Modificación a la Ley 17.288 del Consejo de Monumentos NacionalesAbraham Lincoln School - ARICA - Región de Arica y ParinacotaAbraham Lincoln School, Comuna de ARICA, Región de Arica y Parinacota Iniciativa: Moción El elevado abandono y deterioro en que se encuentra el Patrimonio Cultural Regional, producto de la falta de interés y preocupación, por parte de las autoridades y de los habitantes de la región hace necesario una modificación a la actual Ley 17.288 del Consejo de Monumentos Nacionales. Porque lo que actualmente logra realizar DESARROLLO El Consejo de Monumentos Nacionales es un organismo técnico del Estado dependiente del Ministerio de Educación, que vela por el patrimonio declarado monumento nacional de acuerdo a Este Consejo de Monumentos Nacionales es una institución de carácter centralizado, y funciona en Santiago. Consciente de la necesidad de contar con presencia institucional en todo el país, el Consejo ha creado instancias asesoras en algunas regiones y provincias, (Ley 17.288). Su composición replica de manera aproximada el esquema determinado por Es decir, que de acuerdo a Actualmente Es importante señalar que el Consejo de Monumentos Nacionales, a través del presupuesto que le asignan al Ministerio de Educación y a Por otro lado, se establecen también multas para distintos tipos de acciones; por ejemplo, realizar construcciones nuevas en una zona declarada típica o pintoresca sin la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales, en cuyo caso el tribunal competente es el Juzgado de Letras Civil. Dichos pagos se depositan a la cuenta del Consejo de Monumentos Nacionales. De esta forma el Consejo de Monumentos Nacionales obtiene sus recursos para realizar sus funciones. Aún así el presupuesto es insuficiente para todo lo que se debe hacer. Demás está decir que si para el CMN no es suficiente, resulta aún más insuficiente para una Comisión Asesora, la cual recibe lo que le pueda entregar el Consejo de Monumentos Nacionales para su labor. Dentro de sus funciones y atribuciones del Consejo de Monumentos Nacionales están: • Pronunciarse sobre la conveniencia de declarar monumentos nacionales determinados bienes, y solicitar al Ministro de Educación la dictación del decreto correspondiente. • Formar el registro de monumentos nacionales y de los museos de Chile. • Elaborar los proyectos o normas de restauración, reparación, conservación o señalización de los monumentos nacionales, así como realizar obras por sí mismo o por intermedio de otro organismo. • Gestionar la reivindicación, la cesión o venta al Estado o la adquisición a cualquier título por éste, de los monumentos nacionales que sean de propiedad particular. • Reglamentar el acceso a los monumentos nacionales y proponer al Gobierno las medidas administrativas que sean conducentes a la mejor vigilancia y conservación de los mismos. • Conceder los permisos o autorizaciones para excavaciones de carácter histórico, arqueológico, antropológico o paleontológico en cualquier punto del territorio nacional. • Proponer al Gobierno él o los reglamentos que deban dictarse para el cumplimiento de • Editar o publicar monografías u otros trabajos sobre los monumentos nacionales. • Organizar exposiciones para difundir el patrimonio cultural. • Autorizar que los objetos que formen parte o pertenezcan a un monumento histórico puedan ser removidos. • Aprobar los proyectos para la construcción de monumentos públicos. • Autorizar el cambio de ubicación de los monumentos públicos. • Participar en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, establecido por • Asignar a instituciones la tenencia de objetos y especies procedentes de excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. • Autorizar los préstamos de bienes culturales muebles y colecciones museológicas que tienen la condición de monumento nacional, así como su salida al extranjero; autorizar la salida al exterior de las colecciones de museos del Estado. • Combatir el tráfico ilícito de bienes culturales. Conclusión Por lo tanto, es imperioso que a través de una moción se modifique Fuentes
Plaza Carrasco ,María Magdalena et al MANUAL CIUDADANO DE PROTECCIÓN DE MONUMENTOS NACIONALES Iniciativa financiada con el aporte de Fondart 2007 del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes Barraza, José (compilador). Manual de Patrimonio Cultural y Natural Arica Parinacota. Obra financiada con el aporte del Fondo de Desarrollo de las Artes y la Cultura, FONDART, el Ministerio de Educación y el Consejo de Monumentos Nacionales.1ª Edición, 2003.
https://www.bcn.cl/histley/lfs/hdl-17288/HL17288.pdf |