PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL REFERENTE AL PLEBISCITO, DOTÁNDOLO DE CARÁCTER VINCULANTE Y AMPLIÁNDOLO EN MATERIAS DE DISCUSIÓN, A NIVEL COMUNAL Y NACIONAL


Seminario San Rafael - VALPARAISO - Región de Valparaíso



Hoy en día es una realidad la baja identificación de la población con los mecanismos e instituciones tradicionales de nuestra democracia. Según el barómetro de la política del Centro de Estudios de la Realidad Contemporánea (CERC), a agosto del año pasado la confianza a los partidos políticos era de sólo un 9%, y de sólo un 17% hacia las cámaras del congreso. Esta baja representatividad desató el año pasado y este año multitudinarias movilizaciones sociales de amplios y diversos sectores de la población, surgiendo líderes u organizaciones de carácter temporal con el único deseo de resolver problemas que, según ellas, la política tradicional no ha sido capaz de dar solución. Estas iniciativas han tenido gran acogida. Por ejemplo, según el CERC, el movimiento estudiantil tuvo un apoyo de un 89% de la población, muy superior a la confianza a las instituciones tradicionales ya mencionadas.

Ante esta situación crítica se hace necesario incorporar y fortalecer mecanismos e instituciones que permitan el ejercicio de la soberanía popular acorde a las legítimas exigencias de hoy. Los medios que define nuestra Constitución en el artículo 5, son el plebiscito y las elecciones periódicas. Es el segundo el que más se utiliza, quedando el primero, el plebiscito, olvidado o prácticamente inactivo por las limitaciones a las que la misma Constitución somete en artículos posteriores. Es precisamente este último mecanismo el que es necesario fortalecer, ampliándolo y sistematizándolo, para así canalizar constructivamente las mayores exigencias de participación que la ciudadanía exige. Es este mecanismo más directo de expresión de la voluntad general un excelente y legítimo (constitucionalmente) respaldo a la dirección de nuestra nación, en tanto autodeterminación; siendo los gobernantes representantes y ejecutores de esta voluntad manifestada en el plebiscito.

Actualmente nuestra Constitución limita el plebiscito a dos instancias: al ámbito municipal, de forma meramente consultativa, no vinculante, acerca del plan de desarrollo o regulador comunal; y otra convocada por el presidente ante el desacuerdo con el parlamento en materia de reforma constitucional.

Ambas instancias son muy limitadas y excluyen materias polémicas ante la que la ciudadanía tiene una postura muy clara, y que no es muchas veces bien canalizada por sus representantes (de ahí la baja confianza en las encuestas). Es por lo anterior que se hace necesario en nuestros tiempos, una reforma a la constitución, que permita un mayor campo de aplicación del plebiscito, en cuanto a materias que puedan ponerse en discusión y a diferentes niveles geo-administrativos, y también dotarlo explícitamente y en todas sus instancias, de carácter vinculante, comprometiendo severamente a la ciudadanía con las decisiones políticas que le atañen por derecho propio, e identificándola con la política en general, incluyendo a sus legítimos representantes democráticos hoy cuestionados. Y esta parece ser una buena alternativa según la misma ciudadanía, como lo muestra el 91,3% de los votantes del plebiscito por la educación convocado el año pasado, que "está de acuerdo con la necesidad de incorporar el Plebiscito Vinculante, convocado por los ciudadanos, para resolver los problemas fundamentales de carácter nacional".

En la actualidad comunal-local, existen numerosos casos donde la ciudadanía exige, y a la vez se organiza en demandas que buscan su participación, como la construcción de un mall en el sector de Barón. De la misma forma temas económicos, administrativos y de otra índole podrían ponerse en discusión por plebiscito. Asimismo, a nivel comunal-nacional ya se han dado situaciones donde el plebiscito representa una forma de incluir a los ciudadanos en el devenir político de nuestro país, como es el caso de Peñalolén, donde la ciudadanía, con más de un 52%,  acordó no aceptar el plan regulador propuesto por el alcalde en materia de construcción inmobiliaria. Por último, a nivel nacional podrían ponerse en discusión la política de estado a seguir, en sus tópicos más generales y controvertidos, como ya se ha dado con los plebiscitos por la educación y la salud convocados por ONGs.

En síntesis, esta Moción propone una Reforma a la Constitución, que, con el objetivo de  perfeccionar nuestra democracia al contexto actual y legitimar aún más a sus gobernantes, amplíe el mecanismo democrático del plebiscito, otorgándole un carácter vinculante y ampliando las materias de discusión, todo esto a nivel comunal y nacional.