Moción: Taller obligatorio sobre educación cívica en la enseñanza media.


Instituto Linares - LINARES - Región del Maule



I.- Antecedentes: Nuestra propuesta nace desde la concepción de que el sistema educativo chileno se construye en base a lo establecido por la Constitución Política de la República; la cual señala en el artículo 19, Nº 10 sobre el derecho a la educación (LEY N° 19.876), que “La educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida.” (Constitución Política de la República de Chile, 1981). Dicho esto, se encuentra un vacío considerable con respecto a la participación ciudadana. Se supone que la educación está orientada a formar personas completas, pero en la actualidad, se encarga de formar jóvenes para el mundo laboral, y no de formar ciudadanos.  

Con el pasar del tiempo, hemos visto un decrecimiento en el interés político de la juventud, situación que se ha visto reflejada en la escasa información que maneja este grupo. Esta afirmación es avalada por el sondeo de opinión pública, “Disposición y actitudes hacia el sistema de representación política”, publicado por el Instituto Nacional de la Juventud (INJUV). Los resultados obtenidos arrojan muchas conclusiones, pero concretamente, se señala que, ante la interrogante De las elecciones que le voy a nombrar ¿En cuáles se usa el sistema binominal y en cuáles se usa otro sistema?, “Casi el 60% de los encuestados declara no saber el sistema electoral que rige para las elecciones municipales. Un 15% declara que se usa el Binominal.”(INJUV, 2012). Los datos son escalofriantes, sobretodo considerando que un joven de 18 años y con cuarto medio cursado, está ya facultado para ser alcalde;  pero es difícil pensar que un joven que ni siquiera sabe cómo se elige a los alcaldes, se convierta eventualmente en uno de estos.

II.- Propuesta: Nuestro proyecto consiste en reincorporar, a través de la educación cívica, los conocimientos elementales que necesitan los jóvenes para desarrollarse como ciudadanos. Esto se realizará mediante una modificación a la Ley General de Educación, que mande al Ministerio de Educación (MINEDUC), incorporar de forma explícita un taller obligatorio sobre educación cívica, a realizarse en los niveles de Tercero y/o Cuarto Medio. Todo esto respaldado por el artículo nº 31 y nº 53 de la Ley General de Educación, los cuales señalan que El Ministerio de Educación deberá elaborar planes y programas de estudios para los niveles de educación básica y media, los cuales deberán, si cumplen con las bases curriculares, ser aprobados por el Consejo Nacional de Educación, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 53. Dichos planes y programas serán obligatorios para los establecimientos que carezcan de ellos.”, y Serán funciones del Consejo, en materia de educación regular parvularia, básica y media, y en las modalidades de educación de adultos y especial o diferencial: a) Aprobar o formular observaciones fundadas a las bases curriculares para cada uno de los niveles de la educación regular parvularia, básica y media (…)” (MINEDUC: Ley General de Educación, 2009), respectivamente. De este modo, nuestra propuesta de ley obligaría al MINEDUC a incorporar de forma obligatoria para todos los establecimientos educacionales que impartan la enseñanza media, un taller de educación cívica; que deberá ser inscrito de forma indeclinable por los alumnos al cursar Tercero y/o Cuarto Medio.

 

III.- Desarrollo del taller: Como se ha establecido previamente, el desarrollo de este taller comprenderá los años de Tercero y/o Cuarto Medio, puesto que el estudiante optará en cual de estos años inscribir el taller; sin embargo, estará obligado a inscribirlo uno de estos dos años. Se establece, del mismo modo, la opción que tiene el estudiante de apuntarse en el taller durante ambos años. Estos años fueron escogidos puesto que generalmente es en esta etapa en la que los jóvenes tienen la madurez necesaria, además del interés por manifestar su forma de pensar. En relación con lo anterior, es necesario establecer que el taller contará con una duración de 2 horas pedagógicas, las que serán distribuidas por el establecimiento educacional, de forma que se adecúe a los horarios personalizados de cada institución.

Consideramos necesario aclarar el “por qué” de este taller. Decidimos que incorporar una nueva asignatura, eventualmente presionaría al alumnado, debido a las preocupaciones y responsabilidades que denota. Creemos que un taller no causaría ese ambiente de tensión que provoca una asignatura. Ergo, se generaría un espacio mucho más didáctico para promover la participación ciudadana.

Por otra parte, estimamos que es durante los niveles de Tercero y Cuarto Medio, que el estudiante comienza a manifestar intereses en el acontecer nacional, de modo que el taller impulsaría notablemente su espíritu crítico. Además, y para establecer una relación con la reciente Ley de Inscripción automática y voto voluntario, el incentivar la participación ciudadana durante los años previos a la obtención de la ciudadanía del estudiante, podría incrementar el interés de este en sufragar, disminuyendo el déficit de jóvenes votantes.

 

Con nuestra iniciativa buscamos que los futuros ciudadanos chilenos conozcan sus derechos y deberes, y en base a esto sepan defenderse y cumplir su rol como integrantes del país. De esta forma, no sólo se conseguirán ciudadanos más participativos, sino que se incentivarán los líderes del mañana, para asegurar la estabilidad política futura del país. Todo gracias a la educación cívica.


Bibliografía

Instituto Nacional de la Juventud: "Disposición y actitudes hacia el sistema de representación política". Chile. 2012.

Constitución Política de Chile: “Constitución Política de la República de Chile". Chile. 1981.

Ministerio de Educación: Ley General de Educación. Artículos 31-53. Chile. 2009.

Constitución Política de la República de Chile. Artículo 19, punto nº10. Chile. 1981