MENSAJE PRESIDENCIAL: PERMITE LA CREACIÓN DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN.


Liceo Juana Ross De Edwards - VALPARAISO - Región de Valparaíso



El terremoto con mayor intensidad, poseer el 15% de los volcanes activos del mundo, incendios constantes, tsunamis, entre otras catástrofes producto de las características geofísicas del país, hacen que estemos expuestos a situaciones de emergencia.

Las emergencias, definidas como situación de peligro o desastre, provocado por la naturaleza o el hombre, que produzca alteración o daños en las personas, bienes o medio ambiente, requieren de una acción inmediata en resguardo de su integridad.

La Carta Fundamental de Chile, dispone en el Art. 1º, Cap. I., que es deber del Estado "dar protección a la población y a la familia". De ello se desprende que es el Estado  el encargado de la función pública denominada Protección Civil. Y, se entenderá por Protección Civil, el conjunto de planes, medidas y acciones destinadas tanto a prevenir riesgos, mitigar daños y alertar una emergencia, como aquellas destinadas a enfrentar y controlar dicha situación mediante la recuperación, reconstrucción y rehabilitación de personas y bienes.

Para su conducción, en 1974 se crea la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) dependiente del Ministerio del Interior; sin embargo, aún la estructura institucional para la emergencia se ha concentrado sólo en el manejo de la respuesta tardía debido al sistema burocrático; hay pocos recursos fiscales debido a estar subordinado al Ministerio; y, más aún, carece de desarrollo en labores de cultura preventiva.

Por ende, se requiere de una institucionalidad que sea capaz de adecuarse de manera rápida y efectiva a las nuevas situaciones que surjan producto de futuras contingencias: Se transformará la ONEMI en Ministerio de Seguridad y Prevención.

Se han definido tres grandes principios sobre los cuales construirlo:

: Prevención, que es el que más eficazmente permite salvar vidas humanas; : Una mirada y una planificación territorial, con el objeto de obtener soluciones eficaces y eficientes; : Reconstrucción.

El Ministerio estará constituido por el Consejo Nacional de Protección Civil, los Comités de Protección Civil y los Comités de Operaciones de Emergencia, sin perjuicio de las demás entidades puedan cumplir labores en materia de prevención, reducción de riesgos y atención de emergencias.

La función de la institución será:

a) Impulsar, dar apoyo técnico y coordinar las acciones que las entidades públicas y privadas emprendan en materias de prevención, preparación y mitigación de emergencias;

 

b) Desarrollar, impulsar y coordinar programas y proyectos de prevención y estudios de riesgos de origen natural o humano;

 

c) Vigilar, en forma permanente, los diferentes factores de riesgo que pudieren afectar cualquier zona del territorio de la República;

d) Comunicarse, de manera rápida y oportuna, con los organismos técnicos responsables de monitorear los diversos factores de riesgo;

e) Declarar y difundir la alarma de emergencia a la población;

f) Comunicación y trabajo conjunto con los demás Ministerios;

g) Fuentes de información sismológica confiables y de libre acceso para los distintos órganos públicos

h) La implementación de políticas de educación en la prevención a la población.

 

Su presupuesto estará formado por los recursos que se le asignen anualmente desde la Nación; con el traspaso, además, de los dineros propios de la ONEMI. Los recursos serán destinados a financiar proyectos propios de su función. Podrán, también,  ser utilizados para financiar iniciativas de prevención y reducción de riesgos presentadas por entidades locales, provinciales o regionales.

Hoy, la legislación respecto a éste tema está en la Cámara Alta esperando tramitación, y es el “Sistema Nacional de Emergencia y Protección Civil”. El sistema, junto con nuevas instituciones, busca mejorar la reacción del Estado ante emergencias; sin embargo,  seguirá estando bajo la burocracia del Ministerio del Interior.