Creación de la Asignatura Medioambiente y Acción Social


Orchard College - CURICO - Región del Maule



MENSAJE: Creación de la Asignatura Medioambiente y Acción Social

 

Con arreglo a las disposiciones del DFL N°2-2009, de Educación,  que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 20.370 con las normas no  derogadas del D.F.L. N° 1, de 2005, proponemos a creación de la asignatura  Medioambiente y acción social en Enseñanza Básica y Media.

 

VISTOS:

Lo dispuesto en los artículos 31 y 86, del DFL N°2, de 2009, de Educación:

 

1. Que corresponderá al Presidente de la República, mediante decreto supremo dictado a través del Ministerio de Educación, establecer las bases curriculares para la Enseñanza básica y media.

2. Que corresponde al Consejo Nacional de Educación aprobar o formular observaciones  a los planes y programas de estudio para la formación general, propuestos por el  Ministerio de Educación para ser aplicados en establecimientos educacionales que  carezcan de planes y programas propios.

MANDA

Que se modifique el decreto Núm. 1.358 exento.- Santiago, 18 de julio de 2011.- para crear la  Asignatura Medioambiente y Acción Social. Considerando el decreto supremo Nº 220, de 1996, del Ministerio de Educación, y sus modificaciones, especialmente el decreto supremo Nº 254, de 2009, del Ministerio de Educación, que establece los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios para la educación media

 

Que se modifique el decreto Núm. 2.960 exento.- Santiago, 19 de diciembre de 2012.- que aprueba planes y programas de estudio de educación básica

 

 

Artículo 1: La asignatura tendrá al menos 2 horas pedagógicas en el plan de estudio de cada curso.

Artículo 2: El profesor deberá ser especialista en Ecoturismo o un profesor de biología, quienes serán profesionales que tienen conocimiento de la naturaleza, y con la capacidad de conllevar actividades a favor de ella.

Artículo 3: Esta asignatura tendrá el mismo porcentaje de relevancia respecto a otras asignaturas, tales como Matemáticas o Historia, donde (dependiendo de cada institución educacional) se evaluará un porcentaje en lo teórico, ya sea mediante pruebas escritas y controles, y otro porcentaje en lo práctico, mediante actividades de acción social lo que abarca desde cuidado y reparación de parques, centro botánicos, plazas, senderos de trekking, cerros entre otros, hasta salidas para ayuda a sectores devastados por diferentes motivo o interactuar con gente en fundaciones u en situación de calle.

Artículo 4: Se enseñará y evaluará teóricamente:

1.      Un grado básico de  botánica, incluyendo, entre otras cosas, los diferentes usos y aspectos que se le puede asignar a las diferentes especies de plantas principalmente nacionales

2.      Especies en peligro de extinción, hábitat de dichas especies, aspectos básicos de dichas especies Chilenas

Artículo 5: Cada establecimiento educacional deberá disponer de herramientas para el uso de la asignatura tales como palas, chuzos, carretilla/as y guantes para las salidas a terreno (Evaluación práctica).