FRANQUICIA VERDE: exención tributaria a las importaciones e innovaciones de tecnologías verdes


Colegio San Agustín De Antofagasta - ANTOFAGASTA - Región de Antofagasta



PROBLEMA

Contaminación ¿Qué es la contaminación? Por definición literal de la Real Academia Española, la acción contaminar es alterar nocivamente la pureza o las condiciones normales de una cosa o un medio por agentes químicos o físicos.

            En Chile, un Informe del Medio Ambiente, realizado en el gobierno del Presidente Sebastian Piñera, por el Instituto Nacional de Estadísticas en conjunto al Ministerio del Medio Ambiente, revelo que 4 mil personas fallecían prematuramente al año,  a causa de la  contaminación del aire  y que eran 10 millones de Chilenos los expuestos a más de 20 microgramos de material particulado[1], generada por actividad antropogénica. En la actualidad, la matriz eléctrica  en Chile y la producción industrial está liderada por el uso combustibles fósiles y sucios, tales como el petróleo, el carbón mineral y el gas natural. Lo que constituye un grave perjuicio al medio ambiente en general. La  mayor producción de una empresa se encuentra en intima relación con la cantidad de contaminación que produce, cuando utiliza procesos o combustibles convencionales.

A ello, debe agregarse que la legislación medio ambiental que se establece a partir de la Ley de bases del medio ambiente N° 19.300 y sus leyes complementarias, son insuficientes para disminuir la contaminación, ya que establecen niveles de protección hacia el medio ambiente, aun muy bajos para la producción generada en Chile.

 Otra solución que se ha intentado introducir en nuestro país es la utilización de tecnologías verdes o limpias, las que tienen la característica de  contaminar considerablemente menos y aumentar la producción, es decir, aumenta la ecoeficiencia. Según la consultora internacional IDC, en su estudio “Green IT”, el problema de este tipo de tecnologías es su alto costo, lo que en sí es una traba para su adquisición.

PROPUESTA

1.-La implementación de una franquicia aduanera a las tecnologías verdes, vale decir, exención total del pago de los derechos e impuestos a la importación aplicables a estas mercancías.

2.-Exención del impuesto al valor agregado (IVA) correspondiente a la primera instancia de comercialización de tecnologías verdes, siendo reincorporado en la segunda etapa de comercialización.

3.-Todo producto nacional cuyo origen provenga del fondo de eco-innovación, correspondiente a la estrategia nacional de crecimiento verde queda exento de IVA en primera etapa de comercialización.

4.- Entran en la categoría de tecnologías verdes aquellas que cumplan los parámetros de selección  y/o que pertenezcan a una de las siguientes categorías en cuanto a función, siendo estas establecidas y revisadas periódicamente por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad: A) Energías renovables B)  Eficiencia en consumo y producción   C)Administración de aguas D) Gestión y reutilización de residuos.

 

Nuestro proyecto corresponde a un mensaje, ya que es iniciativa exclusiva del Presidente de la República establecer exenciones tributarias, según lo señala el Artículo 65 n° 1 de la C.P.R., además de ser una ley permisiva, ya que permite al comprador de las tecnologías verdes acceder a la exención tributaria.

La propuesta es viable, ya que los esfuerzos por bajar los niveles de contaminación van en estricta relación  con la mayor eficiencia  que entregan las tecnologías verdes. Y nuestro proyecto lo que busca es incentivar la adquisición de este tipo de tecnologías, para que el aporte hacia el medio ambiente no sea desde la mitigación, sino, desde la prevención.

La OCDE en sus diversos informes ha recomendado a nuestro país, el fomento de las tecnologías verdes, de tal manera, de mantener estándares de producción acorde a los países que la componen[2].

Finalmente señalar que la exención tributaria no significa ninguna disminución en el presupuesto de la nación, más bien significa un aumento de la riqueza más importante del país, el medio ambiente.