Ingreso a las Carreras Universitarias por Bachillerato Universal


Colegio Valle De Colchagua - SAN FERNANDO - Región del Libertador Bernardo OHiggins



Palabras claves: Educación Superior, Bachillerato Universal, Igualdad de Oportunidades, Brecha socioeconómica, menor deserción.

I Antecedentes:

La realización de un Bachillerato Nacional tendrá  como objetivo principal la igualdad de oportunidades en el ingreso a las carreras universitarias técnicas y profesionales. Pretende que mediante una adecuada inducción y  exploración de los procesos de generación de conocimientos con directa orientación vocacional permita, a los jóvenes,  obtener una visión diversificada e integradora del mundo en que proyectarán su futuro. El estudiante dispondrá de más preparación, conocimientos, tiempo y experiencia para decidir qué carrera seguir y evitar la deserción en los primeros años de los estudios universitarios. También representa  una oportunidad  de disminuir significativamente la brecha socioeconómica en el ingreso a la Educación Superior al presentar una restructuración en el sistema de admisión a las Universidades.

II Contexto Legal:

En consideración de la existente Ley Nº 20.370, Ley General de Educación, en el Artículo  3º establece lo siguiente:

 a) Universalidad y educación permanente. La educación debe estar al alcance de todas las personas a lo largo de toda la vida;

b) Calidad de la Educación. La educación debe propender a asegurar que todos los alumnos y alumnas, independientemente de sus condiciones y circunstancias, alcancen los objetivos generales y los estándares de aprendizaje que se definan en la forma que establezca la ley;

c) Equidad del sistema educativo. El sistema propenderá a asegurar que todos los estudiantes tengan las mismas oportunidades de recibir una educación de calidad, con especial atención en aquellas personas o grupos que requieran apoyo especial.

En el párrafo 2 de Derechos y Deberes se suscribe lo siguiente:

Artículo 4º: (…) Es deber del Estado velar por la igualdad de oportunidades y la inclusión educativa, promoviendo especialmente que se reduzcan las desigualdades derivadas de circunstancias económicas, sociales, étnicas, de género o territoriales, entre otras.

Artículo 6º: Es deber del Estado propender a asegurar una educación de calidad y procurar que ésta sea impartida a todos, tanto en el ámbito público como en el privado.

III. Estado en el congreso:

En la actualidad, no se está discutiendo en el Congreso Nacional medidas o propuestas que tengan como referencia un Bachillerato Universal en el primer año de universidad. Sin embargo, el poder ejecutivo presentó ante el Congreso una nueva Reforma Educativa, en donde se exhibe como tema central la gratuidad en la educación superior; y al momento de nombrar el acceso a universidades, tan sólo se explicita que se reforzará la preparación en establecimientos educacionales (Enseñanza Media) “se implementará un programa en los establecimientos públicos para apoyar la preparación de la PSU” (Consultado en: Propuesta de educación Michelle Bachelet).

IV. La Ley:

A través de nuestra iniciativa de ley proponemos la implementación de un Bachillerato Universal que tendrá por objetivo principal la igualdad de oportunidades en el ingreso a las carreras universitarias técnicas y profesionales.

En la Ley General de Educación (Nº 20. 370) No existe Artículo que explicite la incorporación y/o ingreso a las universidades; no obstante se manifiesta que todos deben recibir la misma calidad de educación en cualquier etapa de la vida, pues la equidad es un deber que el Estado facilita a todos los ciudadanos del país (Artículo 3º, Letra c).

Desglose:

I)                    La vía de ingreso al bachillerato nacional, yacerá vía PSU, las ponderaciones serán las mismas en las diversas universidades.

II)                  Será impartido por todas las universidad en todas las regiones de Chile, en el caso de las zonas de extrema lejanía será  la universidad regional, o la que  determine el MINEDUC, la responsable de establecer sedes.

III)                Desde el MINEDUC se  regularán los cupos nacionales para las universidades  con especial énfasis regional. Sin embargo el CRUCH deberá presentar una propuesta para sus planteles.

IV)               Tendrá una duración de un año dividido en dos semestres. Cada semestre deberá contemplar ramos del Área Humanista, del Área Científica y de Formación General.

V)                 La maya curricular será la misma para todas las universidades. Será propuesta por el CRUCH y validada por el MINEDUC.

VI)               El año de bachillerato será considerado como el primer año de cualquier carrera  universitaria. No significará aumentar la duración de las carreras.

VII)             Los ramos aprobados durante el bachillerato deberán ser asociados y convalidados en la malla curricular de la carrera que se estudie.

VIII)           El financiamiento será realizado a través del actual sistema de financiamiento de las carreras universitarias (créditos, becas, pago directo) o con el sistema que a futuro establezca el Estado. Los aranceles de todos los bachilleratos del país serán fijados por el MINEDUC y deberán los mismos.

IX)                La postulación, para el segundo año, a las carreras se realizará de acuerdo a las ponderaciones de las notas obtenidas en el Bachillerato. Las ponderaciones deberán ser las mismas en todas las universidades.

X)                  El proyecto se adjuntará a la actual Reforma Educacional.

 

Otro punto a considerar, es que la Propuesta de Ley, se implementará desde el Poder Ejecutivo y es considerado Mensaje, el cual Manda la instauración de un Bachillerato en todas las carreras.

Por último, esta Propuesta de Ley será evaluada por la Comisión de Educación del Congreso Nacional y luego pasará a la Cámara de Diputados para el proceso de votación.