Ambiente en Nuestro País


Liceo Juana Ross de Edwards - VALPARAISO - Región de Valparaíso



I.- Preocupación del Problema.


Chile desde la Asamblea General de Naciones Unidas, 1972 con la que se dio inicio a la Conferencia de Estocolmo, Suecia  ha tomado las medidas pertinentes para ajustar legislativamente el tema regulador del medioambiente consagrando en el artículo 19, numeral 8:“La Constitución asegura el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar por que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la Naturaleza”

Sin embargo, porque 40 años después de que se adquirió una preocupación ecológica aun vemos basura en nuestras calles. ¿Realmente somos consientes de la preservación de nuestro entorno?

Valparaíso considerada ciudad patrimonio, resulta ser irónicamente una de la ciudades con mayores índices de suciedad en el país. Es por ello que como jóvenes que viven en esta sociedad que nos preocupa el futuro de nuestra ciudad así como el de Chile.

Es por esto que se pretende crear conciencia ambiental ciudadana, respaldada por el estado con la creación de 2 proyectos. Que por objetivo principal tienen cambiar la mentalidad hacia el medio ambiente así como al de promover un Chile más limpio.

Para esto se pretende  crear en una primera instancia un centro de reciclaje, que ayude de forma activa a establecimientos educacionales reciclando al crear una serie camiones de reciclaje específicos, los cuales se verán apoyados por el servicio nacional de Salud quienes tiene el deber de de proveer a la limpieza y a las condiciones de seguridad de sitios públicos, de tránsito y de recreo según el artículo 10 del código de sanidad.

De esta forma se colaborara con colegios como el nuestro que piensa implementar un plan piloto que pretende reciclar con todos los colegios de la avenida argentina ayudando de esta manera también a crear conciencia en los niños y jóvenes sobre la importancia del reciclaje.

El segundo por su parte consiste  en la creación de un proyecto similar al del Fondo de Protección Ambiental el cual ayuda a instituciones financieramente para la creación de proyectos medioambientales, la implementación de este nuevo plan pretende ayudar no solo a instituciones, sino también las ideas de personas emprendedoras que quieran trabajar con el medio ambiente.


II.- Objetivos del Proyecto.  


Mensaje que pretende crear 2 proyectos con carácter medioambientalista según el artículo 4 (de disposiciones generales) de la Ley N° 19.300, Bases Generales del Medio ambiente, la cual establece el deber del estado para facilitar el apoyo en las campañas que fomenten la preservación y protección del medio ambiente.

 

Título I, Fomento de Reciclaje.


 1.- Esta ley manda la creación e incentivo de un plan que fomente el reciclaje a nivel nacional, comenzando en un primer momento por el reciclaje de papel al ser uno de los desechos mas producidos en nuestro país, contribuyendo así con la disminución de basura y el cuidado al medio ambiente asegurado por el artículo 19, numeral 8 de la Constitución Chilena.

2.-El proyecto contara con la implementación de camiones de reciclaje, los cuales serán específicos para los materiales a reciclar.

3.- El proyecto contribuirá activamente el reciclaje con colegios, universidades y oficinas, recolectando papel en primera instancia, al ser el material reciclable más común en este tipo de establecimientos. Ante la posibilidad de poseer en sus dominios otra cantidad de materiales reciclajes considerables, entendidos como metal, plásticos, vidrio o materia orgánica estos también podrán ser reciclados en el mismo plan de la competente ley.

4.- Será deber del estado promover activamente las campañas de difusión a través de los medios de comunicación para el conocimiento general de la población.


Título II, Incentivo Campaña Pro-Emprendedores del Medio Ambiente.


 1.- Entendiendo la existencia del proyecto ya existente de Fondo de Protección Ambiental (FPA), se manda la creación de un proyecto que permita motivar a emprendedores a poner en práctica ideas novedosas para el cuidado y protección del medio ambiente.

2.- El plan tendrá como objetivo incentivar la movilización de voluntades y recursos humanos, físicos, naturales y financieros, comprometiendo la voluntad y participación ciudadana y las capacidades de trabajo ambiental asociativo de los diferentes actores sociales existentes en el espacio local.

3.- El financiamiento de este plan será entregado por el ministerio del medio ambiente quien destinara parte de su presupuesto, tanto para la entrega de fondos requeridos por las personas, así como para contratar a capacitadores.

4.- Será deber del estado promover activamente las campañas de difusión a través de los medios de comunicación para el conocimiento general de la población.


Biblioteca del Consejo Nacional de Chile,Compendio de Legislación Medioambiental 
Gobierno de Chile, Código Sanitario
Ministerio del Medio Ambiente, Educación Ambiental